BOMBEROS Y COMISIÓN DE TRÁNSITO PRESENTAN APORTES AL CÓDIGO DE ENTIDADES DE SEGURIDAD

Viernes, 21 de abril del 2017 - 12:40 Imprimir

La Comisión de Relaciones Internacionales prosiguió el estudio el Libro Cuarto del Proyecto de Código de Entidades de Seguridad Ciudadana. En esta oportunidad, recibió a Tarquino Medina, Secretario General de la Comisión de Tránsito del Ecuador, quien expresó su preocupación por la norma que determina que los cursos para ascensos de los agentes de tránsito los debe realizar el Consejo de Educación Superior.

Esto preocupa, porque existe una escuela de formación que capacitó a más de 3.200 agentes civiles de tránsito, que prestan servicios en algunas provincias, por tanto, solicitó se fortalezca esta institución.

Sobre este particular, la Presidenta de la Comisión, María Augusta Calle, mencionó que toda entidad relacionada con formación debe estar sujeta al ente rector, que en este caso, es el Consejo de Educación Superior.

Henry Mayorga, delegado de los Jubilados de la Comisión de Tránsito del Ecuador, señaló que si se deroga la Ley de Personal de la Comisión de Tránsito, que tiene relación con la Caja de Cesantía, se quedarían sin piso 850 familias. Pidió que se revisen las pensiones de jubilación, a la vez que mencionó que la Comisión de Tránsito tiene una jubilación especial para los trabajadores.

María Augusta Calle, señaló que en la disposición transitoria primera del cuerpo legal, se precisa que los miembros del Cuerpo de Vigilancia de la Comisión de Tránsito del Ecuador, cuyo retiro se efectúe con sujeción a las disposiciones del IV libro de este Código, tendrán derecho a recibir como cesantía el saldo de su cuenta individual, debiendo efectuarse previamente las deducciones que correspondan.

Para el efecto, se constituirá un fondo complementario previsional cerrado, que administre las respectivas cuentas individuales, para lo cual el Banco del instituto Ecuatoriano de Seguridad Social, deberá aprobar el respectivo estatuto de conformidad con los requisitos y procedimientos previstos en la normativa expedida por la Junta de Política y Regulación Monetaria y Financiera.

Rodrigo Quishpe, bombero aeronáutico, solicitó se reconozca legalmente a este sector en la normativa junto con el personal de policías, bomberos y policía aduanera. Dijo que son bomberos aeronáuticos, pero al momento están catalogados como servidores públicos sujetos al Código del Trabajo y que al incorporarse a la ley tendrían derecho a la jubilación a los 55 años de edad.

El coronel Fernando Guernal, Jefe de la Tercera Zona de Bomberos del Ecuador, en representación de las provincias de Azuay, Cañar, Morona Santiago, Zamora Chinchipe y Loja, dijo que no se establece de forma clara cómo se desarrolla el proceso de formación del bombero voluntario, condiciones de ingreso, ascensos, así como la entrega de equipos y condiciones en las que servirán.

El Libro IV del Código Orgánico de Entidades de Seguridad Ciudadana regula a las entidades complementarias para la seguridad ciudadana, como por ejemplo, el Cuerpo de Vigilancia Aduanero, Cuerpo de Vigilancia de la Comisión de Tránsito del Ecuador, Cuerpo de Seguridad Penitenciaria, Guardia de Seguridad Ambiental, Bomberos y Policía Municipal.

JLVN/pv

María Calle
Asambleísta por Pichincha Alianza PAIS

Socióloga y Comunicadora es su formación profesional. Activista por los derechos humanos y el derecho a la comunicación, luchadora por la soberanía y autodeterminación de los pueblos, la libertad y la just..

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