CONVOCATORIA SESIÓN No. 568 Y CONTINUACIÓN SESIÓN No.565 MARTES 15 DE ENERO DE 2019 14H30

Martes, 15 de enero del 2019 - 14:30 Imprimir

 Proyecto de Ley Anticorrupción pasó el primer debate

Martes, 15 de enero del 2019 - 18:38

Varios cuestionamientos recibió el proyecto de Ley Anticorrupción, enviado por el Ejecutivo, durante el primer debate. Según explicaron algunos legisladores, la iniciativa mezcla figuras jurídicas, confunde facultades de las diferentes funciones del Estado y establece mecanismos poco efectivos para combatir la corrupción.

Sin embargo, rescataron la propuesta de que se pueda compensar a la persona que denuncie un acto de corrupción, aunque no se evidenció un consenso en el porcentaje que propone el Ejecutivo entregar: el 20% del monto recuperado. 

Esta recompensa, de acuerdo con la propuesta, se entregaría bajo los parámetros establecidos en un Acuerdo Ministerial a cargo de la Secretaría del Interior, pero para los asambleístas esta facultad le corresponde a la Fiscalía, que es la encargada de llevar la investigación procesal.

Observaron que la cooperación efectiva y la suspensión de la pena son dos figuras penales totalmente diferentes, pero que el Ejecutivo las fusiona, lo que causa confusión, manifestaron. 

Incluso alertaron que podría incurrir en vicios de inconstitucionalidad, porque incorpora elementos que constan en la Ley de Lucha contra la Corrupción, aprobada por unanimidad el 14 de agosto del 2018,  por parte de la Asamblea y que fue vetada totalmente por el presidente de la República, Lenín Moreno.

También aseguraron que la posibilidad de recuperar recursos y bienes mal habidos, producto de la corrupción, está regulado en varias leyes vigentes, como el Código Penal. Además, reconocieron que el tema se contempla claramente en el proyecto de Ley de Recuperación de Capitales, de iniciativa de la presidenta del Parlamento Elizabeth Cabezas.

Resolución CAL- 2017-2019-587 emitida por el Consejo de Administración Legislativa, el 10 de enero de 2019.

 Que el artículo 126 de la Constitución de la República señala que para el cumplimiento de sus

 sus labores, regirá por la ley correspondiente y su reglamento interno;

 Que el artículo 226 de la carta Magna prescribe que las instituciones del Estado, sus organismos, dependencias, las servidoras o servidores públicos y las personas que actúen en virtud de una potestad estatal, ejercerán solamente las competencias y facultades que les sean atribuidas en la Constitución y la Ley.

 Que el artículo 229 de la Constitución de la República establece que serán servidoras o servidores

públicas todas las personas que en cualquier forma o a cualquier título trabajen, presten servicios o ejerzan un cargo, función o dignidad dentro del sector público.

 Que el artículo 162 de la Ley Orgánica de la Función Legislativa establece que "Las y los asambleístas ejercerán una función pública al servicio del país serán responsables políticamente ante la sociedad.

 Que el artículo 164 ibídem, prescribe que para la investigación de los actos señalados en la LOFL, sera necesario que el asambleísta presente una denuncia juramentada, suscrita por uno, una, o mas asambleístas debidamente motivada, dirigida a la presidenta de la Asamblea Nacional.

 Que el asambleísta Ronny Xavier Aleaga Santos Presentó alcance a su oficio

No. 058 RXAS-AN-2019, a través del oficio No. 059-RXAS-AN-2019 de 10 de enero del presente

año, ingresado a esta Legislatura en la misma fecha, con trámite 351921 lo cual adicionalmente contiene reconocimiento de firmas y rubrica ante el Notario; y, En ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales,

                          RESUELVE:

 Artículo 1.- Avocar conocimiento de la denuncia bajo juramento del asambleísta Ronny Xavier Aleaga Santos, en contra de la Asambleísta Ana Mercedes Galarza Añazco y solicitud de investigación.

 Artículo 2.- Calificar la solicitud de investigación Ana Mercedes Galarza Añazco.

presentada por el Asambleísta Ronny Aleaga

 Artículo 3.- El pleno conformara una comisión multipartidista de investigación del caso denunciado

 Artículo 4.- La secretaría del consejo de Administración Legislativa notificará esta Resolución junto con todos los documentos de respaldo presentados con la denuncia juramentada.

 

 

 

 

 

 

 


 

Nancy Guamba Diaz
Asambleísta por Pichincha Otros Movimientos

Asambleísta por la provincia de Pichincha | Integrante de la Comisión Del Derecho a la Salud | 

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