La Comisión del Derecho a la Salud, presidida por William Garzón, mantendrá dos sesiones este miércoles 25 de septiembre, a partir de las 09:00. En la primera continuará con el tratamiento sobre temas de obesidad y la protección a la lactancia materna. En la segunda sesión, recibirá los aportes de los representantes de las ligas barriales y rurales respecto de las reformas a la Ley del Deporte.
En efecto, en el primer caso, la asambleísta Johanna Cedeño, explicará los alcances del proyecto de Ley Orgánica de Protección a la Lactancia Materna. Esta propuesta normativa establece las medidas necesarias para promover, proteger y mantener la lactancia materna exclusiva, hasta los seis meses y la lactancia prolongada, hasta los dos años de edad. El objetivo es asegurar sus beneficios y aportes indispensables para la nutrición, crecimiento y desarrollo integral del lactante.
Asimismo, la parlamentaria María Mercedes Cuesta, argumentará el proyecto de Ley de Prevención de la Obesidad en la Población. Esta iniciativa prioriza las acciones para proteger y garantizar la protección de la salud de la población, con especial énfasis en los niños, niñas y adolescentes. También establece las bases para abordar los efectos derivados de hábitos nutricionales inadecuados con incidencia en la salud.
Reformas a Ley de Deporte
En tanto, a partir de las 10:00 Freddy Estévez, presidente de la Federación Cantonal de Ligas Barriales de Ibarra; e, Iván Gordón, titular de la Asociación de Ligas Rurales de Quito, presentarán sus aportes y observaciones a los proyectos de Ley Reformatorios a la Ley del Deporte, Educación Física y Recreación.
Una de las propuestas de análisis, establece que la práctica de deporte barrial y parroquial, será planificado, dirigido y desarrollado por la Federación Nacional de Ligas Deportivas Barriales, Parroquiales del Ecuador (Fedenaligas), en coordinación con el ministerio o secretaría encargada del deporte. Se regirá por sus Estatutos legalmente aprobados. Su funcionamiento y la conformación interna de su organismo de gobierno, será establecido de conforme a las disposiciones establecidas en sus Estatutos.