CÓDIGO DEL TRABAJO: LAS 14 REFORMAS QUE DEBE CONOCER

Lunes, 15 de julio del 2013 - 16:36 Imprimir

El derecho a la huelga, la creación de sindicatos por áreas de trabajo, mayor protección a la mujer embarazada y nuevos procedimientos judiciales están entre las propuestas. Dos años le tomó al Ministerio de Relaciones Laborales redactar el proyecto que busca reemplazar al actual Código de Trabajo, vigente desde 1938. En abril la normativa llegó a manos del presidente Rafael Correa y ahora la Comisión de Derechos de los Trabajadores es la encargada de su socialización, modificación y debate para que después pase al pleno. El pasado 21 de junio se convocó a varios grupos sindicales a una reunión para abordar el tema. La Confederación Sindical de Trabajadores del Ecuador, mediante un comunicado difundido la semana pasada, dijo que el proyecto se realizó sin la participación de los trabajadores. Jaime Arcineagas, presidente de la organización, añadió que no se entregó el proyecto a los trabajadores para su revisión, solo se les convocó a la reunión. Él espera que a futuro se establezcan canales de diálogo. (MJGD) 1. Décimos sueldos La mensualización de los salarios Con esta medida se busca aumentar la liquidez en el país. Para los trabajadores del sector público será una medida obligatoria, mientras que para los del sector privado será opcional. El décimo tercero, conocido también como bono navideño, es un sueldo completo que se recibe en diciembre. Por otro lado, el décimo cuarto es una remuneración básica que se recibe en agosto en la Sierra y la Amazonía y en febrero en la Costa. Se estima que solo en el sector público la cifra de estas remuneraciones supera los $80 000 millones. Algunos aseguran que sería algo bueno, ya que se podría ahorrar los décimos y acumular intereses. Pero hay otros que consideran que se volverá dinero de bolsillo. 2. Sindicatos sectoriales Las agrupaciones nacionales para todos La directiva de los sindicatos será elegida por voto secreto. El Código plantea que se realicen veedurías a los procesos de elecciones a través del Consejo de Participación Ciudadana y Control Social. Se busca que todos los trabajadores del país pertenezcan a un sindicato, por lo que se crearan sindicatos nacionales por áreas de trabajo. El nuevo Código introduce la figura del Sindicato y la Contratación Colectiva por Rama de Actividad, tomando las 22 ramas establecidas para el Consejo Nacional de Remuneraciones Conades. Con la medida se busca que la mayoría de los trabajadores puedan entrar en la modalidad de contratos colectivos y homologar el sueldo mínimo por áreas. Además de poder contar con los demás beneficios que ofrecen los sindicatos a los trabajadores. El proyecto de Código de Relaciones Laborales regula los permisos sindicales remunerados a los dirigentes principales en el sector privado. 3. Mujer embarazada Mayores permisos e indemnizaciones En la actualidad la indemnización por despido a una mujer embarazada es el equivalente a un año de remuneraciones y la protección, permisos y licencias solo abarcan a su estado de embarazo y descanso por maternidad. La legislación vigente no cubre la licencia de lactancia, que es un año a partir del nacimiento del bebé. Estos son los puntos modificados en el proyecto de Código Laboral. En caso de despido intempestivo de mujeres en período de gestación, la indemnización sube al equivalente de dos años de remuneraciones. Este rubro por despido también se extiende al período de lactancia. De igual manera, la licencias por maternidad y lactancia se extienden. 4. Renuncias En el sector privado se agilizará En la legislación se plantea un mecanismo más fácil para la renuncia voluntaria, sin necesidad de intermediarios como consta en la actual legislación. El proyecto también busca que los trabajadores del sector privado reciban indemnizaciones similares a las de uno del sector público por su renuncia voluntaria. 5. Minería a gran escala Cambio en la jornada de trabajo De momento hay varias propuestas de algunos sectores de la comunidad para que las jornadas de trabajo en empresas dedicadas a la minería a gran escala sean de hasta ocho horas diarias. La actual legislación contempla la limitación de que las jornadas en este tipo de compañías sean de máximo seis horas diarias. 6. Definición del Trabajo Los sectores informales están incluidos En el proyecto se cambia el significado de trabajo para incluir sectores previamente excluidos, Los trabajos no remunerados como el de las amas de casa entrarán en esta categoría. Los trabajadores independientes o autónomos, como pequeños agricultores, pescadores obreros de construcción serán tomados en cuenta en el nuevo Código de Trabajo. El fin de esta reforma es la universalización de la seguridad social. 