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NUEVAS OBSERVACIONES AL CÓDIGO DE SALUD SOBRE LOS DISPOSITIVOS MÉDICOS

Jueves, 14 de septiembre del 2017 - 11:24 Imprimir

En la Sesion No. 219 de la Comisión de Salud recibimos a Cristina Murgueittio, directora ejecutiva de la Asociación Ecuatoriana de Distribuidores e Importadores de Productos Médicos (Asedim), y Alexander Lemgruber, representante de la Organización Panamericana de la Salud (OPS). Quienes realizaron observaciones en el diálogo, desarrollado en la Comisión del Derecho a la Salud, en relación a dispositivos médicos en Salud.

Las observaciones fueron presentadas La primera sugerencia es una diferenciación conceptual entre medicamentos y dispositivos médicos, con base en parámetros internacionales que maneja el Grupo de Trabajo de Armonización Mundial (GHTF). La directora aseguró que el Código contempla los dos términos como si se tratase del mismo concepto, cuando son de diferente naturaleza. Por esta razón, recomendó plasmar la definición de la GHTF en este cuerpo legal.

Así mismo, propuso la creación en el Código de un capítulo específico para el tema de los dispositivos médicos y otro para medicamentos.

Precisó que los medicamentos son fármacos que poseen una formulación química, destinada al consumo humano, cuyo proceso de comercialización son las farmacias, mientras que el dispositivo es un instrumento, implemento, máquina, aparato o implante, destinado por un fabricante para uso personal.

Indicó que los profesionales de la salud los utilizan para tratar, diagnosticar o rehabilitar a los pacientes. Esta categoría contempla una diversa gama de productos mecánicos o electrónicos. Son de una tecnología simple como una gasa, baja lenguas o catéter, hasta dispositivos más tecnificados como una prótesis de cadera o neuronavegador.

Murgueittio aseguró que el 99 % de dispositivos en Ecuador son importados y que apenas 130 se producen en el país y son de bajo riesgo. “No tenemos tecnologías desarrolladas hasta el momento”, agregó.

Manifestó que el país cuenta con 3 mil 400 dispositivos, cuando en el sistema de salud internacional se registran 500 mil tecnologías hasta la fecha. Se evidencia una diferencia muy marcada con otros países, por lo que es importante una regulación diferenciada.

En esta misma línea, Alexander Lemgruber enfatizó la importancia de una visión integral de las tecnologías sanitarias. Esta perspectiva fue adoptada recientemente en 2017 por el organismo internacional y engloba a los dispositivos médicos.

Señaló que la implementación y evaluación de las tecnologías sanitarias en los sistemas públicos de salud son fundamentales para garantizar una óptima atención médica, así como para maximizar los beneficios en el ámbito de la salud.

Precisó que la población debe gozar con medicamentos de calidad, eficaces y seguros, por lo que es clave la regulación por parte de las autoridades en el ámbito sanitario.

María José Carrión, integrante de esta mesa legislativa, aseveró que es un deber del Estado la búsqueda permanente de mecanismos para garantizar el acceso óptimo, la eficacia y calidad de medicamentos y dispositivos.

Afirmó que no se puede sopesar la salud de la población por la mirada mercantilista de las empresas farmacéuticas o fabricantes de los dispositivos. Habló del establecimiento de una tarifa accesible de medicamentos de calidad.

Otra de las preocupaciones de la legisladora es el marketing desmedido alrededor de estos insumos por sobre la salud de la población. “Comprometen a los profesionales de la salud a recetar medicamentos más costosos en lugar de genéricos”. Aseguró que este tipo de mecanismos de publicidad alimentan el sistema capitalista y acentúan la inequidad social.

Además, comprometió a los miembros de la Comisión para una revisión profunda del proceso de compras públicas sobre dispositivos médicos.

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