De conformidad con lo establecido en el artículo 60 de la Ley Orgánica de la Función Legislativa, presento mis observaciones al proyecto REFORMA A LA LEY 88 DE LEGALIZACIÓN DE LA TENENCIA DE TIERRAS A FAVOR DE LOS MORADORES Y POSESIONARIOS DE PREDIOS QUE SE ENCUENTRAN EN LA CIRCUNSCRIPCIÓN DE LOS CANTONES GUAYAQUIL, SAMBORONDÓN Y EL TRIUNFO; mismo que ha sido asignado por el CAL a la Comisión Especializada Permanente de Gobiernos Autónomos, Competencias, Descentralización y Organización del Territorio, para el trámite constitucional y legal correspondiente.