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LISTO INFORME PARA SEGUNDO DEBATE DE REFORMAS A LA LEY DE MINERÍA

Lunes, 26 de abril del 2021 - 18:49 Imprimir

La Comisión de Biodiversidad, con 7 votos a favor y 2 abstenciones, aprobó el informe para segundo debate del proyecto de reformas a la Ley de Minería. Le propuesta busca apoyar y regular la minería artesanal y pequeña minería, establecer herramientas de planificación y control minero, garantizar los derechos de la naturaleza y protección de la biodiversidad y determinar las autoridares de control, regulación y fiscalización para que puedan disponer inspecciones en áreas de exploración y explotación minera.

Entre otros aspectos, a través del cuerpo legal se crea un entorno de protección a la minería legal y mayor seguimiento y sanción a la minería ilegal. En este sentido, la norma prevé que los equipos, maquinaria y vehículos que sean decomisados como efecto de las actividades de la minería ilegal deban ser donados a los Gobiernos Autónomos Descentralizados (GAD) de las zonas donde se haya detectado la realización de estas actividades ilegales, para que lo utilicen en el desarrollo de los territorios.

Establece la obligatoriedad del plan de cierre de las operaciones mineras que deben incluirse en los estudios de impacto ambiental para las actividades de explotación, beneficio, fundición o refinación. Esto con el objetivo de asegurar la rehabilitación y retorno de las áreas afectadas, así como la protección de los bosques protectores, fuentes de agua y los ecosistemas frágiles que permitan el desarrollo de otras actividades productivas y las necesidades básicas de las poblaciones.

Para garantizar los derechos colectivos a la información, participación y consulta, se determina que previo al otorgamiento de una concesión minera debe efectuarse una consulta previa a las poblaciones, comunas, comunidades, pueblos y nacionalidades del área de influencia directa o indirecta, así como veedurías ciudadanas. En el marco de los principios de transparencia, se prohibe clasificar como información reservada la que pueda contener datos de afectación o vulneración de derechos humanos y de la naturaleza.

En el informe para segundo debate constan las disposiciones que prescriban las inhabilidades para solicitar concesiones mineras, por tanto, se define que las personas naturales y jurídicas que hubieran perdido su calidad de concesionarios mineros debido al incumplimineto de una o más obligaciones legales o contracturales derivadas de la concesión minera, no podrán volver a obtener, por sí mismas o a través de sus partes relacionadas, una concesión minera o en aquellas áreas cubiertas, total o parcialmente, por la concesión original no en otras área minera, en el plazo de 10 años a partir de la fecha en que se haya ejecutoriado el correspondiente acto administrativo de caducidad de dicha concesión.

Además, plantea que el Estado proporcione las mejores condiciones para que la minería artesanal, se sume al proceso contractual minero, considerando e incorporando los estándares de sostenibilidad económica, social y ambiental, que es preciso cumplir por todos los actores interesados en realizar esta actividad económica.

Previo a la votación del informe los comisionados analizaron algunos artículos que quedaron pendientes de resolución. Así, dentro de las atribuciones de la Agencia de Regulación y Control de Energía y Recursos Naturales no Renovables se establece que debe implementar mecanismos de medición y verificación de los tipos, cantidad y calidad de los recursos minerales metálicos y no metálicos extraídos de las concesiones y proyectos mineros que operan en el Ecuador.

El informe indica que la mesa legislativa revisó 64 observaciones. Los legisladores destacaron que en el informe para segundo debate se recoge varias propuestas legislativas, así como los criterios por parte del Ministerio de Energía y Recursos Naturales no Renovables, Cámara de Mineria y de varios colectivos sociales.

JLVN/ea

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