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Concretar mecanismos de identificación, seguimiento y garantía de los derechos humanos en el Ecuador desde la Asamblea Nacional.

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EN DEFENSA DE LOS DERECHOS LABORALES DE LOS TRABAJADORES DEL SECTOR PRIVADO, PÚBLICO Y AUTÓNOMO

Sábado, 30 de mayo del 2020 - 20:21 Imprimir

PRONUNCIAMIENTO

                                                                                                                 Quito, 30 de mayo de 2020

En defensa de los derechos laborales de los trabajadores del sector privado, público y autónomo

El Grupo Parlamentario para la Promoción, Protección y Defensa de los Derechos Humanos de la Asamblea Nacional, expresa su preocupación ante las múltiples vulneraciones a los derechos humanos ocurridas en el marco de la emergencia sanitaria y el Estado de Excepción; reportadas por la Defensoría del Pueblo, que al 24 de mayo de 2020 registra más de 8.000 denuncias entre las que se incluyen afectaciones a derechos laborales cuyo contexto se expresa en más de 150.000 desvinculaciones de trabajadores del sector privado; muchas de las cuales se han justificado con el argumento de ser casos de fuerza mayor dispuestos en el artículo 169.6 del Código de Trabajo ; y más de 4.000 despidos en el sector público.

A las desvinculaciones mencionadas se suma las inadecuadas condiciones de seguridad de los trabajadores en general y de los trabajadores de la salud, el no pago de remuneraciones, las denuncias de los trabajadores autónomos o informales relacionadas con el impedimento de ejercer sus actividades laborales, la reducción de las remuneraciones, la suspensión de jornadas laborales con cargo a vacaciones, el no pago de liquidaciones de haberes, el hostigamiento y acoso laboral por denuncias de irregularidades en el trabajo y el no acceso al teletrabajo.

Por otro lado, la aprobación por parte de la Asamblea Nacional del Proyecto de Ley Orgánica de Apoyo Humanitario para Combatir la Crisis Sanitaria Derivada del COVID-19, cuyo contenido incluye un capítulo relativo a la sostenibilidad del empleo; que se encuentra en manos del Presidente de la República para su sanción; ha sido observado por organizaciones de trabajadores; organismos internacionales como la Organización Internacional del Trabajo (OIT) y la Defensoría del Pueblo, al sostener que la construcción de la normativa no tomó en cuenta la perspectiva de los trabajadores como legítimos interlocutores sociales; limitó la capacidad de las negociaciones colectivas y colocó desproporcionadamente la carga de la crisis a los trabajadores privados y empleados públicos, afectando el empleo, las remuneraciones, el consumo, la liquidez de las empresas, la productividad y la reactivación económica; provocando un escenario de crisis humanitaria de incalculables consecuencias. 

Por las razones expuestas, el Grupo Parlamentario para la Promoción, Protección y Defensa de los Derechos Humanos resuelve:

  1. Instar al Presidente de la República para que en ejercicio de sus competencias constitucionales objete completamente el CAPÍTULO, relativo a las MEDIDAS PARA APOYAR LA SOSTENIBILIDAD DEL EMPLEO del Proyecto de Ley Orgánica de Apoyo Humanitario para Combatir la  Crisis Sanitaria Provocada por el COVID-19, por contener normas que afectan estándares de derechos laborales consagrados en la Constitución de la República, Convenios Internacionales y pronunciamientos de la Organización Internacional del Trabajo.
  2. Requerir al Presidente de la República que, ratifique la Disposición Interpretativa Única de la Ley Orgánica de Apoyo Humanitario para Combatir la Crisis Sanitaria Provocada por el COVID-19, que interpreta el numeral 6 del artículo 169 del Código del Trabajo. 
  3. Acoger integralmente el exhorto dirigido por la Defensoría del Pueblo al Presidente de la República, mediante el Oficio Nro. DPE-DDP-2020-0252-O, del 25 de mayo de 2020, en el cual, pide la revisión exhaustiva de las normas aprobadas por la Asamblea Nacional, debido a que muchas de ellas son regresivas de derechos, podrían ser inconstitucionales y/o estar en contra de los convenios ratificados por el Ecuador ante la Organización Internacional del Trabajo; y en consecuencia, vete dicha normativa; así como derogue de manera urgente el Decreto Ejecutivo No. 1053; y por otra parte; se requiera al Directorio del Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social para que presente al país los cálculos o estudios actuariales que sustenten la normativa aprobada, sin poner en riesgo la liquidez del IESS y el acceso a las coberturas prestacionales a las cuales tienen derecho las personas afiliadas y jubiladas del país.
  4. Solicitar al Gobierno Nacional y a la Asamblea Nacional garantizar el diálogo social que permita establecer acuerdos tripartitos entre empleadores, trabajadores y el Estado dirigidos a garantizar el empleo, los derechos laborales, la liquidez para las empresas, el trabajo autónomo y la reactivación productiva y solidaria; para cuyo efecto se deberá contar con el apoyo técnico de la OIT
  5. Demandar al Gobierno Nacional que de manera urgente se superen las inadecuadas condiciones de seguridad y salud en el trabajo en las diferentes entidades públicas y privadas y por otra parte se garantice una Renta Básica Emergente, como señala la CEPAL, para los trabajadores autónomos o informales quienes, impedidos en el ejercicio de sus actividades laborales, enfrentan una disyuntiva apocalíptica entre morir de hambre o exponerse al contagio en las calles.
  6. Requerir al Gobierno Nacional la necesidad de activar apoyo emergente para el sostenimiento de la nómina de las empresas a través de créditos de bajo interés, hasta superar la pandemia y reconocer al COVID-19 como enfermedad laboral sujeta a la ley de riesgos laborales, conforme los lineamientos de la OIT.
  7. Demandar a todas las instituciones públicas le entrega clara y completa de la información veraz, contextualizada y se transparente la misma de manera oportuna a fin de permitir la toma decisiones de política pública sobre un sustento real.
  8. Exigir al Gobierno Nacional se proceda con la restitución a los trabajadores despedidos del sector público, y de manera especial a aquellos del sector de la salud y el sector social, así como a las personas con discapacidad u otra condición de vulnerabilidad.

Atentamente:

             As. Doris Solíz Carrión                                                         As. Tito Puanchir

                    Coordinadora                                                                              Secretario

 

GRUPO PARLAMENTARIO DE DERECHOS HUMANOS

 

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