Moisés Tacle
Asambleísta por Guayas Partido Social Cristiano

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feb 04
2015
INTERVENCIÓN EN LA SESIÓN 313-VETO PARCIAL LEY DE TELECOMUNICACIONES

En el Ecuador se paga por telefonía móvil en promedio diez centavos de dólar, cuando en el resto de América Latina se paga la mitad, es decir, cinco centavos por minuto. Siempre aspirábamos que la nueva ley corrija las distorsiones gravísimas que se cometieron cuando se renegociaron las concesiones con las dos empresas privadas que ofrecen este servicio en el Ecuador, pero desgraciadamente hasta el momento no ha ocurrido nada sobre el tema que constituye nuestra principal preocupación: el abuso de estas empresas hacia los consumidores. Ningún funcionario del Gobierno ha dicho algo sobre esta realidad en el Ecuador y se acaba de anunciar la negociación de la denominada cuatro banda G con las empresas privadas y allí tampoco vemos ninguna mejora para los 16 millones de usuarios de la telefonía móvil en el país. Esto es realmente preocupante y quiero volver a insistir que el tema de fondo de las telecomunicaciones es que en el Ecuador tengamos un servicio de calidad, pero también a precios que se compaginen con la realidad de los mercados internacionales. Esto no ocurre en el Ecuador y mantengo mi posición de reclamar a las autoridades del Estado que obliguen a las empresas que dan este servicio en el Ecuador a cobrar lo que se cobra en los demás países de América Latina.

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ene 10
2015
INTERVENCIÓN SESIÓN 309-OBJECIÓN PARCIAL PROYECTO LEY ENERGÍA ELÉCTRICA

En su momento, tanto en el Primer Debate, como en el Segundo Debate, manifesté claramente mi posición sobre el Proyecto de Ley del Servicio de Energía Eléctrica votamos en contra del mismo, porque incluía algunas disposiciones que a mi juicio no eran aceptables: para empezar, el Proyecto que hoy ya es Ley, no garantiza la sostenibilidad del sector en el tiempo, pues no permite a las empresas eléctricas recuperar sus inversiones ni la depreciación de sus equipos; en segundo lugar, no hay la autonomía necesaria para la supervisión y control del funcionamiento de las empresas eléctricas, al convertir a las dependencias que hoy son totalmente autónomas en simples dependencias administrativas del Ministerio de Electricidad; es decir, el Ministerio se convierte en juez y parte en el sector; e tercer lugar, aplaudíamos la iniciativa de que se permita la inversión privada en todas las actividades del sector eléctrico, pero no podíamos estar de acuerdo jamás en que, en el caso de empresas estatales públicas o subsidiarias de estas empresas, se permita la asignación de concesiones a dedo, porque esto es perjudicial para la transparencia y, sobre todo, para elegir la mejor oferta técnica y financiera en función de los intereses del Ecuador; y, finalmente, en su momento también manifestamos nuestra inquietud en el sentido de que resultaba muy curioso que se incluya una disposición que prohíbe a las empresas eléctricas el cobro en las planillas de servicio eléctrico de las tasas de recolección de basura, que cobran la mayoría de los municipios del país y, sobre todo, la tasa que corresponde al Cuerpo de Bomberos en cada localidad, que también se cobra en la planilla de servicio eléctrico.  Siempre me pregunté qué estaba detrás de este tema y, claro, la primera cosa que se me vino a la mente es que se trata de un manejo político de querer causar molestias y daño a los municipios, sin darse cuenta de que realmente a aquellos municipios que tienen en mente todo el tiempo no les va a causar ningún problema; el Municipio de Guayaquil, el de Quito, el de Cuenca y en general, los municipios de las poblaciones importantes del Ecuador, seguramente encontrarán un mecanismo alternativo que les permita seguir cobrando las tasas antes mencionadas sin ningún problema. Pero que va a pasar con los pequeños municipios que no tienen una infraestructura ni siquiera, a veces, para cobrar los impuestos prediales, menos tasas como las señaladas.

