Una ley de defensa al consumidor debe estar a la altura de los retos del presente. La propuesta que se debate en la Asamblea Nacional representa un avance, pero también exige mejoras urgentes para responder a la complejidad del comercio electrónico, los contratos digitales y la creciente intermediación de plataformas tecnológicas.
Uno de los principales llamados fue a simplificar y precisar las definiciones legales sobre contratos digitales. Términos como “contrato electrónico de consumo” y “contrato de consumo celebrado a distancia” pueden unificarse para evitar confusiones en su aplicación práctica. Además, es necesario incorporar la figura de los smart contracts, que ya se utilizan en transacciones digitales, pero sin un marco jurídico claro que proteja a los consumidores frente a sus riesgos.
También se abordó la necesidad de fortalecer la protección al consumidor financiero. Prácticas abusivas como el cobro adicional por uso de tarjetas de crédito —entre el 3% y 10%— se han normalizado en muchos establecimientos, aunque la ley lo prohíba. Esto afecta directamente al consumidor, limita el uso de medios electrónicos y frena la inclusión financiera. Se planteó la urgencia de establecer canales de denuncia ágiles y ampliar las competencias de entidades como la Superintendencia de Bancos, que actualmente no puede actuar ante estos abusos.
La propuesta busca ir más allá del consumidor tradicional. Se planteó un enfoque de protección integral en negocios digitales, con tres pilares:
Además, se llamó a que Ecuador adapte las buenas prácticas internacionales propuestas por la ONU, el Banco Mundial y la OCDE, para garantizar estándares modernos de equidad, transparencia y seguridad jurídica en el comercio digital.
Un marco legal actualizado debe equilibrar derechos y deberes en el entorno digital. Proteger al consumidor no debe significar castigar al proveedor. Solo así lograremos un ecosistema comercial justo, moderno e inclusivo, donde todos —ciudadanos y emprendedores— estén verdaderamente protegidos.