Constitución de 1906 inició la transformación del Ecuador en el siglo XX

Martes, 29 de enero del 2013 - 20:15 Imprimir Elaborado por: Sala de prensa

Con ocasión de conmemorar el Día de la Reparación Nacional y recordar los 101 años de la Hoguera Bárbara, la Radio de la Asamblea Nacional tiene previsto presentar a la ciudadanía la reproducción facsimilar de la Constitución de 1906, acto en el que el historiador Jorge Núñez hará una reseña de los cambios liberales. El evento está previsto para las 17:00 de mañana, en el Salón de los Presidentes, ubicado en el segundo piso de la sede de la Asamblea Nacional.

 

En entrevista con La Radio de la Asamblea Nacional, el historiador y subdirector de la Academia Nacional de Historia, Jorge Núñez, resaltó la importancia de la Carta Magna de 1906, porque permitió el inicio de la transformación del Ecuador en el siglo XX, con la aprobación de una serie de normas en beneficio de la ciudadanía y del país.

 

Dijo que la Constitución de 1906 es el fenómeno más importante, tomando en cuenta que el General Eloy Alfaro al poco tiempo de haber triunfado como revolucionario y ejerció el poder como Jefe Supremo convocó a una Asamblea Constituyente que dictó la Carta Política de avanzada con disposiciones tales como: la separación absoluta del Estado y la Iglesia, la libertad de enseñanza, se consagró la educación laica, pública y gratuita, obligatoria en el nivel primario, la absoluta libertad de conciencia y amplias garantías individuales.

Así mismo se prohibió que sean electos legisladores los ministros religiosos de cualquier culto, se dictó una protección oficial a la raza indígena y una acción tutelar del Estado para impedir los abusos en su contra.

Sin duda, esta Constitución sirvió durante varios años, a tal punto que incluso el gobierno del doctor Isidro Ayora puso en vigencia la Constitución de 1906, reconociéndola como una de las más avanzadas de la historia ecuatoriana.

Además, precisó que en esta Constitución también se garantizó el derecho de la libertad de conciencia de las personas, mismo que puede ser expresado de viva voz o por escrito.

Es decir, por una parte se consagra la libertad de pensamiento expresado de palabra y por la prensa, pero por otra parte se deja abierta la posibilidad de enjuiciar la injuria y la calumnia, lo mismo que el insulto personal que fueran manifestados por la prensa porque tiene que haber responsabilidad en el uso de las libertades, concluyó.


JLVN/pv

 

 

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