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CECCYT aprobó el Informe para Primer Debate del Proyecto de Creación de la Universidad del Río

Martes, 23 de octubre del 2018 - 18:28 Imprimir

Quito, 23 de octubre de 2018

 

BOLETÍN DE PRENSA

 

CECCYT aprobó el Informe para Primer Debate del Proyecto de Creación de la Universidad del Río

La Comisión de Educación, Cultura y Ciencia y Tecnología (CECCYT) aprobó el Informe para Primer Debate del “PROYECTO DE LEY DE CREACIÓN 
DE LA UNIVERSIDAD DEL RÍO (UDR)". El informe se aprobó por unanimidad, 9 votos a favor de nueve asambleístas asistentes.

En virtud del art. 108 de la LOES, el Consejo de Educación superior (CES) remitió el pedido de creación de la Universidad del Río, a la Presidenta de la Asamblea Nacional, Eco. Elizabeth Cabezas Guerrero.
Este, una vez aprobado por el CAL, llegó a la Comisión de Educación; y a través de su presidenta (e) As. Silvia Salgado puso a conocimiento el Informe para Primer Debate del Proyecto de creación de esta institución de educación superior particular. El equipo promotor de este proyecto se conforma por la Fundación Nicasio Safadi y la Universidad Católica de Valparaíso (Chile).

Previo a la aprobación se recibió en Comisión General a los organismos encargados por la ley para emitir los informes de factibilidad e informe conclusivo vinculante para la creación de la Universidad del Río: el Consejo de Aseguramiento de la Calidad de la Educación Superior (CACES), Secretaría Nacional de Planificación y Desarrollo (SENPLADES), y Consejo de Educación Superior (CES).

La CECCYT, en su conjunto, apoyó el proyecto de creación de la UDR. Se valoró el proyecto desde el eje de ofrecer mayores oportunidades de estudios superiores de calidad a los estudiantes.

 

El proyecto en materia de análisis, busca garantizar el acceso a una educación superior de calidad y pertinente como un derecho fundamental y un bien público de beneficio social, prestado en este caso por el sector particular, al servicio del desarrollo del país, y no tendrá fines de lucro. El proceso de transformación que vive la educación superior en el Ecuador está orientado a mejorar su calidad, pertinencia, acceso, democratización, se trata esencialmente de ponerla al servicio de la construcción de una sociedad de los conocimientos así como del cambio de la matriz productiva.

La Universidad tendrá como sede la ciudad de Guayaquil, lo que permitirá incrementar la oferta académica universitaria, principalmente en la zona 8 del país. La UDR nace de una propuesta académica de  lo que constituyó la Universidad Federico Santa María de Chile, misma que venia funcionando a través de un convenio internacional.

 

El proyecto de creación de la Universidad del Río busca garantizar el acceso a una Educación Superior de calidad y pertinente como un derecho fundamental y un bien público de beneficio social, prestado en este caso; por el sector particular, al servicio del desarrollo del país y sin fines de lucro.

Al amparo de las reformas de la nueva LOES y del proyecto de creación, esta universidad proveerá especialistas de los campos de las Ciencias Sociales, Ingeniería y Tecnología; frente a los imperativos del desarrollo zonal y nacional del Ecuador.

 

 

 

 

Las reformas a la Ley de Educación Intercultural, el proyecto de creación de la Universidad del Río, en la ciudad de Guayaquil, 

 

La presidenta de esta mesa parlamentaria, Silvia Salgado, informó que revisarán los informes técnicos del Consejo de Educación Superior y la Secretaría de Planificación y Desarrollo -Senplades- para emitir el informe en torno a la creación de la Universidad del Río.

 

24 de septiembre de 2018 Mediante oficio No. CES-SG-2018-2210-O, el Consejo de Educación Superior (CES), remitió a la presidente de la Asamblea Nacional Eco. Elizabeth Cabezas Guerrero el informe vinculante relativo al expediente de creación de la Universidad del Río –UDR- y solicitó que este órgano legislativo dicte la correspondiente ley de creación de esta Universidad, de conformidad con lo previsto en el artículo 108 de la Ley Orgánica de Educación Superior, en concordancia con el procedimiento legislativo previsto en el artículo 57 y siguientes de la Ley Orgánica de la Función Legislativa.