7. Cargos de confianza Los altos cargos no tienen horas extras La propuesta sostiene que actualmente, a efectos de no pagar horas suplementarias y extraordinarias, se pretende dar el carácter de funciones de confianza a las personas que representen al empleador y trabajen más de ocho horas diarias. En el proyecto se establece que el no pago de horas extras por altos cargos solamente se limitará a directivos que tengan remuneraciones de más de siete remuneraciones básicas unificadas o más. 8. Proveedores externos Comedor, almacén y guarderías Se elimina la obligación de la empresa de tener en sus instalaciones dispensarios médicos, comedores y almacenes; esos servicios deben ser provistos a través de convenios. Tampoco es obligatorio implementar guarderías en las empresas pero ese servicio deberá ser compensado con convenios o reconocido en el salario. 9. Trabajo Artesanal Aprendices recibirán los décimos Actualmente los operarios y aprendices artesanales no tienen derecho a percibir ni los décimos sueldos ni utilidades. Bajo el precepto de a igual trabajo igual remuneración, los operarios artesanales serán remunerados al igual que toda y todo trabajador, percibiendo las decimotercera y decimocuarta remuneraciones y utilidades. 10. Jubilación patronal Nuevas bonificaciones y nuevas figuras Se sustituye la Jubilación Patronal y la bonificación por desahucio, y se crea la bonificación por terminación de contratos a plazo fijo, plazo excepcional, doméstico e indefinido, que beneficia a estos trabajadores, sin consideración a su tiempo de servicios en la empresa. No aplica esta bonificación en casos de terminación de la relación laboral por visto bueno otorgado a favor del empleador por las causales contempladas en el Código 11. Paro de actividades Regulación del derecho a la huelga de empleados Actualmente la huelga se la realiza con la entrega de las instalaciones de la empresa al Comité de trabajadores, previo inventario. Con la propuesta se pretende que la ejecución de este derecho se lo haga sin la entrega de instalaciones y se pueda realizar fuera de las mismas, con el fin de precautelar la integridad de los trabajadores y a su vez evitar que no haya peligro de desmanes o daños en las instalaciones de la empresa o fábrica. 12. Trabajos eventuales El contrato eventual discontinuo cambiará Los contratos discontinuos eventuales son contratos de 180 días al año de manera discontinua. Los sectores de la agricultura estacional son los que utilizan más este tipo de contratos. Para los trabajadores que se encuentren bajo este régimen, la remuneración básica tendrá un incremento del 35% al valor hora del salario básico del sector al que corresponda el trabajador. De igual manera se deberá cancelar los proporcionales de los décimos, las vacaciones y de cualquier beneficio adicional al que tenga derecho el trabajador. Para el pago de horas extras, el cálculo se basará en la ley y estas no pueden pasar de las 240 horas laborables al mes, en caso de ser jornadas superiores deberá pagarse lo correspondiente. La afiliación y pago al IESS se acogerá al mecanismo definido para el contrato de jornada parcial permanente. 13. Oralidad de los Juicios Nuevos tipos de procedimientos En la actualidad los juicios laborales demoran entre tres y cinco años. Al establecer la oralidad de los juicios, al igual que en el proyecto del Código Penal Integral, se busca agilizar los procesos y que duren hasta tres meses. El Juicio Ejecutivo Laboral pretende que cuando existan actas transaccionales, de finiquito o de conciliación suscritas ante autoridad competente; resoluciones de visto bueno solicitadas por el trabajador y la razón de no pago de haberes por parte del inspector del trabajo, los documentos sean títulos ejecutivos laborales y que su cobro sea más ágil. El Juicio de Menor Cuantía Laboral, para reconocimiento de derechos cuya monto no supere los 10 salarios básicos, se desarrollará y resolverá en una sola audiencia. Nuevas modalidades en el trabajo desde casa En el nuevo Código se incluirán nuevas modalidades de trabajo remoto en ciertas profesiones. Este tipo de trabajo ya es reconocido en varias partes del mundo e incluso es una práctica corriente en varias empresas del país. El trabajo en domicilio se ejecuta desde el lugar de residencia del trabajador. No es necesaria la vigilancia o supervisión inmediata del empleador, utilizando materiales propios del trabajador o suministrados por el empleado. Aquí entran los trabajos de sastrería, zapatería, carpintería, diseño gráfico, imprenta, u otros que son parte de ciertos procesos productivos. El teletrabajo se realiza a distancia o fuera de los locales de trabajo mediante la utilización de tecnologías de la información y la comunicación con herramientas suministradas por el empleador, bajo su supervisión a través de estos medios, como call center, educación a distancia, editores en medios de prensa... (DIARIO HOY)

Cristina Reyes
Asambleísta por Guayas Partido Social Cristiano

Tercera Vocal del CAL 2019-2021 | Asambleísta Nacional | Integrante de la Comisión De los Derechos de los Trabajadores y la Seguridad Social | Partido Social Cristiano

 

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