CONCLUYO CON GRAN ACOGIDA EL REGISTRO DE TITULARES DE DERECHOS COLECTIVOS

Martes, 19 de julio del 2016 - 09:24 Imprimir

Recordar que durante la continuación  de la  Sesión  Nº 190  del Primer Debate al  Proyecto de Ley de Agrobiodiversidad, Semillas y Fomento Agroecológico, se aprobó por unanimidad la Consulta Prelegislativa con 114 votos en el Pleno de la Asamblea Nacional, nos permite verificar el acierto legislativo que adoptamos al ver la respuesta ciudadana de los titulares de derechos colectivos de participar en este proceso de Consulta Prelegislativa

Ley tiene por objeto proteger, revitalizar, multiplicar y dinamizar la agrobiodiversidad; asegurar la producción, acceso libre y permanente a semillas de calidad y variedad, mediante el fomento e investigación científica y la regulación de un modelo agroecológico; respetando las diversas identidades, saberes, y tradiciones a fin de garantizar la autosuficiencia de alimentos sanos, diversos, nutritivos y culturalmente apropiados para alcanzar la soberanía alimentaria y contribuir al buen vivir

Ya lo expresó la compañera Gabriela Rivadeneira, Presidenta de la Asamblea Nacional al mencionar “somos un País con historia y vocación, eminentemente agrícola, nuestro legado el banco de semillas como patrimonio genético” El Consejo de Administración Legislativa (CAL) de la Asamblea Nacional, aprobó tres temas que serán llevados a la consulta prelegislativa: 1.- Diálogo y saberes de conocimientos ancestrales 2.-Agrobiodiversidad y semillas 3.- Garantía de derechos y participación social.

En el marco de este proceso de construcción de la Ley La Comisión de Soberanía Alimentaria y Desarrollo del Sector Agropecuario y Pesquero,  organizó el Foro Nacional de Agrobiodiversidad y Semillas el pasado  miércoles 15 de junio de 2016, cuyo objetivo es profundizar el análisis de la agrobiodiversidad en lo relativo a los recursos fitogenéticos y semilla en América Latina y el Ecuador, que permitan dar elementos para enriquecer el proyecto de Ley.

El Foro permitió actualizar y tener una visión completa tanto de semillas y legislación a nivel latinoamericano, nacional, así como las experiencias de productores comunitarios y de empresas en la producción de semillas en el país.  Contando con el apoyo de la FAO y participarán asambleístas, Ministerio de Agricultura y Ganadería, el INIAP, Agrocalidad, COPISA, delegados de organizaciones sociales, organizaciones y empresas productoras de semilla, universidades del país, medianos y pequeños productores a nivel nacional, organismos no gubernamentales, representantes del Ejecutivo y ciudadanía en general. Se expusieron temas como: la perspectiva de América Latina en legislación en torno a la producción, conservación y uso de semillas; situación nacional de la producción, distribución y acceso a semillas; semillas nativas y conservación in situ y ex situ de agrobiodiversidad. 

También se trató sobre semillas y conservación de los recursos fitogenéticos en la costa; conservación de agrobiodiversidad y manejo de semillas nativas. Así mismo, producción de semillas certificada por organizaciones de agricultura familiar y campesina, entre otros temas.

TITULARES DE DERECHOS COLECTIVOS

Los derechos colectivos son derechos humanos específicos de los cuales son titulares ciertos grupos humanos. Los derechos colectivos son  reconocidos internacionalmente

En nuestro País, los derechos colectivos, contemplados  constitución  son ambientales, los étnicos y los de los consumidores.

 La Constitución reconoce a los pueblos indígenas derechos colectivos a su identidad cultural, propiedad, participación, educación bilingüe, medicina tradicional, entre otros. Estos derechos se extienden, en lo aplicable, a los pueblos negros o afroecuatorianos. La Constitución también reconoce a toda la población el derecho a un medio ambiente sano y ecológicamente equilibrado así como reparaciones e indemnizaciones para los consumidores afectados por productos o acciones lesivas sea de actores públicos o privados.

Los derechos colectivos son diversos pero no opuestos a los derechos humanos individuales. De hecho, los derechos colectivos incluyen derechos individuales en cuanto los grupos humanos que son sus titulares están formados por individuos y en cuanto crean condiciones para el ejercicio de derechos individuales. De este modo, por ejemplo, los derechos colectivos de los pueblos indígenas implican y protegen el derecho individual a la cultura de cada persona. El derecho colectivo a un medio ambiente sano ampara tanto la salud de la comunidad como la de cada uno de los individuos que la forman. Sin embargo, los derechos colectivos son indivisibles: son derechos del grupo y de todos y cada uno de sus miembros individuales, pero nunca de solo uno o algunos de ellos, con abstracción del grupo. Reformas legales o nuevas leyes que permitan que grupos afectados (como comunidades indígenas o asociaciones de consumidores) reclamen estos derechos constitucionales.

LA CONSULTA PRELEGISLATIVA, regula el ejercicio del derecho de las comunas, comunidades, pueblos y nacionalidades indígenas, el pueblo afrecuatoriano y el montubio, titulares de derechos colectivos a ser consultados antes de la adopción de una medida legislativa, que podría afectar de manera objetiva tales derechos, Constituye un proceso de participación ciudadana que permite los representantes ser consultados para pronunciarse sobre temas específicos, incluidos en los proyectos de ley a ser expedidos por la Asamblea Nacional que podrían afectar de manera objetiva sus derechos colectivos contemplados en la Constitución de la República rigiéndose por los siguientes principios: Oportunidad, Plazo razonable, Buena fe, Interculturalidad y plurinacionalidad, Información veraz y suficiente, Autonomía, Organo responsable y Pertinencia de la consulta. la convocatoria al registro de los representantes de los titulares de derechos colectivos, de las organizaciones  la efectuó la presidenta de la Asamblea Nacional, Gabriela Rivadeneira, a través de los medios de comunicación, en cumplimiento de la Sentencia N° 001-10-SIN-CC de la Corte Constitucional, el Instructivo para la Aplicación de la Consulta Prelegislativa y el artículo 57 de la Constitución de la República del Ecuador.

Las inscripciones se registraron en la sede de la Asamblea Nacional en Quito y en las oficinas de las respectivas delegaciones provinciales del Consejo Nacional Electoral, donde se recepta la documentación que acredite la legítima representación de las organizaciones sociales, titulares de derechos colectivos,

El proceso de inscripción inició el 29 de junio y concluyó este 18 de julio de 2016.

Más de 300 organizaciones se registraron para participar en la consulta prelegislativa del proyecto de Ley. En este sentido, la Comisión de Soberanía Alimentaria, junto con la Coordinación de Participación Ciudadana y el apoyo de la Unidad Técnica Legislativa verificaran que los inscritos sean titulares de derechos colectivos.

El ing. Mauricio Proaño, Vicepresidente de la Comisión de Soberanía Alimentaria, manifestó que al concluir el periodo de inscripciones, las organizaciones tienen 20 días para presentar sus observaciones, aportes, comentarios y criterios frente a la propuesta de Ley y con base en los temas sustantivos. Proceso que inicia hoy 19 de Julio

 

 

 

Liuba Cuesta
Asambleísta por Guayas Alianza PAIS

Asambleísta por la provincia de Guayas | Integrante de la Comisión De la Soberanía Alimentaria y Desarrollo del Sector Agropecuario y Pesquero |  Movimiento Patria Altiva i Soberana

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