Art. 108.- Creación de universidades y escuelas politécnicas.- Las universidades y escuelas politécnicas públicas y particulares se crearán por Ley, previo informe favorable vinculante del Consejo de Educación Superior a la Asamblea Nacional. El informe del Consejo de Educación Superior tendrá como base el informe previo favorable y obligatorio del organismo nacional de planificación quien lo presentará en un plazo máximo de 180 días. Una vez se cuente con el informe anterior el Consejo de

Educación Superior requerirá el informe previo favorable y obligatorio del Consejo de Evaluación, Acreditación y Aseguramiento de la Calidad de la Educación Superior que tendrá un plazo máximo de 180 días para presentarlo. No se dará el trámite de Ley para la creación si se hubiere prescindido de alguno de estos informes o si fuesen desfavorables. El funcionario o autoridad pública que incumpla con estas disposiciones será responsable civil, penal y administrativamente de acuerdo con la Ley.

 

26 de septiembre de 2018 Mediante oficio No. PAN-ECG-2018-1082 de, de conformidad con lo previsto en el artículo 354 de la Constitución de la República del Ecuador y el artículo 108 de la Ley Orgánica de Educación Superior, la Presidenta de la Asamblea Nacional Eco. Elizabeth Cabezas Guerrero, en ejercicio de la facultad otorgada por el numeral 1 del Artículo 134 y 136 de la Constitución de la República del Ecuador, en concordancia con el artículo 54 de la Ley Orgánica de la Función Legislativa, presentó para su tratamiento, el “PROYECTO DE LEY DE CREACIÓN DE LA UNIVERSIDAD DEL RÍO (UDR)".

03 de octubre de 2018 El Consejo de Administración Legislativa en sesión del, mediante Resolución No. CAL-2O17-2O19-498 calificó el “Proyecto de Ley de Creación de la Universidad del Río –UDR-”, presentado por la Presidenta de la Asamblea Nacional Eco. Elizabeth Cabezas Guerrero, en virtud de que cumple con todos los requisitos señalados en el artículo 56 de la Ley Orgánica de la Función Legislativa y lo dispuesto en el artículo 354 de la Constitución de la República del Ecuador y el artículo 108 de la Ley Orgánica de Educación Superior.

La ceccyt, en su conjunto, apoyó el proyecto de creación de la universidad del río, se valora el proyecto desde el punto de ofrecer mayores oportunidades de estudios superiores de calidad a los estudiantes.

 

El Proyecto materia de análisis, busca garantizar el acceso a una educación superior de calidad y pertinente como un derecho fundamental y un bien público de beneficio social, prestado en este caso por el sector particular, al servicio del desarrollo del país, y no tendrá fines de lucro. El proceso de transformación que vive la educación superior en el Ecuador está orientado a mejorar su calidad, pertinencia, acceso, democratización, se trata esencialmente de ponerla al servicio de la construcción de una sociedad de los conocimientos así como del cambio de la matriz productiva.

De conformidad con el artículo 108 de la LOES, la creación de universidades y escuelas politécnicas requiere la expedición de una Ley por parte de la Asamblea Nacional. Para tal efecto, la norma prevé un procedimiento que incluye como paso final, un informe final y vinculante del Consejo de Educación Superior (CES), el mismo que debe tener como antecedente, los informes previos favorables y obligatorios del organismo nacional de planificación y del Consejo de Aseguramiento de la Calidad de la Educación Superior (CACES, anteriormente denominado CEAACES).

