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Análisis experto sobre la reforma al artículo 147 de la Ley de Movilidad Humana

Martes, 03 de diciembre del 2024 - 12:46 Imprimir

En el marco del debate sobre el proyecto de Ley Orgánica Reformatoria a la Ley Orgánica de Movilidad Humana, la Comisión de Relaciones Internacionales y Movilidad Humana recibió en comisión general al Dr. Julio Cueva, experto en Derecho Constitucional y Penal. Su intervención se centró en analizar el artículo 147 y las implicaciones de la propuesta de reforma sobre la expulsión de personas extranjeras que hayan cometido delitos graves en territorio ecuatoriano.

Observaciones clave sobre la reforma propuesta

El Dr. Cueva señaló preocupaciones fundamentales respecto a la viabilidad jurídica y práctica del artículo reformado. Uno de sus principales cuestionamientos se refiere a la falta de coherencia entre la motivación de la reforma y los delitos mencionados en la propuesta. Según el experto, aunque el proyecto de ley busca alinearse con la lucha contra el crimen organizado transnacional, los delitos incluidos en el artículo, como los contra la vida, la integridad personal y los delitos sexuales, no se ajustan a la categoría de delitos transnacionales.

En cambio, afirmó que los delitos transnacionales están relacionados con actividades como el lavado de activos, el tráfico de drogas y el tráfico de personas, áreas que no son abordadas por la reforma actual. Esta discrepancia genera incertidumbre sobre el propósito real de la enmienda y su efectividad en combatir el crimen organizado.

Impactos prácticos y jurídicos del traslado de condenados

El experto también expresó su preocupación sobre el mecanismo de traslado de condenados al país de su nacionalidad, previsto en el artículo. Según explicó, esta medida podría resultar contraproducente. Por ejemplo, si una persona condenada en Ecuador por un delito grave es trasladada a su país de origen, como Colombia, podría ser liberada inmediatamente si no tiene causas pendientes con la justicia en ese país. Esto comprometería la efectividad de la pena y podría incentivar la percepción de impunidad.

Propuestas para una reforma efectiva

El Dr. Cueva recomendó revisar la redacción del artículo para garantizar su claridad y alineación con el marco normativo internacional. Recordó que ya existen convenios internacionales que permiten el cumplimiento de penas en el país de origen de un condenado extranjero, siempre que sea solicitado expresamente por este, lo que asegura que la sentencia dictada en Ecuador sea respetada y ejecutada de manera efectiva.

Además, instó a la comisión a evaluar detenidamente los delitos incluidos en el artículo para que estos correspondan a la naturaleza transnacional del crimen organizado y cumplan con los estándares internacionales en materia de derechos humanos y justicia.

Reflexión final

La Comisión de Relaciones Internacionales y Movilidad Humana sigue comprometida con un análisis riguroso de esta reforma para garantizar que las medidas adoptadas fortalezcan el sistema de justicia, respeten los derechos humanos y contribuyan a la seguridad del país. La intervención del Dr. Julio Cueva aporta una perspectiva crítica que será fundamental para afinar el enfoque de esta importante reforma.

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