Con la finalidad de iniciar el proceso de fiscalización contra el director Ejecutivo del Instituto Nacional de Compras Públicas, Juan Aguirre Ribadeneira, la Comisión de Desarrollo Económico, presidida por el asambleísta Fernando Vélez, resolvió convocar al funcionario para el miércoles 16 de enero, a las 08:30.
Los parlamentarios sustentaron su pedido en los artículos 75 y 76 de la Ley Orgánica de la Función Legislativa y 120, numeral 9 de la Constitución, que determinan que los asambleístas tienen la facultad de requerir información y en el caso de que en un plazo de 15 días no entreguen la información o lo entreguen de forma incompleta, el parlamentario requiriente pondrá en conocimiento del presidente de la Asamblea Nacional dicho incumplimiento.
Bajo estos parámetros el Consejo de Administración Legislativa (CAL) decidió que la Comisión de Desarrollo Económico lleve adelante el proceso de fiscalización, por tanto, envió a este organismos toda la documentación relacionada con este caso.
Como se recuerda, el asambleísta César Rodríguez, el pasado 18 de septiembre solicitó información a Juan Aguirre Ribadeneira, director Ejecutivo del Instituto Nacional de Compras Públicas y hasta la presente fecha no ha recibido informe alguno en torno a la adquisición de vehículos automotores por parte de las instituciones públicas, a través del Instituto Nacional de Compras Públicas.
El asambleísta solicitó que la información considere las adquisiciones realizadas durante la gestión presidencial desde el año 2007 hasta el momento actual; las fechas de inicio de los procesos de contratación, las fechas de adjudicación de los contratos, los nombres de las personas o empresas adjudicatarias, las características y costos de los vehículos, los nombres de las instituciones públicas a las que se hayan asignado los vehículos, así como los montos de todos los contratos.
Se establece como procedimiento que el funcionario observará los cuestionamientos previamente planteados por escrito, durante un tiempo máximo de 40 minutos. Solo caben preguntas de los asambleístas de la Comisión y del legislador que perteneciendo a otra comisión, inició el trámite, relativas al cuestionario inicial y por un tiempo no mayor a 10 minutos cada uno, en un máximo de dos intervenciones.
Las réplicas del funcionario público no podrán durar más de 20 minutos, luego de lo cual el Presidente de la comisión dará por terminada la comparecencia e iniciará el análisis de la misma, sin la presencia del funcionario público.
El artículo 76 de la Ley Orgánica de la Función Legislativa, además señala que si la Comisión considera que la respuesta del funcionario es satisfactoria, podrá, con la mayoría absoluta de sus miembros, archivar la petición; o por el contrario, con la mayoría de sus miembros, podrá solicitar al Presidente de la Asamblea Nacional el inicio del juicio político correspondiente.
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