Asamblea Aprobó por Unanimidad Ley de Emprendimiento e Innovación

Viernes, 28 de febrero del 2020 - 20:30 Imprimir

El Pleno de la Asamblea Nacional arrancó sus labores del presente año el día martes 7 de enero con la sesión 648, en la cual se aprobó con 116 votos afirmativos la Ley de Emprendimiento e Innovación, esta normativa tiene como objetivo incentivar y fomentar el emprendimiento, la innovación y el desarrollo tecnológico, promoviendo la cultura emprendedora e implementando nuevas modalidades societarias y de financiamiento para fortalecer el ecosistema emprendedor ecuatoriano.

El proyecto contiene 57 artículos, donde aparecen algunos organismos que apoyarán el funcionamiento de la misma. Tal es el caso de la creación del Consejo Nacional para el Emprendimiento y la Innovación presidido por el Ministerio de Producción. Adicional a este consejo, funcionará la Secretaría Técnica que dará seguimiento a las resoluciones emitidas, y un consejo consultivo que asesorará y apoyará al organismo principal.

Se creará el Registro Nacional de Emprendimiento y definición de emprendedor, del cual podrán ser parte personas que tengan un proyecto con menos de cinco años a la fecha de entrada de vigencia de la Ley, con menos de 49 trabajadores y con ventas menores a un millón de dólares.
También se crearán plataformas de colaboración o crowdfunding, donde se detalla el funcionamiento y prohibiciones de estas plataformas de financiamiento colectivo para su operación en el país.


La normativa tiene además vinculación con dos Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS), trabajo digno y crecimiento económico (punto 8) y producción y consumo responsables (numeral 12).


Ahora el Ejecutivo tiene 30 días para allanarse o vetar la ley, la Asamblea podrá allanarse al veto o rectificar el texto sugerido. Posteriormente deberán expedirse los reglamentos respectivos, con lo cual se completará el cuerpo normativo.

 

 

El proyecto contiene 57 artículos, donde aparecen algunos organismos que apoyarán el funcionamiento de esta Ley. Tal es el caso de la creación del Consejo Nacional para el Emprendimiento y la Innovación presidido por el Ministerio de Producción. Adicional a este consejo, funcionará la Secretaría Técnica que dará seguimiento a las resoluciones emitidas, y un consejo consultivo que asesorará y apoyará al organismo principal.

 

Se creará el Registro Nacional de Emprendimiento y definición de emprendedor, del cual podrán ser parte personas que tengan un proyecto con menos de cinco años a la fecha de entrada de vigencia de la Ley, con menos de 49 trabajadores y con ventas menores a un millón de dólares.

También se crearán plataformas de colaboración o crowdfunding, donde se detalla el funcionamiento y prohibiciones de estas plataformas de financiamiento colectivo para su operación en el país.

La normativa tiene además vinculación con dos Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS), trabajo digno y crecimiento económico (punto 8) y producción y consumo responsables (numeral 12).

Ahora el Ejecutivo tiene 30 días para allanarse o vetar la ley, la Asamblea podrá allanarse al veto o rectificar el texto sugerido. Posteriormente deberán expedirse los reglamentos respectivos, con lo cual se completará el cuerpo normativo.

 

 

 


 


 


 


 


 


 


 


 


 


 

 

 

 

 

Mauricio Zambrano
Asambleísta por América Latina El Caribe y África Revolución Ciudadana

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