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Pleno Legislativo aprueba Resolución de Solidaridad con Julian Assange

Martes, 05 de julio del 2016 - 18:34 Imprimir

Ecuador concedió el asilo a Assange a la luz del artículo 41 de la Constitución, del artículo 14 de la Declaración Universal de DDHH y en el marco de una persecución contra el activista periodístico, cuya lucha por en defensa de los derechos humanos ha sido reconocido en varias ocasiones.

Assange solicitó asilo en Ecuador, con base en el temor de una extradición a EEUU donde podría enfrentar la pena de muerte bajo la acusación de terrorismo, espionaje y traición (por lo que podría ser procesado por tribunales especiales o militares), luego de que publicara miles de documentos con información embarazosa para ese gobierno. Sin embargo, en su contra no existen juicios penales en ningún país del mundo, pese a ello, lleva más de cuatro años resguardado en la embajada ecuatoriana en Reino Unido, debido a una investigación preliminar que se lleva en su contra en el Reino de Suecia, su país natal.

“Este es un tema de Derechos Humanos que rebasa a un gobierno, es un tema que amenaza la libertad de una persona que lo que ha hecho es entregar al mundo la información que necesitaba”, enfatizó la ponente de la Resolución, la asambleísta María Augusta Calle, presidenta de la Comisión de Soberanía, Integración, Relaciones Internacionales y Seguridad Integral de la Asamblea Nacional.

El 4 de diciembre de 2015, el Grupo de Trabajo sobre Detenciones Arbitrarias del Consejo de Derechos Humanos de Naciones Unidas, como máxima autoridad internacional en materia de derechos humanos, emitió su Opinión N.º 54/2015, estableciendo que Julian Assange se encuentra detenido de forma arbitraria, en detrimento de su libre movilidad y en privación de su derecho a la libertad en varias formas. Esta Opinión fue puesta en conocimiento del Reino Unido y el Reino de Suecia, el 22 de enero de 2016, señalándose la puntual violación de los artículos 9 y 10 de la Declaración Universal de DDHH y los artículos 7, 9(1), 9(3), 9(4), 10 y 14 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos.

Entre los principales señalamientos realizados por este Grupo de Trabajo sobre Detenciones Arbitrarias de NNUU, establecen que a Assange: no se le ha permitido declarar como parte de su descargo, negándole así el derecho a la defensa; se ha violado su presunción de inocencia, obligándolo a permanecer en detención en la Embajada de Ecuador; su confinamiento equivale a una detención indefinida, lo que implica una ausencia de un método efectivo de control judicial relativo a la retención prolongada, además de una vigilancia altamente intrusiva. Finalmente, se apunta que tras casi 5 años de privación de libertad, la salud física y mental del activista debe estar deteriorada, lo que se agrava debido a que se le niega su derecho a acceder al sistema de salud, siendo que la Embajada de Ecuador en Londres, al no ser un centro de detención, no cuenta con los equipos e instalación médica adecuada para brindar auxilio a una persona.

Lo observado por el Grupo de Trabajo, ha recibido el apoyo de más de 500 personalidades e intelectuales de todo el mundo, incluidos cuatro Premios Nobel de la Paz, quienes han exigido al Reino Unido y a Suecia que pongan fin a la detención arbitraria de Assange. A esto se suma la declaración de 38 eurodiputados dirigida al Presidente de la Comisión Europea, Jean-Claude Junker, condenando la privación de la libertad del activista, por expresa violación a los artículos 5, 6, 8 y 10 de la Convención Europea de DDHH, exhortando a la Comisión Europea a exigir el cumplimiento de lo establecido por el Grupo de Trabajo; petición a la cual se sumó, además, el Alto Comisionado de DDHH de NNUU, Zeid Ra'ad Al Hussein, afirmando que la normativa internacional sobre derechos humanos tiene el carácter de vinculante y no de discrecional.

En este marco, la Resolución prevé el pleno respaldo a la decisión ecuatoriana de conceder el asilo a Julian Assange, así como a lo dispuesto por el Grupo de Trabajo sobre Detenciones Arbitrarias del Consejo de Derechos Humanos de NNUU, solicitando a los gobiernos de Suecia y Reino Unido su cumplimiento en el marco del Sistema Internacional de DDHH y en respeto a la Organización de Naciones Unidas; y, se suma al llamado de los más de 500 intelectuales que respaldan la liberación de Assange y, respalda las exhortaciones de los 38 eurodiputados y del Alto Comisionado.

La asambleísta ponente, María Augusta Calle, enfatizó en su intervención la necesidad de que la Cancillería del Ecuador dé seguimiento al cumplimiento de lo resuelto por el Grupo de Trabajo de NNUU y de que la Fiscalía General ecuatoriana, realice cualquier diligencia de cooperación judicial con Reino Unido y Suecia en el marco de lo dispuesto por dicho Grupo.

De su lado, la asambleísta Betty Carrillo, destacó en su intervención, que la defensa de Assange es la defensa a la libertad de expresión, es una expresión de como el poder puede perseguir a una persona solamente por informar la verdad. Mientras que el asambleísta Gabriel Rivera destacó que el debate debe centrarse en los principios constitucionales y el Derecho Internacional. “Ecuador tiene fundadas sospechas de que Assange podría ser entregado a EEUU donde si hay cadena perpetua y pena de muerte”, apuntó.

Cabe recordar que Julian Assange, a través de su sitio web, WikiLeaks, filtró 251.287 cables diplomáticos de Estados Unidos (entre los cuales, 15.652 estaban clasificados como “Secreto”) y los puso a disposición en el dominio público permitiendo, por primera vez, al ciudadano común y a los gobiernos no poderosos, conocer las dinámicas y actividades del Gobierno de los Estados Unidos en el exterior. Esta filtración comprendió documentación circulada desde 1966

Los cables, que comprenden un período que abarca desde el 28 de Diciembre de 1966 al 28 de Febrero de 2010, conteniendo comunicaciones confidenciales entre 274 Embajadas ubicadas en casi todos los países alrededor del mundo y el Departamento de Estado en Washington D.C.

Finalmente, el asambleísta Diego Veintimilla pidió a los presentes diferenciar entre un perseguido y un fugitivo, pues eso permitirá comprender la situación de Assange, así como las falencias del sistema internacional y el doble discurso cuando se trata de cumplimiento y respeto de los derechos humanos. “Esta resolución tiene absoluta pertinencia porque es un llamado a la ética de los sujetos del derecho internacional a cumplir con el derecho internacional y hacer de la defensa de los derechos humanos una bandera”.

Otras intervenciones estuvieron a cargo del asambleísta José Torres, quien manifestó su apoyo a la propuesta; mientras que los asambleístas Luis Tapia, José Acacho y Diego Salgado, expresaron las razones de su oposición a la iniciativa.

5 de julio de 2016

 

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