El proyecto establece incentivos específicos para la ejecución de proyectos bajo la modalidad de asociación público-privada y los lineamientos e institucionalidad para su aplicación.La normativa crea un Comité Interinstitucional de Asociación Público-Privada, como un órgano colegiado de carácter intersectorial de la Función Ejecutiva, encargado de la coordinación y articulación de políticas, lineamientos y regulaciones vinculadas a este tipo de asociaciones.
Este comité definirá los sectores en los que se promoverá la modalidad de asociación público-privada para la ejecución de proyectos públicos; aprobar proyectos del gobierno nacional a través del régimen de incentivos, determinar políticas y lineamientos de aplicación de los beneficios, para la gestión de pagos diferidos establecidos para la ejecución de un proyecto público bajo la modalidad de asociación público-privada.
Carlos Velasco, señaló que se debe considerar la esperanza de vida como índice del desarrollo humano, propuso considerar la notificación sanitaria obligatoria como parte del cambio así como revisar los artículos que hacen referencia al Instituto Nacional de Higiene que están repetidos. Aseguró que la homologación que establece la Ley debe tener especificidad para el respectivo control.
Velasco además dijo que es necesario revisar los artículos referentes al Instituto Nacional de Higiene.
El documento contiene 8 artículos referentes al objeto de la ley, reglas generales para su aplicación, la función del comité interinstitucional, incentivos, estabilidad jurídica, resolución de controversias, neutralidad en el origen de financiamiento productivo y facilitación de procesos y procedimientos.