Continuación Sesión No. 144 de Comisión de Régimen Económico y Tributario

Martes, 06 de octubre del 2020 - 14:00 Imprimir

Este martes 06 de octubre, en la sesión de la Comisión del Régimen Económico y Tributario y su Regulación y Control, continuamos con el tratamiento del Proyecto de "LEY ORGÁNICA REFORMATORIA A LA LEY ORGÁNICA DEL SISTEMA NACIONAL DE CONTRATACIÓN PÚBLICA", de conformidad con lo previsto en el artículo 61 de la Ley Orgánica de la Función Legislativa, continuamos con la revisión de los articulados en acompañamiento del SERCOP.

Continuamos con el análisis de la Ley conforme la metodología planteada por la mesa técnica, en esta oportunidad revisamos los siguientes artículos del Eje 1: Inicio de ejecución de contrato, Cláusula Anticorrupción, Computo del plazo de duración del contrato, prórrogas y multas, Devolución de las garantías, Garantía técnica, Subcontratación, Supervisor y fiscalizador, clases de recepción, Sistemas de reajuste, Normas de contratos complementarios, Diferencias en cantidades de obra, Ordenes de trabajo, Terminación de contratos, terminación unilateral, Cláusulas obligatorias, Responsabilidades, Reclamaciones, Procedimiento Solución de Controversias, Instancia única Infracciones de proveedores, Prohibiciones, con estos artículos terminamos la revisión del primer eje. Enseguida continuamos con el Eje 2 Marco institucional y capacidad de gestión: Principios generales, El Servicio Nacional de Contratación Pública – SERCOP.

Respecto al artículo sobre la Administración del Contrato la Econ. Vallejo indicó que el tema del administrador del contrato es un elemento muy importante que hay que fortalecerlo, cuando retomamos las capacitaciones y certificaciones para todos los operadores del Estado, quienes se capacitaron o sacaron buena nota pero solo el 5% calificó, el mayor apoyo a los funcionarios debe darse al inicio cuando elaboran los términos de referencia, la entidad le abandona a quien administra el contrato se le debe apoyar con temas de capacitación, monitoreo que la entidad debe responsabilizarse, se tiene que reforzar, dejar claro sus responsabilidades, hay que conocer este tema que es importante y es una mayor debilidad.

En el tema de los contratos modificatorios es importante aclarar y tomar como ejemplo uno de los elementos que sucedió en la emergencia sanitaria, los proveedores y las entidades tenían firmados sus contratos en ejecución sin embargo, dada la crisis y la falta de recursos el Ministerio de Economía y Finanzas solicitó negociar los contratos y obtener nuevos precios en esos contratos, cómo se aplica eso si no es una modificación ni es complementario, la idea es crear una figura que manteniendo el objeto de contratación principal en donde no se establece un cambio promueva realizar modificaciones al contrato que no es una parte ni técnica ni complementación sino una intermedia que de mutuo acuerdo pueden negociar una baja de precio, mencionó el Sercop.

Cuando se conforma un consorcio, las empresas ABC se unen para realizar un bien, obra o servicio, forman una figura jurídica, sin embargo, en el momento que B se separa deja de ser la figura legal para la cual tienen su contrato específico, es decir se crea otra figura jurídica que no se debería permitir indicó la Directora de SERCOP, algunos compañeros estuvieron de acuerdo en que es preocupante la sustitución para que las obras continúen, este es un tema híbrido con un riesgo muy importante que hay que revisarlo, terminamos la sesión con la revisión de los primeros artículos del Eje -Marco Institucional y Capacidad de Gestión.

Ana Belén Marín
Asambleísta por Cotopaxi Alianza PAIS

Primer Vocal del CAL 2019-2021 | Asambleísta por la provincia de Cotopaxi | Integrante de la Comisión del Régimen Económico y Tributario y su Regulación y Control | Movimiento Patria Altiva i Soberana Visita mi Perfil

 

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