En el Primer Debate del Proyecto de Ley para el Cumplimiento de la Voluntad Popular expresada en la Consulta Popular y Referéndum del 21 de abril de 2024, en lo relativo a la prohibición del arbitraje internacional, quedó en evidencia una contradicción política que no puede pasar desapercibida. Se habla de “respeto al derecho internacional”, pero los hechos cuentan otra historia.
Primero: se aprobaron reformas que contravienen al menos cuatro tratados internacionales vigentes para el Ecuador. No se puede invocar el derecho internacional cuando conviene y desconocerlo cuando resulta incómodo.
Segundo: más de 5.000 funcionarios fueron desvinculados en procesos que han sido cuestionados por posibles vulneraciones a estándares laborales reconocidos por la Organización Internacional del Trabajo. No se puede defender compromisos internacionales mientras se debilitan derechos laborales básicos.
Tercero: se niega la sindicalización por ramas, una figura reconocida en estándares internacionales, mientras discursivamente se sostiene una narrativa de compromiso con los derechos laborales en escenarios internacionales.
Y, además, se ignora el mandato claro de la ciudadanía. La consulta popular fue expresa: el país dijo NO al arbitraje internacional. La voluntad popular no es un trámite simbólico; es una decisión soberana que debe cumplirse sin interpretaciones acomodadas. El debate no es ideológico, es jurídico y democrático. Si se exige coherencia, esta debe empezar por respetar la Constitución, los tratados internacionales y, sobre todo, el mandato popular.