Diario El Universo no verificó información

Miércoles, 01 de noviembre del 2017 - 15:00 Imprimir

Boletín de Prensa EMZV – 097

Quito, 01 de Noviembre de 2017

En la publicación impresa y digital del miércoles 01 de noviembre de 2017, diario El Universo publicó la noticia “Los votos también se fraccionan en el bloque de Alianza PAIS” en donde detalla con datos falsos los asambleístas que apoyan al Presidente Lenín Moreno y la Consulta Popular.

En dicho documento se tomó en cuenta el nombre del asambleísta Eduardo Mauricio Zambrano Valle como parte de este listado. El asambleísta exigió a este diario, con sede en la ciudad de Guayaquil, que se retire su nombre de esta información.

“… quiero aclarar que no soy parte del grupo de asambleístas que firmaron el documento de apoyo al Presidente Lenin Moreno y a la Consulta Popular, por la inconstitucionalidad de algunas de las preguntas planteadas y por estar en desacuerdo con algunos de los planteamiento del plan de gobierno del Presidente que no se alinean a lo planteado al plan de gobierno de la Revolución Ciudadana, por lo cual solicito se retire mi nombre en este listado”, puntualiza el comunicado enviado al medio de comunicación.

Esta solicitud se enmarca en el cumplimiento del artículo 23 de la Ley de Comunicación Social, en donde afirma que todas las personas tienen derecho a que los medios de comunicación rectifiquen la información que han difundido sobre ellas, sus familiares o sobre los asuntos a su cargo cuando existan deficiencias en la verificación, contrastación y precisión de la información de relevancia pública de acuerdo a lo establecido en el artículo 22 de esta Ley.

El medio de comunicación tiene la obligación jurídica de publicar dentro de 72 horas, contadas a partir de presentado el reclamo, las rectificaciones a las que haya lugar. En caso de que el medio no viabilice por su propia iniciativa, la Superintendencia de la Información y Comunicación podrá disponer, previa la calificación de la pertinencia del reclamo, las siguientes medidas administrativas:

1. La rectificación y la disculpa pública de la directora o del director del medio de comunicación presentada por escrito a los afectados directos con copia al Consejo de Regulación y Desarrollo de la Información y Comunicación, la cual se publicará en su página web y en la primera interfaz de la página web del medio de comunicación por un plazo no menor a siete días consecutivos;

2. Lectura o transcripción de la rectificación y la disculpa pública en el mismo espacio, programas, secciones y medio de comunicación en que se difundió la información no demostrada, falsa o inexacta;

3. Solo en caso de reincidencia que tenga lugar dentro de un año se impondrá una multa equivalente al 10% de la facturación promediada de los últimos tres meses presentada en sus declaraciones al Servicio de Rentas Internas, sin perjuicio de cumplir lo establecido en los numerales 1 y 2 de este artículo; y,

4. En caso de nuevas reincidencias, la multa será el doble de lo cobrado en cada ocasión anterior, sin perjuicio de cumplir lo establecido en los numerales 1 y 2 de este artículo.

Mauricio Zambrano
Asambleísta por América Latina El Caribe y África Revolución Ciudadana

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