Mantuvimos una reunión con representantes del transporte comercial y otros gremios de la provincia de Orellana, para analizar:
a) El cumplimiento de la Ley Amazónica.
b) La Resolución-No.-078-DIR-2020-ANT, de la Agencia Nacional de Tránsito.
c) El Decreto Ejecutivo No. 975 cuyo Artículo 37 reforma la Disposición General Primera del Reglamento General para la aplicación de la Ley Orgánica de Tránsito, normativa jurídica que dicta: “Las unidades vehiculares de las operadoras de transporte deberán obligatoriamente incluirse dentro de los activos de la persona jurídica.”, lo cual no permite que sea a nombre de los dueños de la vehículos, lo cual afecta al derecho a la propiedad.
Al final hemos decidido solicitar al Presidente de la República la reforma de estas disposiciones atentatorias a los derechos de los ciudadanos del sector transportista. Además, se acordó presentar una Acción de Protección y de Amparo de Inconstitucionalidad.
¡Nuestro firme compromiso de continuar trabajando en beneficio de nuestros ciudadanos!