LINEA DE TIEMPO

 

Durante los 5 años posteriores a la LOES 2010 no se creará ninguna universidad, en cumplimiento de la moratoria impuesta por la misma ley para fortalecer las instituciones de educación superior que permanecieron. Los 5 años empezaron desde el 12 de octubre de 2010, termino el 12 oct 2015. Presentaron el proyecto posteriormente

 

Disposición décima Quinta de la Ley Orgánica de Educación Superior –LOES-, al haberse cumplido el tiempo de la moratoria establecida para la creación de nuevas Instituciones de Educación Superior. Dicha norma, en la actualidad, permite la presentación, aprobación y creación de nuevas instituciones de Educación Superior. Expedida el 12 de octubre de 2010, termino el 12 oct 2015.

 

13 oct 2015 presento al ces Roberto Hanze proyecto de creación de la universidad José Antón Díaz del Ecuador.

 

24 de octubre de 2016, el señor Anastasio Gallego Coto, remite a la Comisión Permanente de Universidades y Escuelas Politécnicas, documentación sobre la renuncia de un miembro de la Fundación Nicasio Safadi y el Acta de la Sesión donde se decide el cambio de nombre del proyecto de la nueva universidad a Universidad del Río.

24 de abril de 2017 Mediante Oficio Nro. SENPLADES-2017-0140-OF, de, Sandra Naranjo Bautista, Secretaria Nacional de Planificación y Desarrollo remite a este Consejo de Estado, el Informe de Pertinencia de la Propuesta Técnico-Académica para la creación de la Universidad del Río, el cual, conforme consta en las conclusiones del documento, es favorable.

17 de mayo de 2017 Mediante Oficio Nro. CES-SG-2017-1388-0, de, el Dr. Marcelo Calderón, Secretario General del Consejo de Educación Superior, notifica al Dr. Francisco Cadena, Presidente del Consejo de Evaluación, Acreditación y Aseguramiento de la Calidad de la Educación Superior, la Resolución RPC-SO-17- No.325-2017, en la que se resuelve "Remitir el expediente de la Propuesta Técnico- Académica de creación de la "Universidad del Río (UDR)", al Consejo de Evaluación, Acreditación y Aseguramiento de la Calidad de la Educación Superior, a fin de que éste emita el informe correspondiente en cumplimiento del artículo 108 de la Ley Orgánica de Educación Superior y el artículo 19 del Reglamento de Creación, Intervención y Suspensión de Universidadesy Escuelas Politécnicas."

24 de septiembre de 2018 Mediante oficio No. CES-SG-2018-2210-O, el Consejo de Educación Superior (CES), remitió a la presidente de la Asamblea Nacional Eco. Elizabeth Cabezas Guerrero el informe vinculante relativo al expediente de creación de la Universidad del Río –UDR- y solicitó que este órgano legislativo dicte la correspondiente ley de creación de esta Universidad, de conformidad con lo previsto en el artículo 108 de la Ley Orgánica de Educación Superior, en concordancia con el procedimiento legislativo previsto en el artículo 57 y siguientes de la Ley Orgánica de la Función Legislativa.

26 de septiembre de 2018 Mediante oficio No. PAN-ECG-2018-1082 , de conformidad con lo previsto en el artículo 354 de la Constitución de la República del Ecuador y el artículo 108 de la Ley Orgánica de Educación Superior, la Presidenta de la Asamblea Nacional Eco. Elizabeth Cabezas Guerrero, en ejercicio de la facultad otorgada por el numeral 1 del Artículo 134 y 136 de la Constitución de la República del Ecuador, en concordancia con el artículo 54 de la Ley Orgánica de la Función Legislativa, presentó para su tratamiento, el “PROYECTO DE LEY DE CREACIÓN DE LA UNIVERSIDAD DEL RÍO (UDR)".

