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Enmienda asegura principio constitucional de participación democrática de ciudadanos

Jueves, 03 de diciembre del 2015 - 09:42 Imprimir

Una de las propuestas de la enmienda constitucional, que se analiza en el Pleno de la Asamblea Nacional, es la supresión de la restricción del número de veces en que un ciudadano que ocupa un cargo de elección popular puede inscribir una candidatura.

Esta variación corresponde a los artículos 3 y 5 de la solicitud de enmienda constitucional. En el primer artículo se plantea suprimir la frase “por una sola vez, consecutiva o no, para el mismo cargo”, en el artículo 114 y en el segundo reemplazar la frase “por una sola vez” en el artículo 144.

Respecto al artículo 114, la propuesta prevé que las autoridades de elección popular podrán postularse para reelegirse y las autoridades de elección popular que se postulen para un cargo diferente deberán renunciar al cargo que desempeñan.

En el informe se resalta que los liderazgos no se establecen por fuerza del azar, sino que son aspectos que se condensan en una persona que ha sido capaz de representar valores, expectativas, anhelos y aspiraciones colectivas y que en un momento determinado de un país son esenciales para consolidar procesos.

En este marco, señalan que el objetivo de la enmienda es garantizar el derecho de los ciudadanos a elegir a sus representantes y a que no exista discriminación en contra de las personas que desean reelegirse para un cargo público, en virtud de su derecho a ser elegidos.

Por otra parte, el dictamen de la Corte Constitucional determina que la eliminación de la referida restricción no implica ninguna alteración o regresión a los derechos y garantías constitucionales previstas en la Constitución. Por el contrario, las propuestas buscan garantizar el principio constitucional de participación democrática de los ciudadanos, previsto en el artículo 95 de la Constitución y en otras normativas.

De acuerdo con el informe para segundo debate, aprobado por la Comisión Ocasional de Enmienda Constitucional, la propuesta no pretende la supresión de los controles institucionales a los que se sujetan los poderes del Estado, al contrario, pretenden profundizar los derechos de participación de los ciudadanos.

Cabe recalcar que, la propuesta de enmienda no modifica los años en el cargo, es decir, que se sigue contemplando la limitación temporal en el ejercicio de las autoridades de elección popular, lo que supone que los puestos de elección deben cada cierto tiempo responder en las urnas por su desempeño y obtener la mayoría si pretenden la continuidad de su propuesta política,

GC/pv

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