Boletines de Prensa

Fiscalía sugiere que sanciones penales sobre violencia en escenarios deportivos se incorporen al nuevo Código Penal
Miércoles, 25 de julio del 2012 - 17:20 Elaborado por: Sala de prensa

En la Comisión de Soberanía y Relaciones Internacionales, Paulina Garcés, delegada del Fiscal General del Estado, presentó sus comentarios sobre los proyectos de  “Ley de Prevención y Control de la Violencia en los Escenarios Deportivos”;  y,  la “Ley de Seguridad de los Eventos Deportivos”.

Tras explicar que el Fiscal Galo Chiriboga no puso asistir al organismo por tener que atender asuntos inherentes a su función en la ciudad de Guayaquil, la doctora Garcés manifestó que las dos propuestas son importantes, más aún cuando incorporan nuevas conductas acorde a la dinámica social que vive el país.

En todo caso, propuso que las iniciativas se unifiquen en un solo texto y que las infracciones y sanciones penales en materia de control de la violencia en escenarios o toda clase de espectáculos de concentración masiva deberían pasar a formar parte del proyecto de Código Orgánico Integral Penal.

La normativa si puede prever y contener lo que hace relación a las  sanciones administrativas, dijo, al objetar el incremento de más tipos penales, sino que la violencia en los escenarios se considere como una agravante con penas más fuertes.

Análisis

El asambleísta Fernando Bustamante, presidente de la Comisión de Relaciones Internacionales, hizo hincapié en analizar los temas de los proyectos que se pueden trasladar al Código Penal, al ámbito del Ministerio del Deporte o a otros cuerpos legales, previo a la elaboración del correspondiente informe.

Pedidos de archivo

En otro tópico, la Comisión aprobó los informes para primero y segundo debates, respectivamente, de los proyectos de Ley de Régimen Disciplinario Militar de las Fuerzas Armadas; y, de Servicio Cívico Militar y de las Reservas de las Fuerzas Armadas Nacionales, a través del los cuales sugiere al Pleno sus archivos.

MG

Killka katipay

Asamblea debate Reformatoria a la Ley de Régimen Especial para la conservación y desarrollo de Galápagos
Martes, 24 de julio del 2012 - 18:18 Elaborado por: Sala de prensa

En el marco del primer debate del proyecto de Ley Reformatoria a la Ley de Régimen Especial para la Conservación y Desarrollo de Galápagos, el ponente y presidente de la Comisión de Gobiernos Autónomos, Virgilio Hernández, manifestó que la norma fue trabajada de manera coordinada con los personeros del Ministerio del Ambiente.

Killka katipay

Fernando Cordero propone reforma legal para beneficiar a casi un millón de personas excluidas de la seguridad social
Martes, 24 de julio del 2012 - 18:05 Elaborado por: Sala de prensa

El presidente de la Asamblea Nacional, Fernando Cordero Cueva, propuso ante la Comisión de Régimen Económico, que en el proyecto de Ley de Defensa de los Derechos Laborales se incorpore una disposición transitoria para solucionar la situación de los trabajadores que han sido excluidos del sistema de seguridad social.

Killka katipay

Listo informe para segundo debate del proyecto urgente sobre defensa de los derechos laborales
Martes, 24 de julio del 2012 - 17:09 Elaborado por: Sala de prensa

Con los votos de Francisco Velasco, Zobeida Gudiño, Christian Viteri, Lorena Bravo, Eduardo Encalada, Ramón Vicente Cedeño y Ramiro Terán, la Comisión de Régimen Económico aprobó el informe para segundo debate del proyecto de Ley para la Defensa de los Derechos Laborales, que incluye el derecho de repetición contra funcionarios públicos.  En contra votaron Salomón Fadul, Sylvia Kon, Patricio Quevedo y Andrés Ramírez.

Killka katipay

CAL remitió a Comisión de Justicia proyectos de Ley de los Consejos Nacionales de Igualdad y de Igualdad entre Hombres y Mujeres
Lunes, 23 de julio del 2012 - 21:21 Elaborado por: Sala de prensa

La Comisión de Justicia y Estructura del Estado, presidida por el asambleísta Mauro Andino, inició el trámite de los proyectos de Ley Orgánica de los Consejos Nacionales para la Igualdad, presentado por el Presidente de la República; y, Orgánica de Igualdad entre Mujeres y Hombres, de iniciativa de la legisladora Marisol Peñafiel.

La propuesta gubernamental tiene por objeto regular la integración, designación, funciones, fines y funcionamiento de los Consejos Nacionales de la Igualdad.