Art. 54.- De la iniciativa.- La iniciativa para presentar proyectos de ley corresponde: 1. A las y los asambleístas que integran la Asamblea Nacional, con el apoyo de una bancada legislativa o de al menos el cinco por ciento de sus miembros;  2. A la Presidenta o Presidente de la República; 3. A las otras funciones del Estado en los ámbitos de su competencia; 4. A la Corte Constitucional, Procuraduría General del Estado, Fiscalía General del Estado, Defensoría del Pueblo y Defensoría Pública, en las materias que les corresponda de acuerdo con sus atribuciones; y, 5. A las ciudadanas y los ciudadanos que estén en goce de los derechos políticos y a las organizaciones sociales que cuenten con el respaldo de por lo menos el cero punto veinticinco por ciento de las ciudadanas y ciudadanos inscritos en el padrón electoral nacional. Quienes presenten proyectos de ley de acuerdo con estas disposiciones podrán participar en su debate, personalmente o por medio de sus delegados, previa solicitud y autorización de la Presidenta o Presidente de la Asamblea Nacional.

 

16 octubre 2018 Pedro Curichumbi apuntó: Toda creación de una universidad fortlece a la educación. En la medida en que cumple las normas constitucionales vigentes s puede dar paso al Proyecto de #LeyUniversidadDelRío

Augusto Espinosa se refiere al proyecto de #LeyUniversidadDeRío e indica que lo pertinente es hacer los estudios sobre el caso y agilitar el trámite. Agrega que este tema debería estar aprobado en aproximadamente 15 días.

Sobre creación de la #universidadDelRío. As. Pedro Curichumbi reconoce que esta institución formará profesionales, pero que SENPLADE debe demostrar la viabilidad del proyecto.


Más

 

24 de abril de 2017 La Secretaría Nacional de Planificación y Desarrollo remitió al CES el Informe de Pertinencia de la Propuesta Técnico-Académica para la creación de la Universidad del Río, a través de oficio SENPLADES-2017-0140-OF, de, consignando en sus conclusiones que el proyecto de creación de la Universidad señalada, “da cuenta de una oferta que apunta a garantizar el cumplimiento y el alcance de las prioridades de desarrollo nacional en términos de dinamización del sector productivo y de generación de procesos de investigación científica y tecnológica”.

De igual manera la SENPLADES determina que la Propuesta Técnico-Académica para la creación de la Universidad del Río, cumple con el principio de pertinencia establecido en los artículos 107 y 108 de la Ley Orgánica de Educación Superior, así como con los requerimientos de la Norma Técnica para el Desarrollo y Cumplimiento de los Requisitos de la Propuesta Técnico - Académica para la Creación de Instituciones de Educación Superior, Sedes y Extensiones de Universidades o Escuelas Politécnicas, Sujetos a Evaluación por la Secretaria Nacional de Planificación y Desarrollo (SENPLADES)

 

La Presidenta (e) de la CECCYT, conforme a lo dispuesto en el artículo 57 de la Ley Orgánica de la Función Legislativa, dispuso que por Secretaria de la Comisión se haga conocer el presente “PROYECTO DE LEY DE CREACIÓN DE LA UNIVERSIDAD DEL RÍO (UDR)" a las y los Asambleístas integrantes de la Comisión, a las y los integrantes de la Asamblea Nacional, a las organizaciones registradas y a la ciudadanía en general, a través de la página web oficial de la Asamblea Nacional.

El Pleno del Consejo de Educación en su Sesión Ordinaria Trigésima Cuarta, mediante Resolución Nro. RPC-SO-34-No.559-2018, conoció y aprobó en primer debate el proyecto de informe sobre la creación de la Universidad del Rio y dispuso notificar el contenido de la Resolución a la Comisión Permanente de Universidades y Escuelas Politécnicas del CES.

Por otra parte, dicho proyecto inicia con una oferta académica de calidad y pertinente conforme se desprende del informe favorable y vinculante del Consejo de Educación Superior –CES-, debiendo señalar que se ha contado con el acompañamiento académico de la Pontificia Universidad Católica de Valparaíso, de Chile tanto para la creación de la nueva Universidad, así como con el apoyo técnico-académico para el diseño y desarrollo de nuevas y futuras carreras y programas en campos como las ciencias del mar, del transporte, las ingenierías y otras, lo cual confiere solidez a la propuesta que tiene entre uno de sus finalidades el cambio de la matriz productiva del Ecuador.

