Con siete votos, la Comisión de Derechos Colectivos, luego de un intenso debate, aprobó el informe para primer debate del proyecto de Ley Orgánica de Consulta a las Comunas, Comunidades, Pueblos y Nacionalidades, que tiene como finalidad garantizar el cumplimiento del derecho a la consulta previa y consulta prelegislativa que tienen las comunas, comunidades, pueblos y nacionalidades indígenas, el pueblo afroecuatoriano y montubio.
La presidenta del organismo legislativo, Lourdes Tibán, indicó que este proyecto de ley está compuesto por 40 artículos, a los que se suman las disposiciones transitorias y generales.
Dijo que, en forma resumida, esta ley determina quienes son los titulares de los derechos
colectivos y por ende quienes son los sujetos de la consulta, cuales son las características y qué requisitos deben cumplirse en una consulta.
Establece dos formas de consulta: la prelegislativa que no solo es potestad de la Asamblea Nacional, sino de todos los organismos con potestad legislativa como lo es los gobiernos autónomos descentralizados; y la otra forma es la consulta previa libre e informada, conocida como consulta administrativa.
Lourdes Tibán solicitó a la Presidencia de la Asamblea Nacional, que este informe sea uno de los puntos a tratarse en el Pleno, en las próximas sesiones, porque es necesario aprobar esta ley para realizar la consulta en la Ley de Aguas, Ley de Comunas, Ley de Culturas, etc.
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