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Ley para la Presentación y Control de las Declaraciones Patrimoniales Juradas (T133542)

R.O. No. 729, Suplemento, del 08 de abril de 2016
Comisión De Participación Ciudadana y Control Social

Objetivo y Beneficios

Objetivo

Esta Ley, regula y optimiza el proceso de las Declaraciones Patrimoniales Juradas que son presentadas por las personas servidoras y funcionarias públicas con el fin de evitar el enriquecimiento ilícito con fondos públicos.

Beneficios

Especifica que tienen la obligación de declarar las personas servidoras y funcionarias públicas, miembros de las Fuerzas Armadas, Policía Nacional, Unidad de Vigilancia Aduanera, Comisión de Tránsito y, Policías Metropolitanas y Aduaneras

Regula la presentación y contenido de las Declaraciones Patrimoniales Juradas.

Las Declaraciones Patrimoniales Juradas podrán ser ingresadas mediante un formulario electrónico a través de un sitio web de la Contraloría General del Estado.

La Contraloría General del Estado confrontará y examinará las declaraciones.

De existir responsabilidad penal, el Contralor General emitirá un informe y remitirá a la Fiscalía General del Estado con los resultados del examen y la evidencia. 

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