Frente a lo antes descrito, el rol de la UDR, sería el de proveer especialistas de los campos de la Ciencias Sociales, Ingeniería y Tecnología con perfil de investigación aplicada, análisis crítico de entornos y escenarios, emprendimiento e innovación que sean capaces de dar soluciones apropiadas y con visión ciudadana y del bien común, frente a los imperativos del desarrollo zonal y nacional. Particularmente se busca que los graduados de la Universidad del Río contribuyan a disminuir el subempleo, desarrollando dinámicas productivas en empresas existentes y creando emprendimientos, que incorporen innovaciones en procesos y productos que tengan impacto en captación de empleo, productividad, colocación en mercados internacionales de los productos, para con ello generar mayor riqueza nacional, pero sobre todo el bienestar común. También se propenderá a que los graduados se orienten hacia estudios de cuarto nivel particularmente de maestría e idealmente hacia grados de PhD, de tal forma que con una formación más sólida en investigación académica, contribuyan a transformar las prácticas y visiones estratégicas de las empresas. También la futura Universidad del Río se visualiza como una institución que se vinculará con sectores estratégicos del Estado y privados, mediante proyectos para el desarrollo de soluciones, innovaciones e investigaciones aplicadas, canalizando a través de sus vínculos académicos internacionales, la participación de especialistas y científicos para dichos proyectos.

El pleno ces aprueba que se envíe, revisión no informe aprobatorio. . ces 180 días para pronunciarse, ceaaces 180 días, plazos en los reglamentos. 

23 de octubre de 2018 En Sesión No. 034-CECCYT-2018, recibió en Comisión General a las instituciones involucradas en la tramitación del proceso de creación de la Universidad del Río que derivaron en el Informe favorable que es vinculante de conformidad con el precitado artículo 108 de la Ley Orgánica de Educación Superior –LOES-, a saber: Consejo de Aseguramiento de la Calidad de la Educación Superior -CACES-; Secretaría Nacional de Planificación y Desarrollo –SENPLADES-; y, Consejo de Educación Superior –CES- estas Comisiones Generales y también debatió el articulado del “PROYECTO DE LEY DE CREACIÓN DE LA UNIVERSIDAD DEL RÍO (UDR)".

23 de octubre de 2018 en la misma Sesión No. 034-CECCYT-2018 de, APROBAR el presente Informe para Primer Debate del “PROYECTO DE LEY DE CREACIÓN 
DE LA UNIVERSIDAD DEL RÍO (UDR)

Por las consideraciones antes mencionadas, la Comisión Especializada Permanente de Educación, Cultura y Ciencia y Tecnología, resuelve APROBAR el presente Informe para Primer Debate del PROYECTO DE LEY DE CREACIÓN 
DE LA UNIVERSIDAD DEL RÍO (UDR)

 

 

PASTILLAS RRSS SESION 034

INFORME DE LA SECRETARÍA NACIONAL DE PLANIFICACIÓN Y

DESARROLLO (SENPLADES) 24 de abril de 2017 la Secretaria Nacional de Planificación y Desarrollo, Sandra Naranjo Bautista,

El informe contiene las secciones que son enunciados en la norma técnica respectiva, los mismos que son: Plan Estratégico de Desarrollo Institucional, Estructura Académica y Estudio Económico Financiero.

"La propuesta técnico académica para la creación de la Universidad del Río plantea los contenidos necesarios para emitir el presente informe de pertinencia en función de lo que dictamina la Norma Técnica para el desarrollo y cumplimiento de los requisitos de la propuesta técnico-académica para la creación de instituciones de educación superior, sedes y extensiones de universidades y escuelas politécnicas, sujetas a evaluación por la Secretaría Nacional de Planificación y Desarrollo. En este sentido, se concluye que el análisis cumple con los requisitos mínimos para la presentación de la propuesta y, además, se alinea con los objetivos de desarrollo concernientes al fortalecimiento de las capacidades y potencialidades de la ciudadanía, así como impulsar la transformación de la matriz productiva. En este sentido, el presente informe de pertinencia es favorable, conforme el artículo 19 de la Norma Técnica para el desarrollo y cumplimiento de los requisitos de la propuesta técnico- académica para ¡a creación de instituciones de educación superior, sedes y extensiones de universidades y escuelas politécnicas, sujetas a evaluación por la Secretaría Nacional de Planificacióny Desarrollo-Senplades."

