Objetivo
Concretar mecanismos de identificación, seguimiento y garantía de los derechos humanos en el Ecuador desde la Asamblea Nacional.

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GRUPO PARLAMENTARIO SE SOLIDARIZA CON DEFENSOR DEL PUEBLO, RECHAZA AMENAZAS DEL MINIST. DE GOBIERNO

Domingo, 17 de mayo del 2020 - 19:49 Imprimir

PRONUNCIAMIENTO

                                                                                      Quito, 15 de mayo de 2020

Este 15 de mayo de 2020 se llevó a cabo una audiencia de acción de protección interpuesta por la Defensoría del Pueblo a favor de los derechos de los compatriotas que se encuentran en el exterior; en este marco, los representantes del Ministerio de Gobierno y de Relaciones Exteriores amenazaron con el inicio de juicios penales por perjurio en contra de la Defensoría del Pueblo y varios funcionarios que cumplían con sus funciones en ese momento.

Es importante citar que, la Defensoría del Pueblo ha venido actuando en defensa de los derechos de las personas y grupos sociales durante la pandemia del Covid-19, enfocándose siempre en promocionar, precautelar y tutelar los derechos humanos, ya sea de los habitantes en el Ecuador, como de los ecuatorianos en el exterior; sin embargo, sobre este tema en particular, la Institución Nacional de Derechos Humanos (INDH) se ha visto en la necesidad de presentar una acción de protección contra la inacción del Gobierno Nacional para garantizar el retorno de ciudadanos ecuatorianos varados en el exterior y que vulnera su derecho a la reunificación familiar. Muchos de los casos han reportado a la Defensoría del Pueblo que se encuentran en situación vulnerable ya que no cuentan con dinero ni con posibilidades de encontrar hospedaje y peor alimentación.

La Constitución de la República en su Art. 214 manifiesta que: La Defensoría del Pueblo será un órgano de derecho público con jurisdicción nacional, personalidad jurídica y autonomía administrativa y financiera. Su estructura será desconcentrada y tendrá delegados en cada provincia y en el exterior.

Y en su Art. 215.  se establece que “La Defensoría del Pueblo tendrá como funciones la protección y tutela de los derechos de los habitantes del Ecuador y la defensa de los derechos de las ecuatorianas y ecuatorianos que estén fuera del país; disponiendo como una de sus principales funciones el patrocinio, de oficio o a petición de parte, de las acciones de protección y otras garantías jurisdiccionales; tal como ocurrió en el caso de la tutela de los derechos de los ecuatorianos en el exterior”

Por otra parte, la Defensoría del Pueblo, conforme los principios de las Instituciones Nacionales de Protección y Promoción de los Derechos Humanos (Principios de París), goza de prerrogativas que garantizan su independencia, pluralidad y un amplio campo de acciones para la promoción y protección de los derechos humanos en todo el territorio nacional; lo que incluye acciones de orden jurisdiccional para tutelar derechos.

Finalmente, es preciso recordar que la Asamblea General de Naciones Unidas en noviembre de 2019, emitió la Resolución No. A/C.3/74/L.44/, en la cual destaca que:

“(…) 10 (...) las instituciones nacionales de derechos humanos y sus respectivos miembros y personal no deberían enfrentarse a ninguna forma de represalia o intimidación, como la presión política, la intimidación física, el acoso o las limitaciones presupuestarias injustificables, como resultado de actividades llevadas a cabo en virtud de sus respectivos mandatos, incluso cuando se ocupen de casos individuales o informen sobre violaciones graves o sistemáticas en sus países (...)

Por lo expuesto, el Grupo Parlamentario de Derechos Humanos resuelve:

1.- Expresar su respaldo a la Defensoría del Pueblo y reconocer su accionar frente a la crisis humanitaria, sanitaria, política y económica provocada por el Covid - 19, en defensa de los derechos humanos;

2.- Rechazar la intimidación y amenaza proferida por funcionarios del Ministerio de Gobierno y del Ministerio de Relaciones Exteriores y Movilidad Humana contra el Defensor del Pueblo y los servidores públicos que cumplían con sus funciones en la audiencia de la acción de protección dispuesta por el Juez de la Unidad Judicial de Tránsito en la ciudad de Quito; en defensa de los derechos de los ecuatorianos varados en el exterior;  amparados en la Constitución, la ley y los instrumentos internacionales 

3. Manifestar que el Grupo Parlamentario de Derechos Humanos se mantendrá vigilante en el marco de sus competencias para que en el país se garantice y respete el Estado de Derechos y la convivencia democrática.

Atentamente:  

GRUPO PARLAMENTARIO DE DERECHOS HUMANOS

 

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