Esta Ley, regula y optimiza el proceso de las Declaraciones Patrimoniales Juradas que son presentadas por las personas servidoras y funcionarias públicas con el fin de evitar el enriquecimiento ilícito con fondos públicos.
Especifica que tienen la obligación de declarar las personas servidoras y funcionarias públicas, miembros de las Fuerzas Armadas, Policía Nacional, Unidad de Vigilancia Aduanera, Comisión de Tránsito y, Policías Metropolitanas y Aduaneras
Regula la presentación y contenido de las Declaraciones Patrimoniales Juradas.
Las Declaraciones Patrimoniales Juradas podrán ser ingresadas mediante un formulario electrónico a través de un sitio web de la Contraloría General del Estado.
La Contraloría General del Estado confrontará y examinará las declaraciones.
De existir responsabilidad penal, el Contralor General emitirá un informe y remitirá a la Fiscalía General del Estado con los resultados del examen y la evidencia.
Proyectos de ley calificados (Haga clic)
Proyecto de Ley para la Presentación y Control de las Declaraciones Patrimoniales Juradas | Iniciativa: Función de Transparencia y Control Social Fecha de presentación: 05-04-2013 |
Calificación del CAL Fecha de calificación: 29-05-2013 |
Informe para primer debate (Haga clic)
Informe para primer debate | Fecha de presentación: 16-12-2015 |
Debate en el Pleno: Sesión 364
14-01-2016: Intervenciones / Galería fotográfica
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Informe para segundo debate (Haga clic)
Informe para segundo debate | Fecha de presentación: 27-01-2016 |
Debate en el Pleno: Sesión 368
02-02-2016: Intervenciones / Galería fotográfica
11-02-2016: Intervenciones / Galería fotográfica
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Proyecto aprobado por el Pleno en el segundo debate (Haga clic)
Proyecto de ley aprobado por el Pleno | Fecha de la votación: 11-02-2016 |
Objeción parcial / Objeción total del Presidente (Haga clic)
Objeción parcial del Presidente al Proyecto de ley | Fecha de notificación de la objeción: 03-03-2016 |
Proyecto luego de tramitada la objeción (Haga clic)
Proyecto de ley luego de la objeción | Fecha de tramitación de la objeción: 29-03-2016 |
Sesión 377
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