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dic 17
2014
INTERVENCIÓN SESIÒN 306-SEGUNDO DEBATE LEY DE TELECOMUNICACIONES

En mi intervención en el primer debate de este Proyecto de Ley señalaba que cuando existen empresas que tienen poder oligopólico o monopólico en determinados sectores de la economía, lo que suelen hace r los gobiernos para controlar los efectos negativos de estos poderes monopólicos, es controlar los precios de los bienes o servicios que estas empresas venden a los ciudadanos, y, por otro lado, permitir la entrada de nuevos actores al sector en el que participan estas empresas, a efectos de que se incentive la competencia y por lo tanto tiendan a disminuir los precios. Cuando se ha tratado de regular el poder monopólico de las empresas que ejercen ese poder mediante pagos adicionales que no están previstos en su prestación de servicios, los resultados siempre han sido negativos, porque la reacción natural de  las empresas monopólicas en defensa de sus intereses económicos, es la de disminuir las inversiones en sus negocios y al mismo tiempo,  si se lo permiten, a incrementar los precios de sus servicios; por lo tanto, estas medidas que han sido probadas en algunas partes del mundo, nunca han dado resultados positivos. He escuchado durante la intervención de algún asambleísta que “no se está legislando con dedicatoria” pero la impresión que tenemos algunos es que sí hay legislación con dedicatoria en algunos de los proyectos que últimamente se están discutiendo en esta Asamblea. Para muestra basta mencionar lo que ocurrió recientemente con la discusión sobre la Ley que supuestamente establece incentivos a la producción en donde claramente los incentivos que se establecen están orientados a empresas de nacionalidad china, que son las que están participando en los negocios de  la gran minería que podrían  tener interés en la construcción en la refinería y que han manifestado también su interés en participar en los denominados  sectores básicos de la economía. Yo señalaba en ese debate que si realmente se quiere incentivar la inversión privada, que hoy más que nunca  es necesaria, para impedir que caigamos en una crisis profunda, derivada  primordialmente de la drástica caída de los precios del petróleo,  debemos hacer básicamente dos cosas:  Dar incentivos en la legislación y, por otro lado y no menos importante, darles seguridad jurídica a las nuevas inversiones. Nos preocupa que se esté estableciendo un pago a las empresas que supuestamente tienen una posición dominante en el  mercado de las telecomunicaciones móviles. Habría que señalar con qué criterios se determina cuáles son esas empresas; por ahí aparece el porcentaje del 30%. Yo quisiera preguntar cuál es el raciocinio económico o técnico que ha permitido que los asambleístas de la Mesa que trataron este Proyecto llegaran a la conclusión de que el 30% es el porcentaje mágico que convierte a una empresa en un poder monopólico. Claramente allí hay una dedicatoria, porque hay una empresa que tiene cerca del 29%... Yo me pregunto por qué no le pusieron el 28% y no el 30%, simplemente para obgligar a que sea una sola empresa la que pague por su eficiencia y por las inversiones que ha realizado esta denominada “compensación por posición dominante en el mercado”. Pero aquí lo más grave no es que se obligue a una empresa, irrespetando la seguridad jurídica de un contrato, al pago de una compensación al Estado, sino que esto no resuelve el problema de fondo. ¿Cuál es el problema de fondo de la telefonía móvil en el Ecuador? Que los usuarios estamos pagando el doble de lo que se cobra en América Latina por minuto de telefonía móvil. Ese es el problema de fondo. En otro artículo se estable que este pago también debe extenderse a las empresas que dan servicio de televisión, por el uso del espectro radioeléctrico;  también aquí hay una dedicatoria porque evidentemente se olvidaron de la otra empresa que sí tienen un monopolio natural, a la cual no se le aplicaría este pago o compensación al Estado. Hay la preocupación de que las empresas de telefonía celular han tenido grandes utilidades en el país. Les quiero recordar a algunos asambleístas del bloque oficial, que los contratos de la telefonía celular se renegociaron en el 2008, de modo que el estado existía en ese año y el gobierno actual estaba en funciones y renegoció los contratos hasta el 2023.  Fue entonces cuando no se protegió el  interés  de los ciudadanos y se permitió que estas prácticas de las que hemos sido objeto los usuarios se sigan aplicando sin discriminación alguna y se nos siga cobrando una de las tarifas de telefonía móvil más altas de América Latina.

