El combate al lavado de activos entra a debate en el Pleno

Martes, 07 de septiembre del 2010 - 15:00 Imprimir Elaborado por: Sala de prensa

En la sesión 54 del Pleno, los asambleístas debaten en primera instancia el proyecto de reformas a la Ley que Reprime el Lavado de Activos, que se constituye uno de los mayores flagelos contra la sociedad y el Estado, provocando graves problemas de carácter socio-económico.

La Comisión de Régimen Económico, presidida por el asambleísta Francisco Velasco, propone sustituir el título de la Ley por “Ley de Prevención y Detección del lavado de Activos y del Financiamiento de Actividades Ilícitas”, por tanto, el proyecto pretende establecer medidas efectivas para combatir y erradicar este fenómeno, que incide en el financiamiento de actividades ilícitas, en sus diferentes modalidades.

El cuerpo legal, que contiene 27 artículos, tres reformatorias y derogatorias y una transitoria, tiene por objetivo detectar y reprimir la propiedad, posesión, utilización, oferta, venta, corretaje, comercio interno o externo, transferencia, conversión y tráfico de activos, que fueren resultado o producto de actividades ilícitas, o constituyan instrumentos de ellas.

También, desarrollar las acciones y gestiones necesarias para recuperar los activos que sean producto de estas prácticas, que fueren cometidas en territorio ecuatoriano, aún cuando se encuentren en el exterior.

La propuesta prevé tipificar, no solo el financiamiento “del terrorismo”, sino de todas aquellas actividades ilícitas que generan recursos económicos que son utilizados en el lavado de activos por el crimen organizado, como por ejemplo: trata de personas, tráfico de armas, narcotráfico, redes de explotación sexual, contrabando, falsificación, negocios de secuestro, sicariato y demás.

El proyecto crea el Consejo Nacional Contra el Lavado de Activos, con sede en Quito y personería jurídica de derecho público, que estará integrado por el Directorio y la Unidad de Análisis Financiero (UAF).

El Directorio de dicho Consejo lo conformarán: el Procurador General del Estado o su delegado, quien lo presidirá y tendrá voto dirimente; el Presidente de la Corte Nacional de Justicia; el Fiscal General del Estado; el Superintendente de Bancos y Seguros; el Superintendente de Compañías; el Director General del Servicio de Rentas Internas; el Gerente General de la Corporación Aduanera Ecuatoriana; el Comandante General de la Policía Nacional; y, el Director de la Unidad de Análisis Financiero o su delegado.

El titular del organismo legislativo señaló que resulta pertinente modificar la finalidad de la ley y concretar sus objetivos, en aras de garantizar la recuperación de los activos ilícitos en beneficio del Estado.

Recordó que la actual Ley para Reprimir el Lavado de Activos fue publicada en el Registro Oficial No. 127 de 18 de octubre de 2005, sin embargo, transcurridos cinco años a partir de la vigencia de la misma, es necesario realizar una revisión que permita superar las deficiencias encontradas.

JLVN/eg

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