Promueve la protección de los derechos de las personas, grupos, comunas, comunidades, pueblos y nacionalidades en el ámbito de sus atribuciones; garantizar el cumplimiento del derecho de igualdad y no discriminación para fortalecer la unidad nacional en la diversidad y la construcción del Estado plurinacional e intercultural; diseñar e impulsar políticas públicas para que transversalice el derecho a la igualdad y no discriminación; fomentar la erradicación de actos, usos, prácticas, costumbres, esteriotipos y funciones consideradas discriminatorias; fomentar una cultura de paz que desarrolle capacidades humanas orientadas hacia la garantía del derecho de igualdad y no discriminación.

Los Consejos son organismos públicos con personería jurídica, que forman parte de la Función Ejecutiva, con autonomía administrativa y financiera; no necesitarán estructuras desconcetradas ni entidades adscritas.

Igualdad entre hombres y mujeres

El documento se orienta a la igualdad de trato y oportunidades entre hombres y mujeres, en el goce y ejercicio de derechos y libertades en todas las esferas de la vida, en particular en las áreas política, económica, social, cultural y civil.

Establece la obligación del Ejecutivo en el diseño de políticas públicas; que  el Legislativo  cree una comisión especializada permanente que se encargue de la temática, que fiscalice los actos de todas la funciones estatales y de los otros órganos del poder público relacionados con las políticas de igualdad y no discriminación; así como que la Función Electoral haga efectivo el ejercicio de los derechos políticos que se expresan a través del sufragio; garantizar el acceso a la seguridad social y la eliminación de todo tipo de violencia.

MG/pv

Killka katipay

Comisión de Educación reconoce pedido de maestros jubilados; aprobó informe de Ley Interpretativa a la LOEI
Lunes, 23 de julio del 2012 - 21:17 Elaborado por: Sala de prensa

La Comisión de Educación, Cultura, Ciencia y Tecnología aprobó el informe para primer debate del proyecto de Ley Interpretativa a la Disposición General Novena de la Ley Orgánica de Educación Integral (LOEI).

La propuesta recoge las aspiraciones de más de 7 mil docentes que se acogieron a la jubilación entre el 20 de octubre de 2008 y el 31 de marzo de 2011, pero que recibieron montos inferiores a los determinados en la Constitución y la ley. Por ejemplo, a quienes recibieron la suma de 12 mil dólares y eran acreedores a 25 mil dólares, el Estado deberá entregarles los 13 mil dólares faltantes, comentó la doctora Gioconda Saltos, vicepresidenta de la Comisión.

Argumentó que las normas que regulan este estímulo por jubilación son la Disposición Transitoria Vigésimo Primera de la Constitución en concordancia con el artículo 129 de la Ley Orgánica del Servicio Público y el segundo inciso de la Disposición General Novena de la Ley Orgánica de Educación Intercultural, que determinan la obligación del Estado de realizar el pago de una bonificación como incentivo a la jubilación voluntaria de los maestros de “cinco salarios básicos unificados del trabajador privado por cada año de servicio contados a partir del quinto año y hasta un monto máximo de ciento cincuenta salarios básicos unificados del trabajador privado en total ”.

El artículo 1 del proyecto aprobado expresa: “Interprétese la Disposición General Novena de la Ley Orgánica de Educación Intercultural en el sentido de que todos los miembros del Magisterio Nacional que se jubilaron a partir del 20 de octubre del año 2008 tienen derecho a percibir el estímulo para la jubilación determinado en la Disposición Transitoria Vigésimo Primera de la Constitución, aplicado en los mismos términos que establece el Art. 129 de la Ley Orgánica de Servicio Público y el Art. 125, literal c) de la Ley Orgánica de Educación Intercultural; liquidado en razón del valor del salario básico unificado del trabajador en general vigente a la fecha de presentación de su solicitud de jubilación, debiendo considerarse como anticipo los montos recibidos en cualquier tiempo, y que hayan sido inferiores al total que les corresponde.

La obligación del Estado solamente cesará el momento en el que sea cubierta la totalidad del beneficio, liquidado al valor correspondiente de la fecha de presentación de la solicitud de jubilación. Por ser un derecho creado incondicionalmente por la Constitución, su pago debe ser realizado de manera inmediata y con los recargos de ley.

En caso de que el derechohabiente hubiere fallecido, se estará a lo que dispone el Código Civil”.

El documento lo suscribieron Gioconda Saltos, Jorge Escala, Edwin Vaca, Marcela Chávez (alterna de Gerardo Morán), Galo Vaca y Juan Fernández.

MG/pv

Killka katipay

Comisión de Justicia se pronunció por archivo del proyecto de reformas a la Ley 171 de daño moral
Lunes, 23 de julio del 2012 - 21:12 Elaborado por: Sala de prensa

La Comisión de Justicia y Estructura del Estado presentó informe para primer debate del proyecto de Ley Reformatoria a la Ley 171 de daño moral, a través del cual sugiere al Pleno su archivo.

