DOBLE DEDUCIBILIDAD PARA LAS EMPRESAS QUE AUSPICIEN A DEPORTISTAS

Jueves, 19 de diciembre del 2019 - 15:44 Imprimir

Asambleísta por la provincia de Bolívar y miembro del Grupo Parlamentario de Inclusión Masificación y Fortalecimiento del Deporte, Ángel Sinmaleza indicó que los deportistas ya cuentan con el beneficio de la doble deducibilidad del impuesto a la renta. Con la aprobación de la Ley de Simplificación y Progresividad Tributaria este incentivo busca generar más espacios para el desarrollo del deporte.

El reglamento señala que los costos y gastos por publicidad o patrocinio deportivo que sean realizados dentro de los programas del PLAN ESTRATÉGICO PARA EL DESARROLLO DEPORTIVO ejecutado por la entidad rectora competente, se deducirán de conformidad con las condiciones y límites establecidos en el Reglamento”, es decir que “se podrá deducir el 100% adicional para el cálculo de la base imponible del impuesto a la renta los gastos de publicidad y patrocinio realizados a favor de deportistas, programas y proyectos deportivos previamente calificados por la entidad rectora competente en la materia.

 

Ángel Sinmaleza
Asambleísta por Bolívar Movimiento SUMA

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