Ley Régimen Tributario, 2do debate - Sesión #699

Domingo, 25 de abril del 2021 - 17:27 Imprimir

En la comisión de Régimen Económico recibimos a varios expertos tributarios que coincidieron en que el proyecto atenta a principios de derecho tributario como la modificación del sujeto activo y que se debe considerar que las retenciones no pueden resignarse, porque las retenciones en la fuente no son un impuesto, son pagos anticipados. Por lo que, cuando se hace una retención se debe tomar en cuenta que los contribuyentes registran en su activo como una cuenta por cobrarse. Incluso, el entonces administrador del MDMQ estuvo en contra de este proyecto ya que mezcla conceptos presupuestarios con conceptos tributarios.

En lo personal, solamente me puedo ratificar en lo dicho en el primer debate, ya que el proyecto no tiene en realidad cambios sustanciales. Incluso se lo amplió a todas las entidades del gobierno central. Hay que recordar que hace muchos años se eliminó esta figura de devolución de IVA para GADS, universidades, escuelas politécnicas, y se la transformó en una asignación presupuestaria equivalente a lo pagado por IVA. Esto consta en el artículo inumerado después del 73 de la Ley de Régimen Tributario Interno, por lo que vemos que a lo largo de todo este proyecto existe un error conceptual.

El proyecto contraría conceptos como el sujeto activo, que el código tributario lo define como el ente público acreedor del tributo, y en concordancia con el 62 de la Ley de Régimen Tributario Interno, para el IVA, el sujeto activo del impuesto es el Estado. Por otra parte, el sujeto pasivo del impuesto definido por el Código Tributario como la persona natural o jurídica, que según la ley está obligada al cumplimiento de la prestación tributaria, sea como contribuyente o como responsable. El agente de retención, según el mismo código, es un sujeto pasivo. Este proyecto pretende que los sujetos pasivos se conviertan en activos.

Además, hay que considerar que este dinero es un crédito tributario para el proveedor, y yo me pregunto si acaso son los Gads, universidades, escuelas politécnicas, quienes van a realizar las devoluciones de IVA que se ha retenido en exceso a los contribuyentes. Así, además de destrozar los conceptos de derecho tributario, las entidades involucradas se van a encontrar mes a mes frente a este serio riesgo moral, ya que tiene que ser cada uno quien determine el valor que le corresponde como compensación presupuestaria.

En definitiva, este proyecto tiene muchísimos errores que va a ocasionar un veto total desde el Ejecutivo, lo cual es negativo para la Asamblea. Me encantaría apoyar un proyecto de Ley que solucione los problemas presupuestarios de los GADS. Sin embargo, lo que creo hoy es que lo único que se está logrando es vender humo a los GADs.

Gabriela Larreátegui
Asambleísta por Pichincha Movimiento SUMA

Asambleísta por la provincia de Pichincha | Integrante de la Comisión Del Régimen Económico y Tributario y su Regulación y Control | Movimiento - SUMA Visita mi Perfil

 

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