Informe de segundo debate recoge cambios sobre sigilo bancario, traspaso de la carta tributaria y costos de los espectáculos: Francisco Velasco

Martes, 20 de noviembre del 2012 - 16:58 Imprimir Elaborado por: Sala de prensa

Al iniciar el segundo debate del proyecto de Ley Orgánica para la Redistribución del Gasto Social, calificado de urgente en materia económica, el presidente de la Comisión de Régimen Económico, Francisco Velasco, destacó tres modificaciones esenciales a la normativa relacionadas con el sigilo bancario, el posible traspaso de la carga tributaria a los depositantes; y, costos de los espectáculos públicos.

Sobre el sigilo bancario, manifestó que para garantizar los requerimientos de información del Servicio de Rentas Internas SRI, se determina que sirve exclusivamente para fines tributarios.

Agregó que se acogió la propuesta del asambleístas Luis Almeida en el sentido que “la información bancaria sometida a sigilo o sujeta a reserva, obtenida por el Servicio de Rentas Internas bajo este procedimiento, tendrá el carácter de reservada de conformidad con lo establecido en el inciso final del artículo 101 de la Ley de Régimen Tributario Interno, y solo y de manera exclusiva podrá ser utilizada en el ejercicio de sus facultades legales. El Servicio de Rentas Internas adoptará las medidas de organización interna necesaria para garantizar su reserva y controlar su uso adecuado. El uso indebido de la información será sancionado civil, penal o administrativamente, según sea el caso.”

Sobre el posible traspaso de la carga tributaria a los depositantes, indicó que una de las reformas está relacionada con el cambio de tarifa de 0% a 12% del IVA para los servicios financieros. Para evitar que los costos financieros sean trasladados al usuario, la Superintendencia de Bancos y Seguros tendrá la potestad de fijar los costos financieros, para incluir el valor del IVA en los mismos, dijo.

Sin embargo, continuó, la banca podría emplear cualquier otro mecanismo para aplicar recargos a los clientes, ante lo cual se incorpora la siguiente disposición general “la Superintendencia de Bancos y Seguros monitoreará, vigilará, controlará y sancionará de manera ejemplar a las instituciones financieras que recarguen estas reformas económicas a los clientes y usuarios.”

Sobre el costo de los espectáculos públicos, señaló que la realización de espectáculos en el Ecuador es costosa, por el pago de impuestos. De acuerdo al tercer inciso del artículo 33 de la Ley Orgánica de Régimen Tributario Interno, los promotores de espectáculos públicos deben retener el valor del impuesto, calculándolo sobre la base de todo ingreso que perciba un artista extranjero, incluyendo: honorarios, dietas, hospedajes, alimentación, viáticos y subsistencias, y transporte, disposición que se deroga en el proyecto.

Francisco Velasco sostuvo que la reacción de los bancos frente a este proyecto fue negligente e irresponsable, al señalar que los bancos más grandes del país enviaron a sus depositantes, mediante correo electrónico o físico, un comunicado bajo el título “aviso importante a nuestros clientes”, alarmando a la ciudadanía sobre un posible riesgo en los ahorros.

Al respecto la Academia, en la persona de William Black opinó que “los directores ejecutivos de estos bancos han demostrado claramente sus intenciones a los depositantes y su deseo de poner en riesgo los depósitos de estos ciudadanos. Debo indicar y reforzar que no existe ningún tipo de riesgo para los depositantes”, enfatizó.

El legislador resaltó que la tasa de morosidad ha disminuido desde el 2006 y se mantiene en promedio en el 3%. Además que el retorno sobre el patrimonio ha aumentado después de la crisis del 2009. En el 2011 fue de 19,49% ligeramente por encima del promedio de la banca en América Latina que se situó en 19%.

Manifestó que si con la utilidad neta al 2011 de 397 millones, le disminuyen los 164 millones, como consecuencia de la reforma, queda una utilidad neta de 233 millones, lo que significa el 9% de rentabilidad.

Por último, expresó que la solvencia de los bancos está en 10.13%, por encima de los requerimientos internacionales que son del orden del 9%.

RSA/pv

 

 

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