Presidente de la Comisión de Soberanía Alimentaria presentó texto definitivo del proyecto de Ley de Recursos Hídricos

Martes, 11 de mayo del 2010 - 21:11 Imprimir Elaborado por: Sala de prensa

El presidente de la Comisión de Soberanía Alimentaria, Jaime Abril, entregó en la Secretaría de la Asamblea Nacional el texto alternativo del proyecto de Ley Orgánica de Recursos Hídricos, Uso y Aprovechamiento del Agua, cuya votación se verificará en la continuación de sesión 40 del Pleno, prevista para el jueves, a las 15:00.

La propuesta, trabajada a través de un equipo técnico en el cual participaron delegados de las organizaciones campesinas, indígenas, usuarios, regantes y demás actores vinculados con el agua, recoge múltiples observaciones formuladas en las 64 intervenciones del segundo debate, así como los planteamientos de los grupos sociales que fueron recibidos en comisión general.

 

El proyecto enfatiza en la concepción del agua como derecho humano fundamental e irrenunciable, imprescriptible, inembargable; la no privatización de este recurso; la gestión pública y comunitaria; la prelación (consumo humano, el riego y abrevadero para garantizar la soberanía alimentaria; la conservación ecológica y el aprovechamiento productivo); la existencia de una Autoridad Única del Agua, compuesta por varios organismos, entre ellos, el Consejo Plruricultural y Plurinacional, en el cual se garantiza la participación activa de la ciudadanía en la toma de decisiones sobre este líquido vital.

Sistema Nacional

Entre otras sugerencias acogidas, se establece el Sistema Nacional Estratégico del Agua como el conjunto de instituciones, comunas, comunidades, pueblos y nacionalidades organizadas, orientado a la gestión integrada de los recursos hídricos. Son parte de éste los subsectores, agua potable, riego, saneamiento ambiental, drenaje energético y los otros sectores que aprovechan el agua en actividades productivas.

Se modifican las atribuciones del Consejo Intercultural y Plurinacional del Agua, el cual deberá: velar por la garantía y el ejercicio del derecho humano al agua y distribución; ante la propuesta de la Secretaría Nacional del Agua, Senagua, participará en la regulación de tasas y tarifas hídricas, sin perjuicio de las competencias de los gobiernos autónomos descentralizados, GAD's; participar en la formulación, transversalización, observancia, seguimiento y evaluación de las políticas públicas hídricas; generar debates públicos sobre tremas relativos a la gestión integrada de los recursos hídricos; y, rendir cuentas a la ciudadanía.

Superintendencia

Entre las inclusiones consta la creación de la Superintendencia de Recursos Hídricos, instancia técnica, autónoma e independiente del Sistema Nacional Estratégico y Auditoría Única, que será la encargada de vigilar, auditar, intervenir y controlar todas las actividades vinculadas con la gestión de recursos hídricos. Podrá actuar de oficio o a petición ciudadana.

El Superintendente será nombrado por el Consejo de Participación Ciudadana y Control Social, de una terna propuesta por el Presidente de la República, conformada con criterios de especialidad, méritos y sujeta a escrutinio público y derecho de impugnación ciudadana.

Demarcación Hidrográfica

Dentro de la gestión integrada de los recursos hídricos por cuenca hidrográfica, se determina que la Autoridad de Demarcación Hidrográfica será la Secretaría Nacional del Agua, a quien le corresponde la rectoría, a través de las autoridades administrativas desconcentradas dependientes de ella. Dichas autoridades serán las encargadas de otorgar, en primera instancia, las autorizaciones de uso respetando el orden de prelación y las autorizaciones de aprovechamiento del agua, el orden de prelación y prioridad establecido en el territorio, en coordinación con los GAD's, según sus competencias y conforme a los planes de desarrollo y ordenamiento territorial.

También estará en sus manos ejecutar las políticas nacionales hídricas, formular y aplicar los instrumentos técnicos y administrativos para la gestión integrada del agua; formular y ejecutar la planificación hídrica; y, ejercer las funciones que le asigne la Senagua.

EG/pv

 

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