Hasta marzo del 2019, se estima que se han desvinculado 11.820 trabajadores del sector público; en el caso de CNT la supuesta “optimización laboral” apuntaba al despido del 10% de la nómina, lo que implicaría a más de 700 personas; en el sector salud aunque las cifras no son oficiales se estima que los despidos llegarían a aproximadamente 5.000 trabajadores; también se dieron despidos en el sector educación y en inclusión económica y social. Los despidos en el sector público, desde la concepción neoliberal, son medidas efectivas sólo para combatir el gasto público, pero desde la mirada de un modelo de Estado que genere equidad social, estas medidas únicamente aportan al detrimento de los servicios sociales donde se reduce el personal, como es el caso salud, que ha visto mermada la calidad de la atención y los servicios a la ciudadanía. Los despidos en el sector público no aportan en nada a la dinamización de la economía, si sumamos a los despidos un pobre aparato productivo que no promueve el empleo, encontramos el escenario perfecto para la crisis laboral ocasionada por el desgobierno de Lenín Moreno.
No conforme con este panorama el Gobierno, ante una crisis económica autoinflingida, recurre a un acuerdo de crédito con el Fondo Monetario Internacional, que en su dinámica de explotación monetaria, exige a través de una carta de intención una reforma laboral que atropella derechos de los trabajadores y nuevos recortes del “gasto público”. El ejecutivo, dando nuevas muestras de que ha apostado por devolver privilegios al sector empresarial, prepara los contenidos de las reformas laborales que para la clase trabajadora ecuatoriana, se traduce en precarización laboral.
Uno de los puntos de la reforma establece flexibilizar la jornada de trabajo a 40 horas semanales de manera ordinaria, previo al consenso por escrito del empleador y el trabajador. Las 40 horas semanales podrán ser cumplidas en seis días o menos, es decir, de lunes a sábado y no de lunes a viernes. Si hay acuerdo entre la empresa y el trabajador, este puede tener una jornada de 7 horas de lunes a viernes, es decir 35 horas en total, y cinco horas el sábado, que sumarían las 40 horas. En ese caso, el empleado no recibiría un pago por horas extras por haber trabajado el sábado. Sólo si excediera las 40 horas, recibiría el pago por horas extraordinarias. Otra posibilidad es que el trabajador puede cumplir sus 40 horas de trabajo en menos días, con un tope máximo de 12 horas laborales por jornada, lo que generaría un absoluto retroceso en derechos laborales violentando el principio universal las 8 horas de trabajo, 8 de recreación y 8 de descanso, y los dos días libres seguidos de descanso establecido para la aplicación del derecho laboral; además del riesgo en la salud del trabajador que esto podría significar.
Otro aspecto preocupante de la reforma, es la reducción de los costos de contratación y despido, lo que implicaría eliminar las indemnizaciones por despido cuando los trabajadores renuncien voluntariamente. En vista de que el desempleo juvenil en marzo de 2019 alcanza el 10% para las personas entre 15 y 24 años. Es decir, 10 de cada 100 jóvenes se encuentran en el desempleo, este es uno de los argumentos que motivó a que la nueva reforma laboral en cuanto a la disminución de los costos de contratación, que busca especialmente la incorporación de los jóvenes a puestos de trabajo y, para hacerlo, la única opción es flexibilizar las “rígidas” condiciones de contratación, pretendiendo posicionar en la opinión pública que la inclusión laboral en condiciones de precariedad que tendrían los jóvenes en los contratos a prueba, es una manera de solucionar el problema de su desempleo, cuando en realidad no es otra cosa que garantizar al sector empresarial la fuerza laboral calificada como mano de obra barata que incremente su producción y genere millonarias ganancias, a costa de violentar derechos laborales.
Y para poner la cereza al pastel en el tema de reformas el ejecutivo plantea, como extraordinaria medida para incentivar el empleo, la modalidad del contrato de emprendimiento, que a diferencia del actual donde el período de prueba es de máximo 90 días, con la reforma el tiempo prueba puede extenderse entre 90 días hasta por tres años. Lo que hace está forma de contratación es generar incertidumbre al trabajador y a su familia, sin poder proyectarse a tener una vida con mayor bienestar, como lo establece el Art. 33 de la Constitución de la República.
Estas formas precarias de contratación, traducidas monetariamente, son infinitamente inferiores a la producción generada por la fuerza laboral y sólo contribuyen a aumentar las brechas de inequidad entre trabajadores y sus empleadores.
En conclusión, desde esa perspectiva, la búsqueda de las nuevas formas de contratación tienen por objetivo precarizar a los nuevos trabajadores, entre ellos especialmente a los jóvenes, para la generación de altas tasas de ganancias únicamente para los empleadores, quienes han encontrado en el actual gobierno, el escenario perfecto para retornar al país a los días de explotación laboral y mayor enriquecimiento de un pequeño grupo de familias de la oligarquía ecuatoriana a costa del empobrecimiento y deterioro de las condiciones de vidas de las grandes mayorías.
Con las actuales condiciones laborales en el país existe una brecha aproximada del 61% entre la producción del empleado y su nivel de salario percibido, las reformas laborales con toda seguridad van a incrementar significativamente esa brecha. Cuánto más pretende la clase empresarial lucrar de los trabajadores. No nos engañemos, estamos a la puerta de un modelo laboral esclavista disfrazado de “oportunidad de empleo”, impedirlo es tarea de todos.
Asambleísta por la provincia de Guayas | Integrante de la Comisión De los Derechos de los Trabajadores y la Seguridad Social | Visita mi Perfil