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dic 17
2014
INTERVENCIÓN EN LA SESIÓN 305-PRIMER DEBATE LEY INCENTIVOS PRODUCCIÓN Y PREVENCIÓN FRAUDE FISCAL

Cuando ciudadanos o empresas deciden comprar acciones deun negocio, lo hacen porque aspiran a una rentabilidad en esa inversión, rentabilidad que se da por dos mecanismos: Porque eventualmente reciben  pagos de dividendos  producto de utilidades que genera la empresa,  en cuyo caso esos dividendos  pasan a formar  parte de los ingresos de las per sonas son gravados con el correspondiente impuesto a la renta. El otro mecanismo es la denominada ganancia de capital,   cuando esa persona decide vender  sus  acciones  y es el producto de la diferencia  entre lo que la persona paga inicialmente  al comprar sus participaciones, y lo que recibe al venderlas. Esa diferencia  se denomina  ganan de capital  y es la que usualmente está sujeta a un pago de impuestos  en las legislaciones  tributarias de  todas partes del mundo. Incluso, con el propósito de incentivar a que los ciudadanos  inviertan sus ahorros  en actividades productivas de las empresas,  en muchos  países la legislación tributaria establece una tasa de impuestos  a la ganancia de capital  que es sustancial menor a la tasa que se paga por impuesto  a la renta  de los ingresos usuales de los ciudadanos. De tal manera que en el caso de este Proyecto de Ley, nos par contraproducente, sobre todo cuando se manifiesta que es necesaria la inversión  del sector  privado  que se quiera incluir un impuesto a la tenencia de acciones sobre el valor  total  que podría percibir  la persona que decida vender sus acciones. Esto es inadecuado,  injusto y no contribuye para nada con el propósito incentivar el ahorro de los ecuatorianos.

En segundo lugar,  quiero referirme  a los denominados  incentivos que establece  este Proyecto de Ley,  y que están orientados con nombre y apellido a empresas de origen chino  que son las que ya ha invertido o van a invertir en Ecuador. Yo no tengo nada en contra de que se incentive  la inversión extranjera a gran escala, incluso creo que las inversiones en la minería están fracasando en Ecuador  pese a que existieron  varias reforma s a la Ley de Minería, porque las circunstancias actuales de la explotación de muchos minerales  no es la más adecuada en este momento. El oro el cobre y otros comodities están a una baja muy sustancial en el precio y eso hace que las inversiones de estas empresas chin en concesiones mineras de oro y cobre,  al momento  no sean rentables y por eso exigen mayores incentivos. Por otro  lado,  sí quiero reclamar que en esta ley no se ha pensado en las inversiones que podemos hacer muchos ecuatorianos y en las que  pueden hacer muchos inversionistas extranjeros en actividades  económicas  que forman precisamente  parte de la denominada matriz productiva.  Aquí nos llenamos la boca hablando sobre fomentar el desarrollo de la agroindustria ¿Por què no se le da los mismos incentivos que a las empresas chinas a aquellas empresas que se dedican a invertir en el desarrollo de la agroindustria? Por que no se incentiva de la misma manera decidan invertir en la industrialización de la pesca, o a quienes se dedican a proyectos de índole tecnológica, que generan mucho empleo y que no requieren mucho volumen de inversiones. Por qué no se hace lo mismo con este tipo de actividades, que son las que podemos hacer muchos ecuatorianos y algunos extranjeros. Hay que dar a este tipo de actividades la seguridad jurídica y tributaria que se quiere dar a las empresas chinas. Démos la exención en el pago del impuesto al IVA, por qué le vamos a dar ese beneficio sólo a las empresas chinas? Yo no entiendo en qué forma se va a incentivar el desarrollo de la inversión y producción nacional, como ocurre en los países vecinos si no se da ese tipo de incentivos a todas actividades de la producción.

