La Ley de Pagos en Plazos Justos, Primero las MYPES aprobada por la Asamblea Nacional en los últimos días crea un marco de protección para las personas naturales y jurídicas calificadas como micro y pequeñas empresas, las organizaciones que integran la economía popular y solidaria; y, las que integran la agricultura familiar campesina, incorporando la obligación legal de pago en plazos justos.
Las grandes empresas y las entidades del sector público, en sus relaciones contractuales directas con este tipo de empresas tienen un plazo de 45 días a partir del primer año y 30 días a partir del segundo año para pagar los valores pendientes desde la fecha de recepción de las mercancías, la terminación de la prestación de los servicios o la emisión de la respectiva.
Las instituciones de la Función Ejecutiva crearán un distintivo no económico, para reconocer a aquellas empresas públicas o privadas que destaquen por la aplicación de políticas de responsabilidad social empresarial, y que atiendan en plazos menores o iguales a 30 días, el pago de sus obligaciones a las MIPYMES y de la economía popular y solidaria.
En caso de mora, el acreedor tendrá derecho a reclamar al deudor una indemnización por todos los gastos de cobro debidamente acreditados en los que haya incurrido a causa de la mora, así como los intereses legales, de conformidad con la tasa activa referencial emitida por el Banco Central del Ecuador, vigente a la fecha de vencimiento del plazo.
Daniel Onofa Cárdenas, político guayaquileño y representante de una microempresa, miembro de la bancada de la Izquierda Democrática, integrante de la Comisión Especializada Permanente del Derecho a la Salud y Deporte. Se caracteriza por su sencillez con humanismo, es por esto que sus proyectos van enfocados hacia las personas más vulnerables y a los microempresarios del Ecuador.