Servicio Nacional de Fomento de EPS sancionaría infracciones del sector no financiero

Viernes, 11 de noviembre del 2016 - 13:19 Imprimir

Quito, 11 de noviembre del 2016

Servicio Nacional de Fomento de EPS sancionaría infracciones del sector no financiero

La Comisión de Régimen Económico definió el articulado sobre el procedimiento administrativo sancionador, por el cual estableció que la facultad para sancionar las infracciones cometidas por los socios, administradores, funcionarios o empleados del sector no financiero y las entidades de apoyo le corresponde por regla general al Servicio Nacional de Fomento, Regulación y Control de la Economía Popular y Solidaria, salvo en el caso de las cooperativas que será de competencia exclusiva de la Superintendencia de Economía Popular y Solidaria.

Se precisa que el procedimiento sancionador se inicia de oficio o por denuncia legalmente reconocida.

Prevé que dentro de los 10 días siguientes a la fecha de presentación de la denuncia o de inicio de oficio del expediente, se notificará a la persona u organización denunciada con el acto que da inicio al procedimiento administrativo sancionador para que lo conteste en el término de 10 días.

Se determina que la notificación a la persona u organización denunciada se hará utilizando la dirección electrónica registrada, en caso de no haberla se procederá a notificar en el domicilio que hubiere fijado la entidad u organización o en la dirección indicada por el denunciante o a través de publicación por la prensa.

El presidente de la Comisión de Régimen Económico, Virgilio Hernández, indicó que para lograr este articulado se revisó el Código Administrativo, el Código Monetario y Financiero, la Ley de Economía Popular y Solidaria y se tomó en cuenta el pedido de la Superintendencia de Economía Popular y Solidaria que insistió en la necesidad de que exista un procedimiento sancionador.

En este marco, la comisión trabajo una propuesta que recoge los elementos centrales que constan en el informe para primer debate del proyecto, se incorporaron algunos elementos del Código Administrativo y procedimientos reglamentarios que en este momento tiene la Superintendencia para determinar el proceso sancionador.

El parlamentario subrayó que una vez que entren en vigencia las disposiciones del Código Administrativo, prevalecerán sobre los otros procedimientos sancionadores contemplados en distintas leyes. 

JLVN/pv

Franco Romero
Asambleísta por El Oro Independientes

Asambleísta por la provincia de El Oro | Presidente (e) de la Comisión Del Régimen Económico y Tributario y su Regulación y Control |

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