Comisión del Régimen Económico y Tributario y su Regulación y Control

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Desde el lunes se votará artículo por artículo Ley de Ordenamiento de Finanzas Públicas

Jueves, 23 de abril del 2020 - 21:14 Imprimir

Con 11 votos afirmativos y una abstención, la Comisión de Régimen Económico, como parte de su metodología, resolvió que los miembros de la mesa legislativa envíen sus observaciones de los artículos 1 al 30 del proyecto de Ley Orgánica de Ordenamiento de las Finanzas Públicas, hasta el medio día del viernes 24 de abril. Con esos insumos los parlamentarios se reunirán de forma virtual, en horas de la tarde, para iniciar el tratamiento del articulado.

La propuesta de iniciativa del Vicepresidente de la Comisión, Franco Romero, también determina que los comisionados entregarán las sugerencias de los artículos 31 al 49 del proyecto urgente hasta el sábado 25 de abril al medio día. De esta manera, la mesa legislativa en la tarde revisará esos articulados.

Aprobaron que el lunes 27 de abril, los comisionados votarán, artículo por artículo, el proyecto de Ordenamiento de Finanzas Públicas. Sesión que podría ampliarse hasta el martes 28 de abril, fecha en la que se cumple los 10 días establecidos en la Ley Orgánica de la Función Legislativa, para entregar el informe para primer debate del proyecto urgente en materia económica.

Se viola autonomía de IESS e ISSPOL

Este jueves 23 de abril, de manera virtual, la Comisión escuchó a David Ruales, director Ejecutivo del Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social (IESS) y al General Jorge Villarroel, director del Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social de la Policía Nacional (ISSPOL), quienes, en su turno, señalaron que en el proyecto de Ordenamiento de las Finanzas Públicas, existen algunos artículos por los cuales se viola la independencia y autonomía técnica y financiera de cada una de estas instituciones establecidas en la Constitución.

Ruales y Villarroel indicaron que el IESS y el ISSPOL no pueden ser consideradas como entidades públicas porque su función está orientada a la seguridad social, por tanto, su accionar no puede estar supeditado al dictamen favorable del Ministerio de Finanzas.

El Consejo Directivo de cada institución toma directrices a favor de sus afiliados y asegurados porque los recursos provienen de sus aportes y otros rubros, establecidos en el ordenamiento jurídico, por parte del Estado, correspondientes a seguridad social, por tanto, son dineros propios distintos al Presupuesto General del Estado. La reforma planteada en el proyecto urgente es improcedente, viola la autonomía y es inconstitucional, precisaron.

Poner techos presupuestarios a la seguridad social, es inconstitucional dijeron. No se puede poner techo a la salud. Además, su carácter técnico previsional es de ayuda y asistencia a los asegurados, por tanto, ninguna institución del Estado puede intervenir y peor menoscabar su patrimonio para pretender utilizar estos recursos para otros fines. Es inaplicable e inconstitucional la reforma, reiteraron.

Multilaterales necesarios

El país vive una devastación fiscal nunca antes vista en la historia del Ecuador, por tanto, a pesar de los esfuerzos que hace el Estado no podrá financiar el déficit fiscal; por ello, son necesarios los créditos que pueden otorgar los organismos internacionales, como el Fondo Monetario Internacional o la CAF, dijo el economista Jaime Carrera, director del Observatorio de la Política Fiscal.

 

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