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dic 03
2014
INTERVENCIÒN SESIÓN 303-LEY DE TRÁNSITO Y TRANSPORTE TERRESTRE

Segundo debate del proyecto de Ley Orgánica Reformatoria a la Ley Orgánica de Transporte Terrestre, Tránsito y Seguridad Vial.

Se suponía que con la nueva Ley Orgánica del Transporte Terrestre y Movilidad que está vigente desde el año 2008, se iba precisamente a velar por la seguridad vial y la vida de los ciudadanos, pero ocurre que las estadísticas muestran todo lo contrario. Se nos ha dicho que la mayoría de los accidentes fatales se han producido por impericia de los conductores o por mala condición mecánica de los vehículos;  pero lo que no se ha dicho es  por qué la impericia de los conductores y por qué la mala condición de los vehículos.  Cuando se plantea cambios a una ley que tiene pocos años de vigencia, obviamente todos esperamos que esos cambios propendan a mejorar  o corregir los artículos de la ley, para evitar problemas que se hayan detectado en su aplicación.  El problema principal que se ha detectado en la aplicación de esta Ley es precisamente el grave incremento de los accidentes de tránsito en el Ecuador. Hemos escuchado con asombro en las intervenciones de los colegas del bloque oficialista, que son muchísimas, que  casi ninguna de ellas va dirigida a tocar los problemas de fondo; voy a mencionar algunos de ellos:  1. El tema de la revisión vehicular; muchos de los accidentes de tránsito se producen porque no hay un control adecuado de los vehículos que realizan el transporte urbano e interprovincial en el país,  por parte de los organismos que ejercen esas funciones; por eso se producen muchos accidentes de tránsito. 2. El tema de la famosa impericia de muchos conductores implicados en accidentes de tránsito.  Lo que no se ha dicho es  -también otro secreto a voces- que hoy en día las famosas escuelas de conducción, que debieron ser supervisadas, porque la Ley contempla extensamente este  tema  facilitan la obtención de muchas más licencias profesionales que antes, cuando debería ser todo lo contrario. Este tipo de denuncias las escuchamos a diario por parte de los propios conductores. Tampoco se ha dicho que muchos conductores manejan vehículos para los cuales se requiere licencia profesional sin tener ese documento. ¿De quién es la culpa? Tampoco se ha dicho nada de la explotación de la que son víctimas muchos conductores, que trabajan no las ocho horas que dice la ley, sino muchas horas más y ésta seguramente es la causa de muchos accidentes. La explotación radica también en que a muchos conductores no se les paga  siquiera el salario mínimo vigente para ellos y que debe ser de cumplimiento obligatorio. Está muy bien que se imparta educación vial en escuelas y colegios, pero extender este tema a modo de cátedra universitaria me parece exagerado, de tal manera que mi recomendación sería que se excluya a las universidades de esta disposición. La regularización de los taxis que hacen servicio en los aeropuertos, debe ser una competencia más de la Agencia Nacional de Tránsito,  pero también  debería indicarse en ese artículo de que en el caso de que las competencias las hayan asumido los GAD´S,  el tema debe ser asumido por el GAD correspondiente. La eliminación de la exigencia de  un certificado de terminación  exitosa del curso de conducción, es un retroceso,  puesto que si estamos preocupados por la seguridad vial, debemos preocuparnos de que los conductores de vehículos, profesionales o no, tengan un mínimo de experiencia que les permita  conducir un vehículo y, sobre todo, garantizar sus vidas y las de los demás; de tal manera que sugiero que se restablezca en la ley esa obligación.
En el Artículo 30 del Informe hay una disposición curiosa: ahora las máximas autoridades o dignatarios del Sector Público tendrían derecho a usar una placa oficial de tipo diplomático en sus vehículos particulares.  Esto no tiene ningún sentido y solicito que se excluya esa disposición general.

