Plazo de 30 días al CES y SENECYT para solucionar registro de títulos extranjeros

Jueves, 14 de noviembre del 2019 - 12:39 Imprimir

Comisión de Educación aprueba  resolución que requiere al Consejo de Educación Superior y Senescyt, en el plazo de 30 días, proceda a SOLUCIONAR los problemas de registro de títulos extranjeros y se adecúe la reglamentación conforme las reformas a la LOES.‬

En uso de la potestad y atribuciones conferidas por la ley, la Comisión Especializada Permanente de Educación, Cultura y Ciencia y Tecnología,

RESUELVE:

Artículo 1.- Solicitar al Consejo de Educación Superior, que en un plazo no superior a los 30 días, actualice, reforme y publique las disposiciones reglamentarias necesarias para el registro y reconocimiento de los títulos y grados académicos obtenidos por ciudadanos en instituciones de educación superior extranjeras de conformidad con la reforma a Ley Orgánica de Educación Superior, publicada en el Registro Oficial Nro. 297 de 2 de agosto de 2018.

Artículo 2.- Requerir al Consejo de Educación Superior, como organismo que asumió las responsabilidades y competencias del ex Consejo Nacional de Educación Superior , en el plazo de 45 días, realizar una verificación individualizada de las titulaciones que aún no han sido registradas de la Universidad Cooperativa de Colombia y proceda con sus registros en los casos que correspondan. En el caso de quienes no puedan acceder al registro, emita las disposiciones reglamentarias correspondientes para iniciar el proceso de homologación que permita acceder a la correspondiente titulación.

Artículo 3.- Solicitar a la Secretaría Nacional de Educación Superior, Ciencia, Tecnología e Innovación, establezca mecanismos previos de consulta sobre el registro de títulos extranjeros, a fin de garantizar la seguridad del registro antes del inicio del periodo académico por parte de los ciudadanos.

Artículo 4.- Solicitar a la Presidenta del Consejo de Educación Superior y al Secretario Nacional de Educación Superior, Ciencia, Tecnología e Innovación, elaboren un cronograma en el que conste tiempos específicos, para la solución definitiva de las problemáticas de cientos de ecuatorianos que mantienen inconvenientes con el registro y reconocimiento de sus títulos y grados académicos realizados en el extranjero, cualquiera sea su modalidad. Dicho cronograma deberá ser puesto en conocimiento del pleno de esta mesa legislativa en el plazo no mayor a los 15 días desde la fecha de notificación de esta Resolución.

Artículo 5.- Solicitar al Consejo de Educación Superior, en el plazo de 30 días, establezca mecanismos para iniciar el proceso de homologación por trayectoria que permita acceder a la correspondiente titulación que permita el ejercicio profesional y de docencia.

Artículo 6.- Requerir a la Contraloría General del Estado, para que en el ámbito de sus competencias de control, emita la correspondiente Orden de Trabajo para practicar un Examen Especial al Consejo de Educación Superior y a la Secretaría Nacional de Educación Superior, Ciencia, Tecnología e Innovación respecto de la gestión, cumplimiento y emisión de la normativa de registro y reconocimiento de Títulos y Grados obtenidos por ciudadanos ecuatorianos en el extranjero.

Artículo 7.- Solicitar a la Secretaría de la Comisión Especializada Permanente de Educación, Cultura y Ciencia y Tecnología proceda a notificar a los organismos que rigen el Sistema de Educación Superior, así como aquellos ciudadanos que han comparecido a denunciar la falta de registros de sus títulos.

Jimmy Candell
Asambleísta por Santa Elena Movimientos Provinciales

Asambleísta por la provincia de Santa Elena | Presidente de las Comisión De Educación, Cultura y Ciencia y Tecnología - e integrante de la Comisión Fiscalización y Control Político  | Movimiento Peninsular Creyendo en Nuestra Gente Visita mi Perfil

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