INFORME DEL CONSEJO DE ASEGURAMIENTO DE LA CALIDAD DE LA EDUCACIÓN SUPERIOR (CACES)
 27 de septiembre de 2017, el Dr. Guillermo Arroba, Secretario General del Consejo de Evaluación,

Acreditación y Aseguramiento de la Calidad de la Educación Superior,

"Considerando que la propuesta técnico - académica remitida al CEAACES por los promotores del proyecto de creación de la "Universidad del Río" ha incorporado las observaciones y sugerencias planteadas por esta Comisión, se recomienda al Pleno del CEAACES emitir el informe previo favorable determinado en el artículo 6 del instructivo para la emisión de informes previos a la creación de universidades y escuelas politécnicas, determinados en los artículos 108 y 112 de la LOES."

El Pleno del Consejo de Aseguramiento de la Calidad de la Educación Superior, en su Sesión Nro. 27, Mediante la Resolución No. 252-CEAACES-SE-27-2017, prescribe: " En ejercicio de las atribuciones que le confiere la Ley Orgánica de Educación Superior, el Reglamento Interno del CEAACES, y el instructivo para la emisión de informes previos a la creación de universidadesy escuelas politécnicas, determinados en los artículos 108y 112 de la LOES. RESUELVE: "Artículo único.- Aprobar el informe previofavorable del Consejo de Evaluación, Acreditación y Aseguramiento de la Calidad de la Educación Superior respecto del proyecto de creación de la Universidad del Río."

ESTUDIO A CARGO DEL CONSEJO DE EDUCACIÓN SUPERIOR
 19 de diciembre de 2017,

"La propuesta técnico académica de creación de ¡a Universidad del Río cumple con los principios de autonomía responsable, cogobierno, igualdad de oportunidades y autodeterminación de acuerdo con el Art.22 del Reglamento de Creación, Intervencióny Suspensión de Universidadesy Escuelas Politécnicas".

"Informe Técnico de Revisión y Convalidación de Documentos de ¡os Nuevos Promotores de la Universidad del Río", que "Una vez que se ha realizado un análisis de ¡a documentación presentada a este Consejo por parte de los actores que promueven la creación de la ÍES, la Coordinación de Planificación Académica considera: Los nuevos promotores de la creación de ¡a Universidad del Río, la Pontificia Universidad Católica de Valparaíso (PUCV) cumplen con lo establecido en la normativa vigente".

Secretaria Nacional de Planificación y Desarrollo, en su texto pertinente concluye: "(...)se concluye que el análisis cumple con ¡os requisitos mínimos para la presentación de ¡a propuesta y, además, se alinea con los objetivos de desarrollo concernientes al fortalecimiento de las capacidades y potencialidades de la ciudadanía, así como impulsar la transformación de la matriz productiva. En este sentido, el presente informe de pertinencia es favorable (...)".

El Pleno del Consejo de Evaluación, Acreditación y Aseguramiento de la Calidad de la Educación Superior, mediante la Resolución No. 252-CEAACES-SE-27- 2017, resuelve "Artículo único.- Aprobar el informe previofavorable del Consejo de Evaluación, Acreditación y Aseguramiento de la Calidad de la Educación Superior respecto del proyecto de creación de la Universidad del Río."

CES, la SENPLADES y el CACES, la propuesta técnico - académica de creación de la Universidad del Río cumple con los principios de autonomía responsable, cogobierno, igualdad de oportunidades y autodeterminación en función del artículo 22 del Reglamento de Creación, Intervención y Suspensión de Universidades y Escuelas Politécnicas, que en su texto pertinente establece: "El Consejo de Educación Superior dispondrá que sus técnicos analicen el expediente y emitan un informe técnico que establecerá el cumplimiento de los principios de autonomía responsable, cogobierno, igualdad de oportunidadesy autodeterminación (...)"

