SESIÓN No. 614 del Pleno de la Asamblea Nacional, 8 de agosto de 2019 a las 11:45.
Orden del día:
1. Himno Nacional de la República del Ecuador.
2. Proyecto de resolución sobre la implementación de las Salas de Apoyo a la Lactancia.
3. Primer Debate del Proyecto de Ley Orgánica Reformatoria de la Ley Orgánica de Discapacidades.
En la sesión No. 614 del Pleno de la Asamblea Nacional llevada a cabo el día 08 de agosto de 2019 se debatió la resolución sobre la implementación de las Salas de Apoyo a la Lactancia la misma que en su parte medular manifiesta que:
La Ley de Fomento, Apoyo y Protección a la Lactancia Materna, en el artículo 1, manifiesta que la lactancia materna es un derecho natural del niño y constituye el medio más idóneo para asegurarle una adecuada nutrición y favorecer su normal crecimiento y desarrollo;
La Ley de Fomento, Apoyo y Protección a la Lactancia Materna en el artículo 3, propende a garantizar una nutrición segura y suficiente a los niños recién nacidos que no tengan necesidades especiales de alimentación dentro del período de lactancia, mediante el fomento y protección de la lactancia materna y la regulación y control de la comercialización de alimentos infantiles, incluyendo los llamados sucedáneos de la leche materna.
Por lo que se resuelve:
“Articulo 1.- Solicitar al señor Presidente de la República, que en uso de sus competencias y facultades, a través de la Autoridad Sanitaria Nacional y el Ministerio Rector de la política de Trabajo, se coordine con las instituciones de la Función Ejecutiva pertinentes y se ofrezca a las madres trabajadoras, en período de lactancia las condiciones de confort, cómodas e higiénico sanitarias adecuadas, en sus lugares de trabajo para mantener la alimentación con leche materna a sus hijos e hijas.”
“Articulo 2.- Exaltar la sobresaliente estrategia que se impulsa desde el Gobierno Central, a fin de que se implementen las Salas de Apoyo a la Lactancia, contando así con una excelente oportunidad para que se brinde al sector público y privado con las directrices necesarias para apoyar a sus funcionarias y trabajadoras, y así generar un adecuado crecimiento y desarrollo de la niñez ecuatoriana.”
“Articulo 3.- Solicitar a la Asamblea Nacional del Ecuador y a sus integrantes, que, en el marco de sus facultades y competencias, se sigan desarrollando mecanismos de apoyo y fortalecimiento a la lactancia materna. Los mismos que se evidenciarán en el proceso de construcción de la normativa que garantice las condiciones adecuadas para que las madres, que se encuentren en periodo de lactancia de sus hijos e hijas, accedan a este derecho.”
“Artículo 4.- Resaltar el compromiso y decisión con la cual el Señor Ingeniero Cesar Litordo Caicedo, Presidente de la Asamblea Nacional del Ecuador, ha tomado la firme decisión de implementar las Salas de Apoyo a la Lactancia, como muestra de cumplimiento con la legislación vigente y así apoyar a las mujeres en periodo de lactancia y a sus hijos e hijas.”
Proyecto que fue aprobado por unanimidad de los asistentes al pleno de la asamblea con 82 votos a favor y ninguno en contra.
Posterior a esto se procedió analizar el informe para el primer debate las observaciones a la Ley de discapacidades.
Adicional se procedió a realizar la votación para la aprobación del Proyecto de Resolución para la comparecencia al seno de la Comisión de Fiscalización y Control Político a los titulares de la Superintendencia de Compañías, Gerente General del Banco Central del Ecuador y Gerente General de Seguros Sucre, para que informen sobre las presuntas irregularidades por parte de la Aseguradora Seguros Sucre S.A.
Proyecto que fue aprobado por unanimidad de los asistentes al pleno de la asamblea con 74 votos a favor y ninguno en contra.