MAÑANA, EN SESIÓN SOLEMNE, PRESIDENTE LENÍN MORENO GARCÉS RENDIRÁ INFORME A LA NACIÓN EN LA ASAMBLEA

Miércoles, 23 de mayo del 2018 - 14:45 Imprimir

Mañana, 24 de mayo, a propósito del primer año de gestión del presidente de la República, Lenín Moreno Garcés, los ecuatorianos conocerán el Informe a la Nación sobre el cumplimiento del Plan Nacional de Desarrollo y los objetivos que el Gobierno se propone alcanzar durante el año siguiente, en el marco de la sesión solemne de la Asamblea convocada para el efecto, a partir de las 11h00.

Una de las atribuciones que otorga la Constitución a la Asamblea es conocer los informes anuales del Presidente de la República y pronunciarse al respecto. En tanto, la Ley Orgánica de la Función Legislativa establece que la presentación del mismo será en Sesión Solemne ante el Pleno.

El Informe a la Nación estará vinculado al cumplimiento del Plan Nacional de Desarrollo y a los objetivos que el gobierno se propone alcanzar durante el siguiente año, conforme lo dispuesto en el artículo 147, numeral 7, de la Constitución.

De conformidad con la normativa legal y constitucional, a la Asamblea le corresponde hacer un seguimiento al informe, para lo que le faculta designar una comisión especializada para que analice la documentación entregada por el Ejecutivo.

Los datos, estudio y conclusiones a las que llegue el órgano legislativo se los expondrá ante el Pleno y este, en un solo debate, se pronunciará.

Además de los asambleístas, se espera que acudan varias autoridades nacionales, locales, representantes del cuerpo diplomático, familiares, autoridades civiles y militares, el gabinete ampliado, organizaciones sociales, entre otros actores.

Historia

En 1851, es decir, hace 167 años, aparece, por primera vez, como atribución del Congreso Nacional (ahora Asamblea) la revisión del Informe a la Nación. Desde esa época, al menos 28 Presidentes habrían expuesto dicho documento.

Para ese entonces, la Función Legislativa podía aprobar o desaprobar el informe, que contenía dos años de gestión económica, principalmente.

De acuerdo con la Constitución de 1878, y hasta 1929, el Ministerio de Hacienda era el encargado de remitir un informe anual del manejo de rentas públicas para ser aprobado por el Congreso Nacional.

Después que en 1878 el Congreso Nacional omitiera requerir un informe Presidencial, en la Constitución de 1929 se establece que el Presidente de la República rinda cuentas de los asuntos concernientes al Ejecutivo, personalmente.

LILA/eg

Daniel Mendoza
Asambleísta por Manabí Alianza PAIS

Asambleísta por la provincia de Manabí | Presidente de la Comisión del Régimen Económico y Tributario y su Regulación y Control - Fiscalización y Control Político  |  Alianza PAIS - Movimiento MEJOR.  Visita mi Perfil 

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