SENPLADES señala: "Los contenidos de ¡a Propuesta Técnica-Académica para la creación de la Universidad del Río, dan cuenta de una oferta que apunta a garantizar el cumplimiento y el alcance de las prioridades de desarrollo nacional en términos de dinamización del sector productivo y de generación de investigación científica y tecnología". Concluyendo que, "(...) cumple con los requisitos mínimos para la presentación de la propuesta y, además, se alinea con los objetivos de desarrollo concernientes al fortalecimiento de las capacidades y potencialidades de la ciudadanía, así como a impulsar la transformación de la matriz productiva.",

CEAACES)3, con la finalidad de que se remita el informe correspondiente en cumplimiento de lo dispuesto en el art. 108 de la LOES, el mismo que luego de su revisión por parte de la Comisión Ad-hoc creada para el efecto, concluye: "(...) la propuesta analizada se enmarca en lo determinado en el Instructivo para la emisión de informes previos a la creación de universidades y escuelas politécnicas, determinados en los artículos 108y 112 de la LOES; en tal virtud remite al Pleno del CEAACES el presente informe previo, con resultado favorable, en torno a la creación de la "Universidad del Río", para su conocimiento y aprobación de ser pertinente",

a propuesta técnico académica de creación de la Universidad del Río, cumple con los principios de autonomía responsable, cogobierno, igualdad de oportunidades y autodeterminación de acuerdo con el Art. 22 del Reglamento de Creación, Intervención y Suspensión de Universidades y Escuelas Politécnicas.

CONCLUSIONES

• El señor Roberto Hanze Salem, en calidad de representante de los promotores del proyecto de creación de la Universidad del Río, presenta la documentación de acuerdo a lo estipulado en la Ley Orgánica de Educación Superior y al Reglamento de Creación, Intervención y Suspensión de Universidades y Escuelas Politécnicas, atendiendo oportunamente a las diferentes observaciones realizadas en el proceso de revisión de la propuesta técnico- académica de la creación de la mencionada universidad.

La propuesta técnico - académica sobre la creación de la Universidad del Río es analizada en las diferentes etapas del proceso de revisión para la creación de universidades y escuelas politécnicas, obteniendo, luego de las debidas subsanaciones, informes favorables de: La Secretaria Nacional de Planificación y Desarrollo, El Consejo de Evaluación, Acreditación y Aseguramiento de la Calidad de la Educación Superior (Hoy denominado Consejo de Aseguramiento de la Calidad de la Educación Superior - CEACES) y del Consejo de Educación Superior. La Comisión Permanente de Universidades y Escuelas Politécnicas en cumplimiento al artículo 23 del Reglamento de Creación, Intervención y Suspensión de Universidades y Escuelas Politécnicas y luego de analizar los informes previos elabora el presente informe para poner en conocimiento del Pleno del CES.

El Pleno del Consejo de Educación en su Sesión Ordinaria Trigésima Cuarta, mediante Resolución Nro. RPC-SO-34-No.559-2018, conoció y aprobó en primer debate el proyecto de informe sobre la creación de la Universidad del Rio y dispuso notificar el contenido de la Resolución a la Comisión Permanente de Universidades y Escuelas Politécnicas del CES.

 

7. RECOMENDACIÓN

En atención a la Resolución Nro. RPC-SO-34-No.559-2018 la Comisión Permanente de Universidades y Escuelas Politécnicas del CES, revisó el informe sobre la creación de la Universidad del Rio, incluyo modificaciones de forma en cuanto a la aprobación en primer debate del Pleno del CES, en el marco de la reforma de la LOES, por lo que, se recomienda presentar el presente proyecto de informe favorable de la propuesta técnico - académica para la creación de la Universidad del Río, al Pleno del Consejo de Educación Superior para su conocimiento y respectivo análisis en segundo debate.