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dic 02
2014
INTERVENCIÓN EN LA SESIÓN 302- REFORMAS A LA CONSTITUCIÓN

Si antes se acudió al mecanismo de la consulta popular para temas que no tenían ni de lejos la importancia de los que se plantean ahora, cómo entender la posición del presidente Correa y los asambleístas del Movimiento País, que ahora consideran que no es necesario consultar al verdadero y único mandante que tenemos todos nosotros y que es el pueblo ecuatoriano. Ocurre que ahora, con el argumento de que los asambleístas somos representantes de la soberanía popular, podemos hacer lo que queramos con la Carta Magna de Montecristi, que por voluntad soberana está vigente en el Ecuador.

Se quiere aprobar la reelección indefinida de todas las autoridades de elección popular, se pretende restringir la facultad que tiene el pueblo de realizar consultas de iniciativa ciudadana enlos temas que considere pertinentes, se quiere limitar los derechos y garantías de los trabajadores en el sector público, se pretende minimizar las facultades de la Contraloría General del Estado para su función de auditar la gestión del uso de los recursos públicos, en circunstancias de que a diario se denuncian actos de corrupción y mal uso de los fondos públicos a todo nivel, se quiere controlar la acción de protección, como el amparo directo de los derechos ciudadanos reconocidos en la Constitución, se quiere asignar a las Fuerzas Armadas un rol sobre el control de la seguridad pública, que no le corresponde; y por si todo esto fuera poco, también se quiere controlar aún más los derechos a la comunicación e información de los ciudadanos, estableciendo de manera definitiva que la comunicación es un servicio público como cualquier otro y, por lo tanto, debería ser controlado y regulado por el Estado.

Quienes también representamos al pueblo ecuatoriano en el seno de la Asamblea Nacional, no podemos jamás estar de acuerdo en aprobar la mayoría de las denominadas enmiendas constitucionales sin consultarle al pueblo su criterio sobre cada una de las mismas. Más allá de lo que cada uno de nosotros opine sobre las 16 propuestas de enmiendas constitucionales que han recibido el dictamen favorable de la denominada Corte Constitucional y que hoy estamos debatiendo, lo que realmente importa es saber qué es lo que opina el verdadero soberano y único mandante.

El pueblo ecuatoriano es el que en su momento aprobó la Carta Magna y es el mismo pueblo el único que puede cambiar su texto en temas de tan singular importancia como los que nos congregan en este debate. El pueblo puede incluso equivocarse, pero ese es su derecho y prerrogativa y nuestra obligación será siempre el acatar su voluntad. Por ello, colegas asambleístas, hago un llamado a la reflexión responsable sobre este tema y hagamos lo que el pueblo ha planteado, es decir, archivemos el informe que se nos ha presentado y luego de un amplio debate, planteemos, de ser necesario, siguiendo los procedimientos que establece la Constitución y la Ley, cambios a la Carta Magna consultando previamente al pueblo ecuatoriano su criterio. De esta manera estaremos ejerciendo responsablemente nuestro rol de representantes de la voluntad popular, haciendo lo que es legítimo y, sobre todo,necesario para mejorar o precisar la aplicación de algunas normas constitucionales que están incluidas en la Carta Magna de Montecristi. Seamos entonces consecuentes con la voluntad popular haciendo lo que el pueblo de manera mayoritaria determine que debamos hacer con respecto a los cambios señalados en el Informe y cualquier otros que se quieran en el futuro introducir en el texto constitucional.

 

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dic 02
2014
PROGRAMA TESTIMONIO POLÍTICO-RADIO DE LA ASAMBLEA NACIONAL

Un programa que resalta el perfil académico, profesional y político del Doctor Moisés Tacle Galárraga, Asambleísta representante de la Provincia del Guayas por Madera de Guerrero-Partido Social Cristiano.

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