Depuración de la Normativa Legal y Convención sobre Comercio de Especies Amenazadas en agenda para sesión 47

Miércoles, 30 de junio del 2010 - 22:00 Imprimir Elaborado por: Sala de prensa

En la sesión 47 del Pleno de la Asamblea Nacional, convocada para mañana,  1 de julio de 2010, se prevé el primer debate del proyecto de Ley Derogatoria No. 2 para la Depuración de la Normativa Legal y el conocimiento y resolución de la objeción parcial del Presidente de la República al proyecto de Ley Derogatoria No. 1 para la Depuración de la Normativa Legal.

Además, según la agenda, se analizará el informe de la Comisión de Soberanía, Integración, Relaciones Internacionales y Seguridad Integral en torno a la Enmienda al artículo XXI de la Convención sobre el Comercio Internacional de Especies Amenazadas de Fauna, Flora y Vida Silvestre.

Derogatoria No. 2 para la Depuración de la Normativa Legal

La Comisión de Justicia y Estructura del Estado, a través de su informe favorable, propone la depuración de 159 decretos, tomando en cuenta que éstos, aunque forman parte del ordenamiento jurídico ecuatoriano, han perdido eficacia, tanto por el transcurso del tiempo fijado para la vigencia de la ley; por el cumplimiento de la finalidad que con su expedición se propuso alcanzar, cuanto porque los presupuestos establecidos en ellas han sido recogidos por otros cuerpos legales promulgados posteriormente.

Dicha derogatoria se refiere a leyes, decretos legislativos, decretos supremos y codificaciones referentes, principalmente, a la destilación de aguardientes; impuestos a las ventas de alcoholes, sal y cigarrillos para financiar obras públicas como escuelas, colegios, puentes, carreteras, edificios estatales; regulación para el manejo del monopolio fiscal de aguardientes, fósforos y tabaco, entre otros contenidos legales, que actualmente han perdido eficacia.

Objeción al proyecto de Ley Derogatoria No.1

La depuración del primer paquete de 107 cuerpos legales obsoletos fue aprobada por la Asamblea Nacional el pasado mes de mayo. Sin embargo, el Ejecutivo presentó una objeción parcial en el sentido de que se revise lo concerniente al Abono Tributario, ya que crea un instrumento de política exterior idóneo para compensar a los productores que se vean perjudicados por medidas impuestas por terceros países, lo que resulta indispensable para mantener y atraer la inversión productiva.

Convención

Ecuador se adhirió a la Convención sobre el Comercio Internacional de Especies Amenazadas de Fauna y Flora y Vida Silvestre (CITES) el 3 de marzo de 1973, como parte integrante de la ONU. La Enmienda al Art. XXI se incorporó el 30 de abril de 1983, la cual permitía a organismos internacionales - la Unión Europea, o en el futuro la Unasur -, participar plenamente con derechos y obligaciones, y representar a los países partes, asumiendo su derecho al voto.

El mayor objetivo de este tratado es la protección de más de 30 000 especies de animales y plantas a nivel mundial, con el compromiso de que los países ejerzan estrictos controles y optimizar medidas de protección.

MG

 

 

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