Ley debe favorecer a todos los sectores, no sólo a los más grandes

Viernes, 15 de junio del 2018 - 12:15 Imprimir

El asambleísta por El Oro y presidente de la Comisión de Gobiernos Autónomos de la Asamblea Nacional, Montgomery Sánchez Reyes, en una contundente intervención en el Pleno del Parlamento, dijo que no solo hay que dar remisión a los grandes sino también a los que menos tienen, a los comerciantes minoristas, pescadores, artesanos, avicultores, pequeños agricultores, sectores productivos de la agroindustria y demás formas de organización que conforman la economía popular y solidaria, para que puedan reestructurar sus deudas y se beneficien de la remisión total (100%) de los intereses, multas y recargos derivados de las obligaciones que mantengan con la banca pública (BanEcuador, Corporación Financiera Nacional), al 2 de abril de 2018, como propone la Ley de Fomento Productivo enviada por el Ejecutivo a la Asamblea Nacional con el carácter de económico urgente.

Añadió que el valor equivalente al IVA pagado y/o retenido en la adquisición local e importación de bienes y demanda de servicios que efectúen los gobiernos autónomos descentralizados y las universidades y escuelas politécnicas públicas se reintegrará directamente a la cuenta de cada una de estas entidades y le será informado al SRI, quien verificará los valores pagados de IVA contra la presentación formal de los ingresos permanentes del estado central.

El asambleísta Sánchez indicó que se debe establecer un Fondo de Estabilización Fiscal con los recursos provenientes de la explotación de los recursos naturales para programas sociales, excluyendo a aquellos que le corresponden a los GADs pues, de acuerdo con la Constitución, el 10% de ingresos no permanentes constituyen recursos intocables de los gobiernos autónomos descentralizados.

El legislador orense agregó que se debe establecer la obligatoriedad para que los GADs también apliquen los beneficios de las remisiones, que contempla la ley, a sus contribuyentes.

También señaló que la Agencia de Regulación y Control de Electricidad (ARCONEL), previo el estudio correspondiente, debe fijar tarifas diferenciadas de aquella normal o convencional de hasta por lo menos el 50% de diferencia a fin de promover e incentivar el desarrollo de industrias básicas, considerando para el efecto la utilización de energías renovables y amigables con el medio ambiente, a precios competitivos y estables, o subsidios para las personas naturales o jurídicas dedicadas a actividades productivas, agrícolas, pecuarias, avícolas, acuícolas y sectores de la economía popular que son generadoras de empleo. Precisó que debe existir libre importación de equipamiento y motores eléctricos para uso de sectores productivos, siempre que estos no se produzcan en el país.

Montgomery Sánchez sostiene que debe eliminarse la reforma al Código Orgánico de Planificación y Finanzas Públicas, prevista en el art. 37 numeral 1, en el que se establece que el solo dictamen desfavorable del Ministerio de Finanzas sea el condicionante para que las asignaciones que se hayan efectuado con cargo al presupuesto general del Estado por montos superiores al 2% del PIB, pierdan vigencia, lo cual sería inconstitucional si se considera lo dispuesto en los artículos 298, 132 y 272 de la Carta Magna.

En el estado ecuatoriano puede establecerse preasignaciones presupuestarias destinadas a los GAD y por ende a los territorios, al sector salud, educación, a la educación superior y a la investigación, ciencia, tecnología e innovación en los términos previstos en la ley.

Finalmente, el legislador orense indicó que para clarificar los valores cobrados por los municipios, por obligaciones del impuesto a patentes a los productores agrícolas, pecuarios, acuícolas así como las plantaciones forestales que no son sujetas del impuesto a la patente, de acuerdo al artículo 5 de la Ley Orgánica de Incentivos Tributarios para varios sectores productivos y según la Ley Interpretativa, publicada en el Registro Oficial del 12 de octubre de 2016, que interpreta lo ordenado en el artículo 547 del COOTAD, estos valores sean considerados créditos tributarios en favor de los contribuyentes, que podrán ser compensados por otras obligaciones para la entidad municipal.

Montgómery Sánchez
Asambleísta por El Oro Alianza PAIS

Asambleísta por la provincia de El Oro | Presidente de la Comisión  De Gobiernos Autónomos, Descentralización, Competencias y Organización Territorial | Alianza PAIS - MAR

 

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