Once iniciativas que reforman a la Ley de Servicio Público cuentan con informe para primer debate

Miércoles, 21 de noviembre del 2012 - 17:32 Imprimir Elaborado por: Sala de prensa

La Comisión de los Derechos de los Trabajadores y la Seguridad Social, presentó informe unificado para primer debate de 11 proyectos que reforman e interpretan la Ley Orgánica del Servicio Público, referentes a la objeción parcial del Presidente de la República y que entró en vigencia por el Ministerio de la Ley el 6 de octubre de 2010.

Las iniciativas de los asambleístas Paco Fierro, Línder Altafuya, Nivea Vélez, Enrique Herrería, Paco Moncayo, Leonardo Viteri, Sylvia Kon y Kléver Jiménez, argumentan que la objeción presidencial se aparta de las garantías constitucionales consagradas a favor de los servidores públicos, lo que ha permitido una serie de transgresiones como el derecho a la igualdad, a la no discriminación, la irrenunciabilidad de los derechos, al principio de independencia y autonomía de las diferentes instituciones del Estado.

 

Según los autores de las propuestas, la ley prevé un proceso de evaluación punitiva del desempeño de los servidores públicos al establecer la destitución a aquel servidor que en las evaluaciones obtuviere la calificación de insuficiente.

También se hace referencia a las consecuencias que, por motivo de la derogatoria de disposiciones de la ley, han permitido terminar con los horarios y jornadas especiales para aquellos que ejecutan trabajos peligrosos o riesgosos dentro del sector público en el área de la salud, mismos que no están reconocidos expresamente en la ley, afectando incluso, según los proyectos, derechos como el de estabilidad laboral debido a la ejecución del Decreto Ejecutivo 813.

En este sentido, en el informe se concluye que los proyectos pretenden excluir a todas aquellas instituciones públicas que son declaradas autónomas, de las regulaciones de la LOSEP, tanto en materia de regulación de recursos humanos como de remuneraciones.

Explica que la autonomía de aquellas entidades del sector público que se establecen como tales, está dado con la intención de dar cumplimiento con su presupuesto constitutivo establecido en sus propias leyes y no de generar o emitir normas que autoregulen comportamientos ya normados por la ley y la Constitución, debiendo éstos sujetarse a las normas generales establecidas.

La comisión, en su informe, anota que en los proyectos existen planteamientos, tendientes a regular, con cargas horarias especiales, el trabajo de las y los médicos y de aquellos que trabajan en actividades, consideradas por los proponentes, de alto riesgo, desempeñadas en el sector salud y bioquímicas, específicamente, para lo cual se pretende regular la jornada laboral de los médicos. Al respecto la Comisión determina que este tema ya está normado en el Art. 25 letra b) de la LOSEP en donde delega al Ministerio de Relaciones Laborales la potestad de normar la fijación de jornadas, horarios o turnos de trabajo debiendo hacer consideraciones respecto a la característica de peligrosidad en las actividades laborales.

Asimismo, se pretende reformar el Art. 50 de la LOSEP, al crear el Consejo Nacional de Recursos Humanos y Remuneración del Sector Público, como un órgano adscrito al Ministerio de Relaciones Laborales, contando además con una Secretaría Técnica, con el propósito que sea el órgano rector tanto de los recursos humanos del sector público como de sus remuneraciones.

Según el informe esta reforma vendría a constituirse en inconstitucional en atención a lo dispuesto en el Art. 229 de la Constitución en el que se precisa que la Ley definirá el organismo rector en materia de recursos humanos y remuneraciones para todo el sector público.

Ante tales consideraciones la Comisión de los Derechos de los Trabajadores resolvió emitir informe no favorable y recomendar al Pleno su archivo.

RSA/pv

 

 

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