El presidente de la Comisión de Justicia y Estructura del Estado, Mauro Andino Reinoso, al señalar que la labor de este organismo ha sido positiva y reconfortante, resaltó que del 100 por ciento de la labor del Pleno, el 40% se sustentó en informes analizados por la Comisión.
Andino Reinoso indicó que en el nuevo período legislativo que inicia mañana el organismo tendrá como prioridad el tratamiento del Código Integral Penal, en el que se desarrollan temas como nuevos tipos de delitos; sancionar de acuerdo a la gravedad del delito; procedimientos más ágiles y dinámicos y también pensando en la efectiva rehabilitación de las personas.
Dijo que este es un proyecto sumamente amplio, delicado y técnico que será desarrollado en armonía con la norma constitucional, los tratados internacionales, en especial de derechos humanos.
Otros proyectos prioritarios, dijo, serán el de Coordinación Indígena con la Justicia Ordinaria y, el de Ley de la Consulta Prelegislativa, entre otros temas.
Ley de Comunicación
Sobre el proyecto de Ley de Comunicación aseveró que es una aspiración de todos los ecuatorianos dejar atrás la Ley de Radio y Televisión que fue expedida en un gobierno dictatorial, una ley que está en contraposición con los principios de la Constitución, una ley que faculta a las autoridades competentes a suspender o a clausurar medios, muy diferente a la Ley de Comunicación que desarrolla una serie de derechos a favor de los ciudadanos y ciudadanas.
Recordó que el debate está agotado y lo único que corresponde es la aprobación de la normativa artículo por artículo conforme a la propuesta del asambleísta Tomás Zevallos.
Autodepuración
Sobre el anuncio del Ejecutivo de enviar un proyecto de autodepuración de asambleístas, comentó que el presidente de la República tiene la facultad constitucional de presentar todos los proyectos de ley que crea pertinente y más aún si se trata de un Código de Ética, sin dejar de lado las reformas a la Ley Orgánica de la Función Legislativa; es decir, ampliar las causales para poder sancionar a asambleístas que incumplan sus funciones.
“El presidente Correa al haberse pronunciado de la manera que lo ha hecho es porque ciertos asambleístas se han aprovechado de la “famosa inmunidad parlamentaria” para decir o hacer lo que les venga en gana y de esa manera evitar ser procesado” dijo Andino, al señalar que el artículo 128 de la Constitución determina que para procesar penalmente a un asambleísta se requiere la autorización de la Asamblea, siempre y cuando se trate de actividades o hechos relacionados al ejercicio de sus funciones, más no a otros hechos.
Comentó que si un asambleísta está vinculado a un asesinato, a un delito de narcotráfico, trata de personas, violación o cualquier otro tipo de hecho ilícito, que no son parte de sus actividades y funciones, no debería someterse a la mencionada norma constitucional.
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