La nueva Ley Orgánica para el Equilibrio de las Finanzas Públicas, cumplió con el trámite legal pertinente, con dos debates y la comisiòn encargada de elaborar esta Ley, recibió a representantes de la Sociedad Civil (Empresa Privada) para atender sus propuestas. Siendo el proyecto original modificado y aprobado con 93 votos a favor. Esta Ley busca aliviar el impacto producido por los factores externos plenamente identificados , que afectan a nuestra economìa: LA CAIDA DEL PRECIO DEL PETROLEO, Y LA APRECIACION DEL DOLAR, para ello mejora el sistema tributario y lo hace mas equitativo a la vez que incentiva cambios en los patrones de conducta de los ciudadanos.
El Estado tiene la obligación de garantizar la salud de los ciudadanos, aplicando polìticas públicas, entre ellas la tributaria, a traves de la cual se puede regular conductas nocivas, se busca desinsentivar el consumo excesivo de ciertos productos que según la Organizacion Mundial de la Salud (OMS) afectan gravemente la salud; como el consumo de azùcar y cigarrillo.
Es necesario mantener la circulacion de los dòlares en la economìa, evitando la salida de divisas, para proteger el sistema de dolarizaciòn y dinamizar la economía. El Estado ofrece beneficios tributarios para personas con discapacidad y adultos mayores a pesar que los mecanismos de exenciones tributarias han sido mal utilizados.
Incentivar el Uso del Dinero Electrónico y las tarjetas de crèdito y dèbito, lo cual permitirà mantener La Dolarizaciòn. El Dinero Electrònica tiende a formalizar la economía, reduce gastos de transaccion y de inseguridad.
El control de la salida de Divisas, busca incrementar el uso del sistema financiero y evitar el lavado de activos
LOS BENEFICIOS DE USAR DINERO ELECTRONICO,Devolución del 2% del IVA y del 1% en compras con tarjetas de crédito, débito o prepago. La Devolucion del Impuesto al Valor Agregado por uso de medios electrónicos de pago, pewrmitirá que el Servicio de Rentas Internas, de forma Directa, o a traves de los participantes del Sistema Nacional de Pago, debidamente autorizados por el Banco Central del Ecuador, devolverán en dinero electróinico de Oficio, al consumiodor final de bienes y servicios, gravados con tarifa de 12 % del IVA o un valor equivalente a:
a.- Dos puntos porcentuales del IVA pagado, en transacciones confirmadas realizadas con dinero electrónico, en la adquisición de biemnes y servicios, que se encuentren debidamente soportadas por comprobantes de ventas válidos, emitidos a nombre del titular de la cuenta de dinero electrónico.
b.- Un punto porcentual del IVA pagado en transacciones, confirmadas realizadas, en la adquisición de bienes y servicios gravados con el 12 % del IVA que se encuentren debidamente soportadas por comprobantes de venta válidos, emitidos a nombre del titular de la cuenta, de la tarjeta de Débito.
c.- Un punto porcentual del IVA pagado en transacciones, confirmadas realizadas, en la adquisición de bienes y servicios gravados con el 12 % del IVA que se encuentren debidamente soportadas por comprobantes de venta válidos, emitidos a nombre del titular de la cuenta, de la tarjeta de Crédito. Para acceder a este beneficio, el monto máximo de la base imponible por mes, no podra ser mayor a cinco mil dólares.
El derecho a esta devolución no causará interes.