Hoy somos parte de la historia con el voto favorable de 107 legisladores, la Asamblea Nacional aprobó el proyecto de Ley de Eficiencia económica y Generación de Empleo, calificada por el Ejecutivo como urgente en materia económica, que tiene como objetivo impulsar de manera inmediata el empleo, el incremento de la recaudación tributaria y el incentivo de la inversión.
“Esta es la sexta ley aprobada con más de 100 votos, trabajamos en conjunto por arriba de las ideologías, colores o partidos políticos, esto me llena de orgullo. La gobernabilidad le da tranquilidad al país, en esta nueva Asamblea dialogamos, resolvemos y avanzamos en pro del Ecuador, de la generación de empleos, de la seguridad”, resaltó el presidente del Parlamento, Henry Kronfle.
el articulado establece que las nuevas inversiones en proyectos turísticos de mínimo 100 mil dólares gozarán de una exoneración del impuesto a la renta de esa inversión por un período de 7 años; al menos el 10 % de los proyectos deberán destinarse al turismo rural; las nuevas inversiones que se realicen en proyectos enfocados en la transición hacia la generación de energías renovables tendrán derecho a la exoneración del impuesto a la renta por 10 años; y, determina una multa de 1 a 30 remuneraciones básicas unificadas a las personas naturales o jurídicas que no entreguen comprobantes de venta o no transmitan a la Administración Tributaria comprobantes de venta electrónicos.
También otorga la remisión del 100 % de intereses, multas o recargos derivados de obligaciones pendientes de pago relacionadas con créditos educativos otorgados por cualquier institución pública o por el Instituto de Fomento al Talento Humano.
En temas de empleo, el contribuyente que genere incremento de plazas de trabajo para jóvenes entre 18 y 29 años de edad, así como para las personas obligadas a pagar pensiones alimenticias tendrán una deducción adicional del 50 % respecto del gasto de sueldos y salarios sobre los que se haya aportado a la Seguridad Social. Además, la deducción será del 75 % si se trata de personas que hayan cumplido una pena privativa de la libertad superior a un año, o a sus cónyuges o parejas en unión de hecho.
Para el fomento del comercio y la producción, la norma establece que los usuarios operadores y usuarios de Zonas Francas gozarán de una tarifa de 0 % de Impuesto a la Renta por los 5 primeros años, posteriormente, gozarán de una tasa fija de 15 % para el pago del Impuesto a la Renta; y, determina que la delegación de servicios públicos o sectores estratégicos a la iniciativa privada es excepcional.