La reforma tiene como objetivo que el directorio del Banco Central realice un balance único con la fusión de los que existen actualmente.
El proyecto que deroga el artículo 2 de la Ley de Régimen Monetario y Banco del Estado, fue presentado por el Presidente de la República, considerando que el artículo 303 de la nueva Constitución determina que la formulación de las políticas monetaria, crediticia, cambiaria y financiera es prerrogativa o competencia de la Función Ejecutiva.
Entre los argumentos consta que es innecesaria la existencia de varios sistemas para la presentación de balances generales; pues actualmente existen cuatro sistemas para establecer la contabilidad separada e independiente.
Actualmente, existe el sistema de canje para el registro de las especies monetarias nacionales emitidas por el Banco Central del Ecuador; de reserva financiera para los depósitos de las instituciones financieras públicas y privada; de operaciones para el registro de los depósitos del sector público no financiero y de particulares; y, para el resto de cuentas incluyendo el patrimonio y cuentas de resultados. Sistemas que son obsoletos, incluso porque desde el 2000 en Ecuador existe un nuevo esquema monetario.
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