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"Decisiones y acciones desde el principio de interés superior del Niño"

Jueves, 07 de febrero del 2019 - 10:28 Imprimir

La Comisión Especializada Ocasional sobre la Niñez y Adolescencia de la Asamblea Nacional en su sesión No.18 realizada el 05 de febrero de 2019, recibió en Comisión General a Ramiro García Falconí, presidente del Colegio de Abogados de Pichincha; Isabel Chanataxi, representante del Consejo Nacional para la Igualdad Intergeneracional; y Janeth Guerrero, miembro del Colectivo Compromiso por la Niñez, quienes realizaron observaciones al Proyecto de Ley Orgánica Interpretativa al artículo 106, patria potestad, del Código de la Niñez y Adolescencia, CONA.

La Comisión General se dio en el marco de la petición realizada el 30 de enero de 2019, suscrita por la directora ejecutiva de la Fundación Quitu Raymi, Sara Oviedo; Janeth Guerrero, miembro del Colectivo Compromiso por la Niñez; y Cristina Almeida, miembro de la Fundación 8M Nina Warmi.

Ramiro García Falconí, presidente del Colegio de Abogados de Pichincha, en sus observaciones al Proyecto de Ley Orgánica Interpretativa al artículo 106, a su criterio dijo que lo más adecuado es una reforma al CONA. El Legislativo no debería usar la facultad interpretativa de las leyes, “ustedes hacen las leyes”. La facultad interpretativa debe corresponder a los jueces de corte constitucional.

En el artículo 106 se debería plasmar desde la protección y el interés superior del niño. Fue claro en decir que como gremio se oponen a la custodia compartida judicialmente decidida y considera imprescindible que debe existir el acuerdo firmado entre las partes. Además, solicitó a la Comisión en representación del gremio que se reconsidere la posibilidad de las medidas de apremio personal para los padres que están en mora de sus pensiones alimenticias; pues 8 de cada 10 mamás que tienen la custodia de los hijos no reciben puntualmente las pensiones alimenticias, y deben trabajar y criar solas a sus hijos.

“Sí tenemos el 80% de papitos irresponsables, lo que vamos a tener a través de una custodia compartida obligada judicialmente es un factor más de negociación y no tiene sentido”, agregó.

Recomendó a la Comisión que tiene la función de fiscalización, solicitar al Consejo de la Judicatura información sobre el índice de morosidad de los padres alimentantes en el país. Las cifras que eran del 80% se ha incrementado al 90% de morosidad.

Isabel Chanataxi, representante del Consejo Nacional para la Igualdad Intergeneracional, expresó, que el análisis e interpretación de la ley debe darse en el centro del principio de Interés Superior del Niño y considerar en todas las decisiones y acciones que se adopten. Además, mirar a los niños, niñas y adolescentes como sujetos de derechos y que su participación se dé en todos los procesos. “La custodia compartida se puede dar en acuerdo entre las partes, siempre y cuando los actores cumplan sus responsabilidades, y haya un juez que avale”.

Janeth Guerrero, miembro del Colectivo Compromiso por la Niñez, también expuso sus observaciones en acuerdo con los dos exponentes.   

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