Asamblea Nacional incrementó en más de 400 millones de dólares las rentas de los gobiernos autónomos descentralizados

Jueves, 18 de febrero del 2010 - 17:30 Imprimir Elaborado por: Sala de prensa

La Asamblea Nacional incrementó a 2.167 millones de dólares las rentas para los gobiernos autónomos descentralizados (GAD) para el presente año, lo que significa 409 millones de dólares más de lo que sugirió el Alcalde de Guayaquil, Jaime Nebot Saadi.

En efecto, el presidente de la Asamblea, Fernando Cordero, recordó que el abogado Jaime Nebot, en comunicación enviada el 1 de diciembre pasado le afirmó que el Ministerio de Finanzas había violado la Constitución al calcular el monto global del 15% de ingresos permanentes y 5% de ingresos no permanentes, según lo previsto en el artículo 271 de la Constitución vigente y que según los análisis realizados por la Municipalidad de Guayaquil “la masa a distribuir de acuerdo a lo establecido en el Art. 271 de la Constitución, es pues, de USD $1.757´656.397,95 a favor de los Gobiernos Autónomos Descentralizados”.

Resaltó que la Asamblea, el 29 de diciembre de 2009, determinó que, a más de la partida establecida en el presupuesto 2010 para los GAD, el Ministerio de Finanzas debía calcular el valor total requerido por todas y cada una de las leyes vigentes (con las que se distribuyeron fondos a las municipalidades y consejos provinciales, en el año 2008, actualizadas al 2010) y agregar en el presupuesto del 2010 el faltante o diferencia entre el nuevo valor y el de la partida presupuestaria creada para estos organismos, con lo cual el monto ascendió a 2.167.589.119,99.

Si a esta cifra se la compara con la del año 2008, estamos hablando de un incremento de 409 millones de dólares a favor de los gobiernos autónomos descentralizados y no de ningún perjuicio como irresponsablemente le ha manifestado al país el burgomaestre de Guayaquil, dijo al sostener que “si la Asamblea Nacional le hubiese hecho caso al abogado Nebot, les habríamos perjudicado a los Gobiernos Autónomos Descentralizados”.

Este monto resuelto en la Asamblea y plenamente aceptado por el Presidente de República -y por ende en el Ministerio de Finanzas- equivale, en el año 2010, aproximadamente al 21% de Ingresos Permanentes y al 10% de los Ingresos No Permanentes, en lugar del 15% y el 5% respectivamente que lo señala el artículo 271 de la Constitución, por lo que se preguntó ¿acaso esto no constituye un significativo incremento para los GAD?

Indicó que para efectos de los cálculos se tomaron en cuenta la Ley del 15%; Ley 72 de Desarrollo Seccional; Ley 65 (Fondo de Desarrollo Provincial (Fondepro); Ley 46 del Fondo de Desarrollo de la Provincia de Bolívar; Ley 57 del Fondo de Saneamiento Ambiental, Vialidad y Riego de la provincia de El Oro; Ley 47 Asignaciones que por venta de energía a las empresas eléctricas que efectúe el Instituto Ecuatoriano de Electrificación; Ley 145 Fondo de Desarrollo de la Provincia de Pichincha; Ley 146 Fondo de Desarrollo de la Provincia de Carchi; Ley 122 Fondo de Desarrollo de las Provincias de la Región Amazónica.

También, Ley 10 - 20 Fondo para el Ecodesarrollo Regional Amazónica y de fortalecimiento de sus organismos seccionales; Ley 40 Rentas sustitutivas para las provincias de Napo, Esmeraldas y Sucumbíos; Ley 05 Fonvial; Ley 93 Fondo de Riego de la Provincia de Cotopaxi; Compensación Cemento; Fondo para Obras del Sector Agropecuario de Chimborazo; Fondo de Compensación para la llamada donación del Impuesto a la Renta; Fondo de Compensación para el ICE destinando a inversiones en Agua Potable; Fondo de Salvamento del Patrimonio Cultural correspondiente al 6% del impuesto a la Renta pagado en el respectivo cantón a favor de los municipios del país distintos de los ubicados en las provincias de Guayas y Manabí.

JLVN/pv

 

 

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