 

 

 

 

 

 

La ceccyt apoyo y no passailaigue, se valora desde el punto de mayores oportunidades a los estudiantes. Prohibición de creación de universidades disposición transitoria décima quinta. No se aprobaban porque no cumplían los requisitos.

 

Durante los 5 años posteriores no se creara ninguna universidad. Los 5 empiezan desde el 12 de octubre de 2010, termino el 12 oct 2015. Presentaron el proyecto posterior

 

Ligar a datos SENESCYT, falta de acceso a la oferta académica

 

A cargo de dos consejos de estados , órganos autónomos no se puede echar culpa al gobierno. Analizar SENPLADES.

 

[Cuadro de texto: Video LEY DE CREACIÓN DE LA UNIVERSIDAD DEL RÍO -insumo para la presidenta Elizabeth cabezas- Uno de los grandes problemas que tuvo el sistema de educación superior en el pasado fue la falta de previsión en mantener una oferta académica adecuada y pertinente luego del cierre de varias instituciones de educación superior, hecho que ha producido que miles de jóvenes ecuatorianos no tengan opciones para continuar sus estudios universitarios. Por esta razón me he sumado ha apoyar el proyecto de creación de la universidad del Río a través de la presentación del correspondiente proyecto de ley de creación de esta universidad con la finalidad de que el mismo contribuya a brindar las oportunidades académicas que se merecen nuestros jóvenes es decir a una educación de calidad, pertinente pero sobre todo encaminarnos en poner a la educación al servicio de la construcción de una sociedad de los conocimientos así como del cambio de la matriz productiva en beneficio de todos y todas los ecuatorianos.]

 

Origen fundación santa maria se establecen el país como ong, . años posteirores convenio con universidad santa amria de chile, se temrino el convenio. La posición del gobierno era decir qe tenían oferta ilegal en el país. No se hizo en su debido tiempo renovación del convenio. Primr informe del ces, oferta ilegal.

 

UNIVERSIDAD SANTA MARIA. No tiene ley de universidad, loes 2000 bajo esa regulacion de convenios se suscribe, powterior loes 2010 terinan los convenios y se deben aprobar a nuevos parámetros en base al ces recién creado.

                  LOS CONVENIOS EN LA ACTUALIDAD DEBEN SER PROBADOS POR EL CES. UDR NO TENIA APROBACI´ON, DISPUTAS JUR´IDICOS. POSICION , SIEMPRE FUNCIONO

 

Exhortados por CES que no podían inscribir mas estudiantes, con el aspecto de lanzar el proyecto d3 crear la universidad. Loes 2010 establece moratoria 5 años en disposición transitoria décimo quinta. No nuevas isnt6ituciones de educación superior, si no fortalecer las existentes, todas previo proceso de evaluación y acreditación. CONEA evaluar a instituciones de educación superior.

 

Ley de extinción de unviersidades, reglas fuertes para uso de recursos apra evitar off shores. Art. 106 ley de extinción. Las divisas no podían salir se deben quedar en el país.

 

Otros retrasos por la misma universidad, cambian el nombre, quitan promotor, sacan a universidad santa maria, esperan reformas de la loes, entre la universidad católica de valparaiso. Retrasos por epticiones de los propios promotores del proyecto de UDR.

 

Art. 112.- Análisis técnico de los requisitos.- Una vez que el Consejo de Educación Superior hubiera recibido los informes del Consejo de Evaluación, Acreditación y Aseguramiento de la Calidad de la Educación Superior y del organismo nacional de planificación, revisará el proyecto técnico-académico y tendrá un plazo máximo de 100 días2 para realizar un análisis técnico de los requisitos establecidos en este capítulo y emitir el informe respectivo. No se admitirá acción de silencio administrativo.

Si sus conclusiones son favorables, el Consejo de Educación Superior lo remitirá a la Asamblea Nacional para que proceda con el trámite de Ley de creación de la nueva universidad o escuela politécnica.

 

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