El organismo concluyó que la propuesta elimina la facultad que sea el juez quien, en base de la prudencia, cuantifique el monto indemnizatorio y concibe que no pueda determinar indemnizaciones inferiores a diez salarios mínimos unificados ni mayores a cien salarios mínimos unificados, aproximadamente un mínimo de USD. 2.920 y un tope de USD. 20.920.

Además, que toda iniciativa legislativa o reforma legal, no puede estar sujeta a respuestas coyunturales; que dadas las peculiaridades del daño moral o extrapatrimonial, es imposible establecer una tarifa de forma cerrada de mínimos y máximos del quantum indemnizatorio;  corresponde a los jueces actuar con imparcialidad, discrecionalidad y aplicar con eficiencia la valoración de la prueba bajo el sello de la sana critica, utilizando los principios de proporcionalidad y de justicia para intentar cuantificar de manera cercana la estimación de la compensación pecuniaria del daño moral.

Los perjuicios morales subjetivos o pretium doloris por lesionar aspectos sentimentales, afectivos o emocionales en detrimento de bienes o derechos extra patrimoniales no pueden ser reparados mediante una indemnización económica fija, sino que por el contrario los jueces deben valorar las circunstancias que rodean a la víctima para que se le otorgue una reparación justa; que uno a uno y de modo particular, los casos de daño moral deben ser valorados por el operador de justicia, a fin de que las victimas reciban la justa indemnización, procurando como ha dicho la Corte Interamericana de Derechos Humanos, ni enriquecer al actor ni empobrecer al demandado.

Finalmente, determinó que la Corte de Justicia ha establecido que la fijación del quantum indemnizatorio deberá estar en referencia a la pretensión del actor, sin que el juzgador pueda imponer una reparación mayor a la establecida en la demanda ya sea que conste en la misma o en base a los criterios de la sana critica en el caso de que no conste.

MG/pv

 

Killka katipay

Casa Legislativa de Tungurahua contribuye a la socialización de las leyes
Lunes, 23 de julio del 2012 - 17:00 Elaborado por: Sala de prensa

La Casa Legislativa de Tungurahua concentró a representantes de diversas organizaciones de esa jurisdicción para socializar los proyectos de ley que se debaten en el Pleno de la Asamblea Nacional.  En efecto, en primer lugar, desarrolló el Foro “Código Orgánico Integral Penal sobre la despenalización del Aborto”, en el que se registraron amplios y profundos debates en torno al tema.

Killka katipay

Pleno tratará mañana reformas a la Ley de Seguridad Social de las Fuerzas Armadas
Lunes, 23 de julio del 2012 - 21:26 Elaborado por: Sala de prensa

En la sesión 177 del Pleno convocada por el presidente de la Asamblea Nacional, Fernando Cordero Cueva, para mañana, martes 24 de julio a las 9h30, se tratará en primer debate los proyectos de reformas a las leyes de Seguridad Social de las Fuerzas Armadas y de Régimen Especial para la Conservación y Desarrollo Sustentable de la provincia de Galápagos, publicada en el Registro Oficial número 278 del 18 de marzo de 1998.

Killka katipay

Proyecto de Ley del Adulto Mayor cuenta con informe para segundo debate
Jueves, 19 de julio del 2012 - 18:22 Elaborado por: Sala de prensa

Por voluntad mayoritaria de los integrantes de la Comisión de Derechos Colectivos Comunitarios y la Interculturalidad, dentro de los plazos previstos en la Ley Orgánica de la Función Legislativa, se aprobó el informe para segundo debate de la Ley del Adulto Mayor, que reforma la vigente Ley del Anciano.

El proyecto de ley contiene 45 artículos, además disposiciones transitorias, generales y derogatorias, informó Lourdes Tibán, presidenta de la Comisión.

La normativa tiene por objeto garantizar el cumplimiento y aplicación de  las políticas públicas y la promoción de programas de atención prioritaria y especializada en los ámbitos público y privado, para asegurar la plena vigencia, difusión y ejercicio de derechos del buen vivir de las personas adultas mayores, cuyos derechos  están garantizados en la Constitución y los instrumentos internacionales.

La Presidenta de la Comisión recordó que se han recogido varias observaciones relacionadas con las exigencias de los adultos mayores.

Según la iniciativa, en el país existen alrededor de 970.000 personas adultas mayores, entre quienes gozan de jubilación y las que no tienen renta jubilar y se encuentran sin ingresos económicos para su subsistencia, por lo que requieren de manera impostergable la atención por parte del Estado.

La propuesta se enmarca en las normas constitucionales y los principios básicos de los Derechos de los Adultos Mayores aprobados por la Asamblea General de las Naciones Unidas.

AM

Killka katipay

Páginas

Av. 6 de Diciembre y Piedrahita · Teléfono: (593)2399 - 1000 | Quito · Ecuador