Ejecutivo propone proyecto que legaliza tenencia de tierras en el cantón Buena Fe

Lunes, 08 de marzo del 2010 - 19:55 Imprimir Elaborado por: Sala de prensa

El presidente de la República, Rafael Correa, envió a la Asamblea Nacional un proyecto de Ley de Legalización de Terrenos a favor de los Moradores y Posesionarios de Predios que se encuentran dentro de la jurisdicción del Cantón Buena Fe.

Correa, en la exposición de motivos, señala que Buena Fe es un cantón de gran crecimiento socio económico y contribuye con su mancomunidad al desarrollo productivo del país, por tanto, es indispensable que la Asamblea dicte una ley que legalice la tenencia de la tierra de los ciudadanos que habitan en ese cantón, actuales posesionarios que han levantado en ellas sus viviendas y hogares, otorgándoles seguridad jurídica.

 

El proyecto declara de utilidad pública y expropia a favor de la Municipalidad de Buena Fe, con la obligación de que ésta venda y adjudique a los actuales posesionarios, los predios ubicados dentro de la jurisdicción del cantón Buena Fe, que están ocupados actualmente por asentamientos poblacionales en barrios y ciudadelas, así como los terrenos que estén destinados para servicios básicos comunitarios y espacios verdes, según determinación de la Municipalidad. Se enlista un total de 37 lotes, con los respectivos nombres.

 

Prevé que la Municipalidad de Buena Fe realice de modo directo, sin el requisito de pública subasta, ni autorización alguna, la transferencia de los predios. El precio del metro cuadrado de la tierra será determinado por ordenanza municipal, considerando la capacidad de pago, condición socioeconómica de los posesionarios y el avalúo catastral registrado. En caso de incumplimiento en el pago del precio la Municipalidad emitirá el correspondiente título de crédito, reservándose el derecho de actuar por la vía coactiva.

 

La enajenación solo operará a favor de los actuales posesionarios, de predios destinados a vivienda que hayan probado una posesión pacífica, tranquila e ininterrumpida, con ánimo de señor y dueño, por un período mayor a tres años y acrediten no tener bien inmueble en el cantón.

 

Cuando sobre los terrenos, a los que se refiere la presente ley, se hubieran construido edificaciones que de acuerdo con el avalúo catastral superen los 10 mil dólares el beneficiario estará obligado a pagar como precio de venta a la Municipalidad de Buena Fe un valor mínimo equivalente al 1% del total del avalúo y la transferencia de dominio no estará exenta del pago de los impuestos, tasas y contribuciones correspondientes.

 

De los valores recaudados por concepto de adjudicaciones y ventas directas de los terrenos, la Municipalidad de Buena Fe, pagará las correspondientes indemnizaciones a los nudos propietarios, que probaren ser tales de conformidad con la ley. Del total de estos valores se descontará a favor de la Municipalidad el 20% por cada caso, dinero que ingresará a las arcas municipales.

 

JLVN/pv

 

 

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