SESIÓN No. 408 DEL PLENO DE LA ASAMBLEA NACIONAL

Viernes, 02 de septiembre del 2016 - 13:19 Imprimir

Para tratar el segundo debate del Proyecto de Ley Orgánica de Incentivos Tributarios para varios Sectores Productivos e Interpretativa del artículo 547 del Código Orgánico de Organización Territorial, Autonomía y Descentralización. (Urgente en materia económica), se hicieron nuevas propuestas del Cootad, este contiene 8 aspectos fundamentales: Incentivos para la afiliación en medicina prepagada; incentivos en el rango del Impuesto Único; Incentivo (exoneración ISD) para retorno de capitales; copago al  IESS; deducción tributaria para sectores de la economía popular y solidaria; estandarización en el cálculo del ICE; modificaciones en la devolución del anticipo; interpretación Art. 547 del Cootad.

Virgilio Hernández, informó que en la norma se incorporó un nuevo artículo que modifica la aplicación del Impuesto a la Salida de Divisas exonerando el pago de este impuesto a los capitales que retornan, que se dediquen para actividades productivas y que permanezcan en el país al menos dos años.

El capital retornado debe haber cumplido, al momento de su salida, con todas las obligaciones tributarias.  El Banco Central del Ecuador registrará el ingreso de capitales y SRI establecerá condiciones y límites.

El rango del Impuesto Único para el sector agropecuario, pesquero o acuacultor podrá fijarse en un rango del 1% y el 2% de los ingresos totales; los contribuyentes que se encuentran en Régimen Impositivo Simplificado (RISE) podrán mantenerse en el mismo.

Además se establece que el Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social (IESS) cubra los valores del deducible de seguros médicos privados de las derivaciones de pacientes y no el 100% como en la actualidad. Además se prevé la  devolución del pago del impuesto mínimo o pagado en exceso, cuando supere el rango establecido por el Servicio de Rentas Internas (SRI). Se modifica el rango del Impuesto Único de 1% a 2% del total de ingresos para otros sectores agropecuarios diferentes al bananero. Se da el mismo tratamiento de las microempresas y a Empresas de Economía Popular y Solidaria en el pago del anticipo del Impuesto a la Renta (IR).

Uno de los cambios que más interés genera es el incentivo al retorno de capitales con modificación al Impuesto a la Salida de Divisas, exonerando a capitales retornados, que deben ser destinados a actividades productivas que permanezcan en el país al menos dos años. Se introdujo una transitoria para mantener por 10 años la vigencia del Régimen del Impuesto Único para el pago del Impuesto a la Renta y se exonerara del pago de la patente municipal a agricultores y pecuarios, que no son sujetos de cobro.

 

Herman Moya
Asambleísta por Napo Alianza PAIS

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